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Fin de la ley de aglomeraciones: la norma rige hasta el miércoles 21 y el gobierno no enviará nuevo proyecto

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Cientos de personas colmaron la rambla el pasado domingo. Foto: Franciso Flores
Gente sentada descansando en la rambla del Parque Rodo de la ciudad de Montevideo en plena pandemia de coronavirus Covid19 en Uruguay, aglomeracion de personas, ND 20210418, foto Francisco Flores - Archivo El Pais
Francisco Flores/Archivo El Pais

¿QUÉ IMPLICA?

Reuniones sociales como cumpleaños o fiestas en casas de familia continuarán siendo objeto de controles y podrán ser denunciadas.

El presidente Luis Lacalle Pou, junto con el ministro del Interior Luis Alberto Heber, resolvieron a última hora de este viernes no enviar al Parlamento un nuevo proyecto de ley para limitar el derecho de reunión, recogido en el artículo 38 de la Constitución.

La ley que prohíbe toda aglomeración, definida como “concentración, permanencia o circulación de personas en espacios públicos o privados de uso público” que incumpla las medidas sanitarias por el COVID-19, deja de regir el 21 de julio, según el plazo estipulado por la misma norma, y no se presentará un proyecto en ese sentido.

De este modo, el país vuelve a un estado de situación similar al que había antes del 21 de diciembre, cuando se aprobó la primera ley. Esta rigió durante 60 días, luego se extendió por 30 más por decreto, y en marzo el Poder Ejecutivo envió un nuevo proyecto de ley para prorrogar las disposiciones, ya que era formalmente necesario. La segunda ley fijó su vigencia por 120 días, tiempo que se cumple el próximo miércoles.

Qué cambia.

La ley que caduca faculta al Ejecutivo y a las intendencias a “prevenir y eventualmente dispersar, así como disponer el cese de aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario, y de las reuniones que se realicen en contravención de las medidas sanitarias y protocolos dispuestos por la autoridad competente”, es decir, el Ministerio de Salud Pública (MSP).

Antes de que rigiera esta norma, la Policía no tenía un marco legal que la habilitara a disolver una aglomeración para prevenir contagios. De hecho, el tema fue objeto de discusión en noviembre a partir de intervenciones policiales en lugares públicos, como la Líber Seregni en Montevideo o la plaza de Castillos, que en ocasiones fueron resistidas y generaron disturbios y detenciones.

Ante la escalada de casos de coronavirus que se registró en diciembre, el gobierno resolvió zanjar ese debate por ley y habilitar el accionar de la Policía en esas situaciones.

La ley, que fue aprobada sin los votos del Frente Amplio, se aplicó para interrumpir y dispersar las fiestas de verano, inclusive en la playa, y luego se utilizó de la misma forma para evitar aglomeraciones en Semana de Turismo, con miles de intervenciones tanto de Interior como de Defensa.

La tradicional marcha por el Día Internacional de la Mujer se hizo igual, aunque no participó tanta gente como años anteriores. En esa oportunidad las autoridades decidieron no actuar para evitar “arremeter contra mujeres con niños, mujeres mayores”, explicó el entonces ministro Jorge Larrañaga. En cambio, la Marcha del Silencio del 20 de mayo no se hizo.

En tanto, la norma impidió una recolección masiva de firmas contra la Ley de Urgente Consideración, lo cual propició controversias en el Frente Amplio, con la consiguiente salida de su secretario político, Rafael Michelini, en abril.

El prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés, explicó a El País que la ausencia de esta ley no significa que se habiliten las aglomeraciones. Por el contrario, dijo: “El Ministerio de Salud Pública, el Ministerio del Interior y las intendencias continuarán controlando que se cumpla con las medidas sanitarias”. La diferencia es que la fuerza pública ya no estará facultada a disolver, aunque sí a “disuadir”, puntualizó Ferrés.

“Todo lo que son espectáculos públicos tienen aforos y estabilidad sujetos a medidas sanitarias que deben cumplirse”, agregó el jerarca. Los desfiles de tambores, concentraciones, marchas o movilizaciones que se hagan en la calle ahora deberán respetar las distancias, el uso de tapabocas y demás, pero sí podrán realizarse.

En cuanto a las reuniones sociales como cumpleaños o fiestas en casas de familia, Ferrés insistió en que continuarán siendo objeto de controles y que podrán ser denunciadas en caso de considerar que se incumplen las disposiciones preventivas de contagios.

“Lo importante es que las medidas sanitarias están vigentes. Hay posibilidad de reuniones con determinadas pautas. Si no se cumplen hoy, ante riesgo sanitario siempre las autoridades pueden intervenir”, subrayó Ferrés, que aclaró que la emergencia sanitaria se mantiene.

Públicos: presenciales a partir del lunes 26

Este domingo se cumplía el plazo estipulado por decreto de cierre de oficinas públicas y teletrabajo para sus funcionarios. En vistas de esto, varias dependencias instaron a sus empleados a volver a trabajar de forma presencial mañana. Sin embargo, según publicó El Observador, este viernes en la Torre Ejecutiva se valoró que era necesario extender la medida por una semana más para darles más tiempo a todas las oficinas de organizarse. En ese sentido, se redactó un nuevo decreto que será publicado mañana en la web de Presidencia, y que prorroga hasta el 25 la medida de regreso a la presencialidad en las oficinas públicas. Rodrigo Ferrés, prosecretario de Presidencia, explicó a El País que la norma especifica que el retorno se hará “en coordinación con el Ministerio de Salud Pública y la Oficina Nacional de Servicio Civil para que sea organizado y controlado en etapas”. Agregó que las oficinas públicas ya “están coordinando”.

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