La jueza de crimen organizado Diovanet Olivera imputó a una escribana por la venta de terrenos con papeles falsos en Punta Negra, Maldonado.
A solicitud de la Fiscalía, la Justicia inició un proceso contra la notaria por los delitos de asociación para delinquir, falsificación ideológica por un funcionario público y estafa en calidad de coautora.
Para no entorpecer la investigación, la escribana deberá cumplir con medidas cautelares por 180 días. Consisten en fijar domicilio, presentarse a la seccional una vez por semana, prohibición de salir del territorio nacional, retención de documentos de viaje y prohibición de comunicación con otros involucrados en la causa.
La defensa de la escribana, a cargo de Juan Raúl Williman, apelará la resolución que dispuso la formalización de la investigación e irá a juicio oral, ya que entiende que la notaria actuó de buena fé.
Para la fiscalía de Delitos Económicos y Complejos a cargo de Sandra Fleitas, la escribana integró una organización dedicada a la venta de terrenos con documentos apócrifos.
La trama se armó en torno a un poder para realizar compraventas de terrenos en nombre de otras personas. Para hacer la maniobra con este documento, se falsificó la firma y se utilizó un sello de un escribano que ya falleció y no emitía poderes desde la década del 80.
Posteriormente, los implicados buscaban terrenos de propietarios argentinos muertos o que no venían seguido al país, de manera que los predios no tuvieran una custodia permanente.
Utilizando el poder falsificado, los integrantes de la organización actuaban ficticiamente en nombre de esos propietarios y se vendían el terreno entre ellos, sin abonar precio alguno o una ínfima parte del valor real.
Posteriormente vendían los terrenos a terceros compradores de buena fe, obteniendo miles de dólares de ganancia. Para eso utilizaban una inmobiliaria de Piriápolis cuyo dueño ya fue imputado.
Según el relato de la Fiscalía, la escribana intervenía en las compras ficticias para darle “apariencia de legalidad”. De acuerdo al Ministerio Público, la actuación atribuida a esta profesional “consistió en un aporte funcional a la ejecución de la estafa al proporcionar la instrumentación necesaria para que los inmuebles pudieran ser introducidos en el tráfico jurídico y posteriormente enajenados”.
Buena parte de la audiencia de este martes se centró en si la escribana sabía o no que estaba interviniendo en una operación que partía de un poder apócrifo.
Según la Fiscalía, el conocimiento de la escribana se infiere en la medida que actuó reiteradas veces en contratos basados en un poder falso, por lo que incurrió en un “patrón” que hace inviable en esta etapa considerar que “fue engañada en una operación aislada”.
Además, la Fiscalía consideró que antes las reiteradas utilizaciones del poder falso, la escribana pudo haber hecho un chequeo sobre la situación profesional del escribano fallecido cuya firma se fraguó. Asimismo, el Ministerio Público remarcó que en el poder falso había anomalías documentales que la escribana tampoco advirtió. También la fiscalía reprochó a la escribana no reparar en la “discordancia” entre el precio documentado en las ventas ficticias y el movimiento bancario real que ocurría luego entre los integrantes de la organización.
En respuesta, Williman aseguró que la Fiscalía le estaba exigiendo a su defendida obligaciones de control que no corresponden a un escribano. Citando jurisprudencia y disposiciones del reglamento notarial, el abogado aseguró que la actuación de un escribano termina con la verificación de que el poder tenga facultades suficientes, que la persona con su cédula se identifique como mandante, y que la información registral indique que ese poder está vigente.
El abogado también sostuvo que no se le puede exigir a los escribanos que hagan una “trazabilidad” de los cheques con los que se pagaron las operaciones. “Prácticamente se les exige que sean investigadores privados”, reprochó Williman. Además el abogado sostuvo que de las pericias a distintos celulares no surgen evidencias contundentes de que su defendida estuviera en connivencia con la persona que falsificó el poder.
La jueza Olivera, sin embargo, consideró que la Fiscalía presentó elementos objetivos suficientes para, al menos, iniciar la investigación. En particular, la magistrada mencionó que la escribana debió controlar las anomalías en los signos notariales del documento.
Por este caso ya fue imputado el hombre encargado de falsificar el poder, el dueño de la inmobiliaria y un empleado suyo. Mediante acuerdo abreviado se condenó a la esposa del empresario, a la expareja del empleado y al hermano de éste.