Sindicato del BPS afirmó que el Subsidio Especial de Inactividad Compensada tiene requisitos específico

Las oficinas del organismo se vieron desbordadas por consultas: los pagos tienen un plazo máximo de 2 años y solamente pueden acceder a ellos quienes tengan al menos 58 y hayan perdido su trabajo por despido o fin de contrato.

BPS
Fachada sobre la calle Colonia del edificio sede del Banco de Previsión Social.
Estefania Leal/Archivo El Pais

Redacción El País
La Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social salió a aclarar que para acceder al Subsidio Especial de Inactividad Compensada se requiere tener al menos 58 años de edad, 28 años de actividad registrada y haber estado al menos 1 año sin trabajo o en subempleo. La baja laboral se tiene que haber dado o por despido o por fin de contrato.

Nathalie Barbé, vicepresidente del sindicato, explicó a El País que se difundió la información de que el pago estaba disponible para toda persona que no tuviera causal jubilatoria y hubiese perdido su trabajo lo cual generó muchas consultas en la oficinas del Banco de Previsión Social y situaciones de tensión.

Están excluidos del derecho quien hayan renunciado a sus trabajos o hubiesen sido despedidos por mala conducta. El subsidio no es nuevo, tiene requisitos específicos y se cobra como máximo durante un plazo de dos años, explicó Barbé.

Conferencia del Pit Cnt
Nathalie Barbé, vicepresidenta de la asociación de Trabajadores de la Seguridad Social.
Foto: Francisco Flores

El monto de la prestación equivale al 40% del promedio de las remuneraciones cobradas en los últimos seis meses de trabajo de la persona. Los montos oscilan entre l Base de Prestaciones y Contribuciones ( BPC, $6.576) y 8 BPC ($52.608) mensuales.

La prestación se brinda por un máximo de dos años o hasta que el beneficiario alcance los años de edad o de trabajo necesarios para jubilarse.

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