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¿Cuál es la pena que podría recibir el femicida de Valentina Cancela y dónde debería cumplirla?

Desde que hay registros fiables nunca la Justicia había tenido que dirimir la suerte de un femicida de 17 años, que por su condición de menor de edad tendrá un juicio con particularidades.

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Operativo de seguridad en el juzgado de San Carlos en
Operativo de seguridad en el juzgado de San Carlos en lo previo a la audiencia por el femicidio de Valentina Cancela
Foto: Ricardo Figueredo

Redacción El País
La Fiscalía se enfrenta este jueves al femicida más joven de Uruguay, al menos desde que hay registros fiables. El joven que confesó haber matado a Valentina Cancela en Punta del Este y que será formalizado a la espera del juicio tiene 17 años. Por su edad no será sometido a una pena como las que se conocían hasta el momento para quienes cometen este tipo de delitos, que pueden llegar a ser de 30 años de penitenciaría o incluso de 45, dependiendo de algunas condiciones.

El derecho penal juvenil se guía por penas que están establecidas en el Código de la Niñez y la Adolescencia, con sanciones que son menores a las que pueden tener los adultos.

El artículo 91 establece que “la medida de privación de libertad tendrá una duración máxima de cinco años”, aunque la comisión de los delitos como el homicidio intencional agravado y muy especialmente agravado, así como la violación o el abuso sexual especialmente agravado, implica que la pena “tendrá una duración máxima de diez años”.

La pena máxima de diez años fue establecida por la ley de urgente consideración que se votó en 2020, y antes de ella era de cinco. Precisamente, cinco años fue la pena que se dictó para otro menor que cometió uno de los asesinatos más recordados de los últimos tiempos, el de un trabajador del restaurante La Pasiva en 8 de Octubre y Albo.

Como el confeso asesino de Valentina Cancela tiene 17 años, podría estar recluido hasta los 27. Pero “en ningún caso el adolescente que al llegar a los dieciocho años permanezca sujeto a medidas, cumplirá lo que le resta en establecimientos destinados a los adultos”, apunta el Código de la Niñez y la Adolescencia.

El artículo siguiente indica una salvedad “cuando por cualquier motivo haya permanecido en un establecimiento destinado a los adultos para el cumplimiento de otra medida de privación de libertad”. Incluso, si ya con 18 años el joven cometiera algún delito dentro del establecimiento del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (Inisa) en el que se encuentra recluido, podría ser derivado a un penal de adultos, según lo determine el juez de la causa, indicaron varias fuentes penalistas consultadas por El País.

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