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PROYECTO DE LEY

¿Cuándo comienza a aplicarse la rebaja de IRPF e IASS? Coalición prevé aprobarla en dos semanas

El oficialismo prevé un trámite expreso al proyecto de ley, dado que el FA adelantó que dará sus votos.

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LACALLE AUTO
Declaración jurada de IRPF
Foto: Archivo

El proyecto de ley de "alivio tributario", que contempla la rebaja del IRPF y el IASS, además debeneficios impositivos a las pequeñas y medianas empresas, que fue anunciado días atrás por el presidente Luis Lacalle Pou, comenzará a ser analizado por el Senado en las próximas horas. Así se definió este lunes en la habitual reunión interpartidaria de coordinación parlamentaria. Con el aviso de que el Frente Amplio -pese a gruesos reparos políticos- dará sus votos al texto, en la coalición de gobierno se prevé un trámite expreso al proyecto.

Fuentes del oficialismo señalaron a El País que el pasaje de la iniciativa por el Poder Legislativo no se extenderá más allá de marzo. Incluso apuestan por su aprobación en las próximas dos semanas. La previsión es que este jueves la Comisión de Hacienda del Senado reciba al equipo económico y apruebe el proyecto, que será sancionado el martes 14 en el plenario de la cámara. Inmediatamente pasará a Diputados.

Como toda ley, una vez sea promulgada y eventualmente reglamentada por el Poder Ejecutivo, comenzará a estar vigente. Pero la pregunta que surge entre los contribuyentes es ¿cuándo comenzará a sentirse la rebaja de IRPF e IASS? Se trata de una de las dudas que habían generando los anuncios en muchos legisladores.

Por una parte están las medidas relativas a la ampliación de las deducciones previstas al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el aumento en el mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).

Según le transmitió el Ministerio de Economía y Finanzas a los diputados y senadores de la coalición el pasado viernes en Suárez y Reyes, el efecto comenzará a ser inmediato, por lo menos para el 80% de los beneficiarios, que son aquellos que no presentan declaración jurada y cuyo empleador les retiene un aporte mensual como pago definitivo del IRPF. Como se trata de un impuesto anual, cuando a fin de año el empleador realice el ajuste, tendrá que devolverle lo que le retuvo de más.

El restante 20% de los asalariados lo va a ver entre junio y julio del año que viene, con el cierre de las declaraciones juradas correspondientes.

Las deducciones están referidas a los aportes al Fondo Nacional de Salud (Fonasa), a las Cajas de Auxilios convencionales y los aportes similares que hagan por ese concepto los funcionarios activos, retirados y pensionistas del Ministerio de Defensa Nacional. También los gastos de educación, alimentación, vivienda y salud no amparados por el Fonasa de hijos menores de edad a cargo de los contribuyentes por hasta 20 Bases de Prestación Contributiva (BPC) equivalente hoy a $ 113.200 anuales. Esta deducción podrá duplicarse en casos de hijos, mayores o menores, declarados legalmente incapaces o con discapacidad grave.

Asimismo, estarán previstos los montos pagados en el año por cuotas de préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda única y permanente del contribuyente, hasta un costo máximo de 794 mil unidades indexadas. Aquí también estarán comprendidas las cuotas de los promitentes compradores cuyo acreedor original sea el Banco Hipotecario, o las cuotas de las cooperativas de vivienda.

El monto anual deducible no podrá superar las 36 BPC, que equivalen hoy a $ 203.760. El proyecto prevé que para los ejercicios cerrados a partir del próximo 31 de diciembre el costo máximo de la vivienda no podrá superar el millón de unidades indexadas.

El monto total de la deducción será de 14% de los ingresos nominales anuales iguales o inferiores a 180 BPC ($ 1.019.000) y de 8% en cifras superiores a ese monto.

Según lo anunciado por el Poder Ejecutivo, estas medidas alcanzarán al 75% de los contribuyentes a ese tributo, en particular al 47% de menores ingresos. Se afirma que el 14% de los actualmente pagan ese impuesto dejarán de hacerlo.

Para el caso del IASS, el incremento llevará el mínimo imponible anual a $ 611.280 actuales y el 11% de los contribuyentes dejará de pagar dicho tributo.

En todos estos casos, la ley regirá para hechos generadores acaecidos a partir del 31 de diciembre de 2023 inclusive.

El proyecto incluye además la condonación de las deudas de los contribuyentes del monotributo social Mides generadas desde marzo de 2020.

La segunda pata del paquete de "alivio tributario" está referida a las micro y pequeñas empresas (mypimes) , y consta fundamentalmente de un cambio en la forma en que estas firmas deberán tributar el Impuesto a la Renta a las Actividades Económicas (IRAE). En este caso fue a través de un decreto, firmado por el presidente el pasado 2 de marzo y que cobró vigencia inmediata en esa fecha. Lo previsto en ese decreto regirá para los ejercicios económicos que comenzaron el 1 de enero de este año.

El hecho generado siempre es el 31 de dic. de cada año por lo tanto lo que harán cambiar la forma de anticipo para que contabilice a partir de la aprobación, sería por decreto.

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