La Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirmó la condena a un hombre que había sido señalado por dos mujeres como su abusador sexual. En uno de los casos, invitó a la víctima a su casa porque estaba "deprimido" por una ruptura amorosa, luego la maniató y la violó. En el transcurso del caso se le encontró un celular que contenía material pornográfico en el que aparecían menores de edad.
El primer episodio ocurrió en setiembre de 2018. El ahora condenado llamó a una mujer con quien ya había tenido contacto para pedirle que fuera a su casa a comer pizza, contándole que no estaba bien emocionalmente debido a que había terminado el vínculo con su pareja. Acordaron que cuando la mujer saliera de su trabajo iría a la casa del hombre.
Al llegar, se dirigieron al dormitorio, donde había un pequeño sillón y un escritorio. Según relató la víctima, el hombre salió a comprar la comida y demoró, por lo que ella decidió acostarse en la cama. Al regresar, el ahora condenado le tomó una fotografía dormida. Luego, en medio de una discusión comenzó a decirle que su madre no la quería y le recordó un episodio de abuso sexual que la mujer había sufrido en 2009.
Repentinamente, el agresor se arrojó sobre la víctima y le ató las muñecas a la cama con un cordón de calzado. También la amenazó con un arma de fuego. En este contexto, abusó sexualmente de ella mientras la insultaba. Luego, la desató y le dio $ 200 para que se fuera a su casa, los que ella aceptó porque era de madrugada.
El segundo episodio (que tuvo otra víctima) ocurrió dos años después, el 4 de octubre de 2020. Próximo a las 02:00 de la madrugada, una mujer se encontraba en la parada de ómnibus ubicada en 18 de Julio, esquina Andes. Quedó sola junto a otro un hombre, cuando repentinamente otros dos la tomaron por sorpresa. Uno de ellos era el ahora condenado, quien la amenazó colocando un cuchillo en su espalda y la obligó a caminar varias cuadras.
Al llegar a la casa del delincuente, el hombre la obligó a subir unas escaleras hasta una habitación. Allí el victimario contó que su mujer lo había engañado con su mejor amigo y fue visto por la víctima esnifando una "sustancia blanca" (se presume que era cocaína). "Lo único que pensaba la víctima en ese momento era que si a ella le ocurría algo, quién se haría cargo de su hijo, que padece una discapacidad", dice la sentencia a la que accedió El País.
Tras haber sido violada, la víctima comprobó que el hombre se había dormido, por lo que huyó hasta una parada de ómnibus y utilizó el transporte público para volver a su casa.
Cuando la investigación por abuso y otros delitos ya se encontraba en curso, la Policía allanó el domicilio del delincuente y encontró un celular con contenido pornográfico en el que aparecían menores de edad.
Luego de analizar las evidencias del caso, el juez de 38vo Turno, Alejandro Asteggiante, lo condenó a siete años de penitenciaría por los delitos de privación de libertad, abuso sexual especialmente agravado, y almacenamiento de material pornográfico para su consumo habitual.
Intervención de Tribunales y SCJ
Ante la apelación de la defensa del hombre, a la que se adhirió Ficalía para pedir una mayor pena, intervino el Tribunal de Apelaciones Penal de 1er Turno, aunque luego la Suprema Corte de Justicia (SJC) anuló la sentencia y dio paso al Tribunal de 4to Turno. Esto se debió a que el primero había tomado como inadmisible la apelación de Fiscalía, pero los ministros de la Corte consideraron que esto no era así.
El segundo Tribunal declaró al hombre como autor de un delito de privación de libertad, tres delitos de abuso sexual especialmente agravados, y delitos de lesiones personales, privación de libertad y almacenamiento con fines de distribución o consumo de material pornográfico en el que aparecen menores de edad. La pena fue aumentada a 12 años.
Los abogados del hombre presentaron un recurso de casación, para que la SCJ ponga punto final caso, considerando que antes había existido un "absurdo evidente en la valoración". Entre sus argumentos, plantearon que las heridas presentadas por una de las víctimas pudieron haber sido "autoinflingidas".
Si bien los ministros de la SCJ tuvieron diferencias con respecto a las formalidades requeridas para aceptar la casación (cuatro consideraron que no correspondía y uno que sí), de igual manera fue unánime el rechazo a los argumentos de fondo.
"Sin perjuicio de carencias formales, aun de ingresarse al análisis de los planteos realizados por la defensa, lo cierto es que no logran acreditar absurdo o arbitrariedad alguna en el razonamiento del Tribunal", manifestaron y concluyeron que este "no se aparta en absoluto de las normas legales que disciplinan tal tarea judicial". O sea, deberá cumplir con la pena de 12 años.
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