El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1er Turno dictó prisión preventiva para un hombre acusado de prenderle fuego la casa a otro en Rivera, luego de que éste último le reclamara que le había consumido comida y bebidas alcohólicas que eran suyas.
La víctima estaba adentro de la vivienda cuando el presunto autor la prendió fuego, por lo que sufrió quemaduras graves que motivaron su traslado a Montevideo. El agresor fue formalizado como presunto autor de un delito de tentativa de homicidio especialmente agravado.
Inicialmente, el Juzgado de Primera Instancia de Rivera de 1er Turno, dispuso como medida cautelar para el imputado el arresto domiciliario total con portación de dispositivo electrónico y controles policiales diarios y aleatorios, por el plazo de 180 días.
Sin embargo, la Fiscalía Departamental de Rivera de 1er turno apeló la medida, ya que entendió que había riesgo para la víctima y para la continuidad de la investigación.
Finalmente, el Tribunal de Apelaciones hizo lugar al pedido del Ministerio Público y revocó la medida cautelar inicial, dictando prisión preventiva para el acusado.
Discusión e incendio
De acuerdo al fallo al que accedió El País, el 14 de julio pasado cerca de las 22:00 la víctima le reclamó al imputado que había ingerido alimentos y una bebida alcohólica suya.
El agredido vivía en una casilla de madera construida en el fondo de un terreno con el permiso de la dueña. Esa mujer presenció la discusión, pues esta se dio frente a su casa.
Luego, la víctima le pidió a la dueña del terreno un plato de comida y se fue a acostar a su casilla. La mujer le dijo que le avisaría cuando la cena estuviera pronta.
Llegado el momento, la mujer mandó a su hijo de ocho años al fondo para avisarle que la comida estaba lista. En ese momento, el niño vio al agresor agachado cerca de la casilla, y corrió a darle aviso a su madre. Al salir al fondo, vio cómo la casilla había tomado fuego, por lo que llamó a su esposo y pidió ayuda a un vecino.
Los tres lograron sacar a la víctima, que producto de las heridas no pudo salir por sus propios medios, y posteriormente consiguieron apagar el incendio. Más tarde, bomberos y personal policial acudieron al lugar.
De acuerdo a la reconstrucción de los hechos, mientras era rescatada, la víctima le dijo a la mujer dueña del terreno y a al hermano de ésta que el autor había sido el hombre con el que había mantenido una discusión por alcohol y comida.
Del certificado médico primario de la víctima, se comprobaron quemaduras de tercer grado en la pierna izquierda y varias quemaduras de segundo grado que motivaron su internación en Montevideo.
Además, el informe de Bomberos clasificó el incendio como “hipotético intencional”. Asimismo, las cámaras de seguridad de la zona muestran que el agresor ingresó al terreno a las 22:05 y se retiró de allí unos dos minutos más tarde.
Por otra parte, en un allanamiento a la vivienda del acusado, la Policía incautó la vestimenta que según los testigos, llevaba puesta al momento de los hechos.
Con esas pruebas y la declaración de los testigos, el agresor fue formalizado en primera instancia por homicidio especialmente agravado en grado de tentativa y se lo obligó a cumplir arresto domiciliario con tobillera electrónica.
Chasquis de pasta base
Sin embargo, la Fiscalía solicitó la revocación de esa medida, aduciendo, en primer término, que hay riesgo para la víctima una vez que ésta reciba el alta y vuelva a la ciudad de Rivera.
De acuerdo al fallo, el Ministerio Público remarcó que el imputado “es violento y consumidor de alcohol y estupefacientes”. De hecho, el equipo fiscal relató que al momento de la detención, el agresor se “abalanzó” sobre dos chasquis (dosis de pasta base) que le habían incautado, y se los tragó para que no lo imputaran con otro delito.
Además, la Fiscalía aseguró que “el imputado es reincidente, por lo que hay peligro para la sociedad”. Y señaló que el presunto agresor “puede entorpecer la investigación, ya que conoce a todos los testigos que viven en la misma cuadra y cuyas declaraciones todavía no han sido recabadas”.
Según la Fiscalía, también existe peligro de fuga por la gravedad del delito, que tiene una pena que nunca podrá ser inferior a cinco años, y porque el acusado vive en zona fronteriza.
La defensa del indagado argumentó en contra, asegurando que tiene arraigo en Rivera en la medida que tiene dos domicilios allí, y que “los testigos no han manifestado temor ni tampoco problemas previos con el imputado”.
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones no hizo lugar a esos argumentos y concluyó que existe una “hipótesis altamente probable” de que el acusado “atente contra los derechos de la víctima” una vez que ésta retorne a la ciudad, e influya en los testigos, entre ellos el niño de ocho años que debe tener protección por su condición de “vulnerabilidad”.
Por ende, los magistrados dictaron prisión preventiva hasta el 20 de noviembre de este año con posibilidad de prórroga.