El diputado del Partido Colorado por Montevideo Luis Marcelo Pérez introdujo en el Parlamento un proyecto de ley para establecer una licencia por fallecimiento de mascotas en Uruguay. La iniciativa legislativa propone conceder un día hábil de licencia remunerada a los trabajadores del sector público y privado radicados en el territorio nacional que sufran la pérdida de un animal de compañía. El objetivo central de la propuesta consiste en incorporar formalmente este derecho al régimen general del trabajo, reconociendo el impacto emocional y la transformación de las familias contemporáneas dentro del marco legal vigente.
“La presente ley tiene por objeto reconocer la licencia remunerada por fallecimiento de animal de compañía y establecer su inclusión en el régimen general del trabajo, con reglas claras de aplicación y acreditación”, establece el Artículo 1 del proyecto.
La propuesta introduce una modificación en el Código del Trabajo para garantizar que el empleado disponga de un tiempo mínimo de recogimiento. En la exposición de motivos, el legislador Luis Marcelo Pérez argumenta que los animales domésticos “forman parte de miles de hogares, acompañan procesos de socialización, cumplen funciones de apoyo emocional y generan lazos afectivos cuya pérdida produce un impacto real y verificable en la vida de las personas”. Según el texto presentado, la normativa actual genera desigualdad laboral y desprotección, dejando estas situaciones bajo la total discrecionalidad del empleador.
El proyecto define como animal de compañía a “todo animal doméstico que viva en el hogar del trabajador y con el cual exista un vínculo de cuidado responsable”. Para que los derechos laborales contemplen este beneficio, la normativa fija límites estrictos: el beneficio de la licencia por fallecimiento de mascotas podrá ser utilizado únicamente una vez por año calendario, resguardando la estabilidad del sistema productivo del país.
Requisitos de acreditación para reclamar licencia por muerte de una mascota
El texto establece un protocolo riguroso para evitar abusos y asegurar el uso responsable del beneficio laboral. El empleado deberá comunicar formalmente el deceso a la empresa en un plazo máximo de cinco días hábiles mediante una constancia expedida por un veterinario tratante o un certificado equivalente que compruebe la muerte del animal. Una vez entregada la documentación, el beneficio tendrá que ser utilizado dentro de los tres días hábiles siguientes.
El proyecto faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a implementar mecanismos administrativos para fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones. Asimismo, se vincula la propuesta con los avances previos en materia de bienestar animal que posee el país, haciendo mención a las regulaciones de la ley N° 18471 y a las tareas del Instituto Nacional de Bienestar Animal. “Esta iniciativa reafirma una visión humanista del orden jurídico, donde el progreso social no se mide únicamente por indicadores económicos”, concluye la argumentación del representante colorado.
Este contenido fue hecho con la asistencia de inteligencia artificial y verificado por un periodista de El País.
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