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Condenan a Lorenzo y Calloia por "trama ilegal" y "manejo arbitrario"

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Pluna. Foto: Fernando Ponzetto.

SENTENCIA POR EL CASO PLUNA

Un tribunal revocó la inocencia de Lorenzo, le tipificó abuso de funciones y ratificó fallo que condenó a Calloia por igual delito.

Una sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Penal no ahorra adjetivos a la hora de calificar las conductas del exministro de Economía, Fernando Lorenzo y del expresidente del Banco República, Fernando Calloia, en el affaire Pluna.

El fallo refiere a que, detrás del aval a la empresa Cosmo por parte del Banco República (BROU) por US$ 13.600.000 para presentarse a la subasta de los aviones de Pluna, hubo una “trama teñida de opacidad”, “accionar ilícito”, se trató de “favorecer” a la empresa que oficiaba de “fachada” para “disimular la identidad del real interesado (Juan Carlos López Mena)” y un “manejo arbitrario” y una “irregular operativa” en el otorgamiento del aval.

El Tribunal hizo lugar a la posición del fiscal de Crimen Organizado, Luis Pacheco, y decidió revocar la absolución de Lorenzo y decretar su condena por abuso de funciones. En forma simultánea, confirmó la condena a Calloia.

La sentencia condena a Lorenzo a sufrir una pena de 20 meses de prisión (es excarcelable), inhabilitación especial por el término de dos años para ejercer cargos públicos y una multa de 1.000 Unidades Reajustables ($ 1.165.140 al día de hoy).

Falta de control

En 2017, la jueza especializada en Crimen Organizado, María Helena Mainard, condenó por abuso de funciones a Calloia y decretó la inocencia de Lorenzo.

El fiscal de dicha materia, Luis Pacheco, apeló el fallo solicitando la condena de Lorenzo en base a lo siguientes argumentos:

1) El exministro de Economía se “extralimitó” en sus funciones al oficiar de “garante verbal” en la concesión del aval del BROU a la empresa Cosmo.

2) Transmitió a Calloia el interés del Poder Ejecutivo para que se realizaran los máximos esfuerzos respaldando la emisión del aval y se tuviera “flexibilidad” en el manejo de los riesgos.

3) Hubo entonces una “intromisión indebida” por parte de Lorenzo que excedió a la competencia funcional del cargo que ejercía como ministro de Economía, pues de esa manera, en gran medida a consecuencia de su intervención, determinó al BROU a emitir un aval por aproximadamente US$ 14 millones, “sin el contralor mínimo”.

Fernando Lorenzo, Fernando Calloia, Danilo Astori. Foto: Archivo El País
Lorenzo y Calloia eran hombres de confianza del ministro de Economía, Danilo Astori. Foto: Archivo El País

Gonzalo Fernández, abogado de Calloia, argumentó que no se configura el delito de abuso de funciones como sostiene la Fiscalía porque su defendido no actuó con dolo o voluntad criminosa durante el otorgamiento del aval.

El abogado de Lorenzo, Mario Spangenberg, señaló que el fiscal calificó la actuación del exministro como indebida y arbitraria siendo que su única intervención consistió en un llamado telefónico a Calloia a los efectos de solicitarle que hiciera todo lo que estuviera a su alcance y actuara en forma cuidadosa y flexible en el otorgamiento del aval.

“Esa petición no implicó imposición de especie alguna, por lo que no puede configurar la extralimitación funcional alegada”, dijo Spangenberg.

La sentencia del Tribunal de Apelaciones hace lugar a la petición fiscal y recoge el testimonio de un alto jerarca del BROU, quien recibió una llamada de Calloia interesándose en el otorgamiento del aval a Cosmo.

“Se le indica (a Calloia) que con esa información que teníamos (sobre Cosmo) en ese momento y sin garantías, no era posible conceder la garantía solicitada”, expresa el dictamen.

Una ejecutiva de cuentas del BROU, que se encontraba junto con el jerarca cuando llamó Calloia, declaró: “Nosotros teníamos una orden de parte del presidente del banco de emitir el aval a la empresa Cosmo”.

En un capítulo titulado “La situación de Fernando Calloia Raffo”, el tribunal expresa que su conducta como presidente del BROU fue irregular durante la tramitación del vale a Cosmo. “Se verificó una deliberada y consciente actividad del funcionario dirigida, inequívocamente a viabilizar de manera claramente abusiva (implica ir más allá de lo permitido, sobrepasar los límites de las funciones que le competen), a la vez que arbitraria (esto es: contra todo derecho y contra toda lógica y razón), la presentación de una empresa en particular (Cosmo S.L.) a una subasta dispuesta por una ley, sin que pueda brindar una justificación plausible de semejante conducta”, agrega el fallo.

Calloia: se confirmó su renuncia al Brou varias horas después de ser procesado. Foto: Francisco Flores
El tribunal dijo que la conducta de Calloia durante la tramitación del aval a Cosmo fue irregular. Foto: Archivo El País

Y agrega que Calloia, al amparo de la “tosca excusa” de estar desempeñándose en función del supuesto interés nacional alegado por Lorenzo, ordenó a los servicios técnicos del banco que presidía que “saltearan todas y cada una” de las más elementales reglas de prudencia que deben presidir la actividad bancaria, con la finalidad de viabilizar el “irregular otorgamiento” de un aval.

El tribunal sostiene que “es inevitable concluir” que el acto de otorgamiento del aval fue “arbitrario” precisamente porque “contradijo -de plano- el interés público”.

En otro capítulo titulado “La situación de Fernando Lorenzo Estefan”, el tribunal señala que el exministro actuó con “marcada injerencia” que demostró y desplegó para “favorecer” a Cosmo haciendo imperioso para el BROU la concesión del aval.

El fallo sostiene que “es obvio y evidente” que fue el “inmenso peso político e institucional” de Lorenzo lo que impuso para que los servicios del BROU otorgaran la garantía. Y concluyó: “Al igual que Calloia, con su inconducta configuró un actuar indebido, ilegal, arbitrario, que -como era de esperar- terminó afectando y perjudicando de manera grave y como mínimo la imagen, el prestigio de la institución pública principalmente involucrada”.

“Un pliego elaborado por un demonio”

Según el fallo, el empresario Juan Carlos López Mena dijo que fue informado del remate de los aviones de Pluna. “Compramos el pliego y cuando lo leí dije que no sabía quién lo había hecho, porque parecía que lo hubiese hecho un demonio. Era inviable para cualquier empresario serio. Le dije que no contaran conmigo y se lo dije al señor presidente (José Mujica) y que iba a ser un fracaso”.

Cronología de un negocio fracasado

Cierre de pluna: El 5 de julio de 2012, el Poder Ejecutivo resolvió liquidar Pluna S.A., única aerolínea de bandera nacional con 75 años de historia. La compañía no podía enfrentar las obligaciones financieras, por lo que el gobierno comunicó que dejaba de operar.

Fideicomiso: El 30 de julio de 2012, el Poder Ejecutivo creó el Fideicomiso de Administración de bienes de Pluna con el propósito de transferir los activos de la empresa a un nuevo titular mediante una llamado en un plazo de 60 días.

Subasta: El remate de los siete aviones de Pluna se fijó para el 12 de setiembre de 2012 y fue postergado por razones de oportunidad y promoción a un mayor número de interesados para el 1° de octubre de ese año.

El hombre de la derecha: La empresa Cosmo se presentó al remate de los siete aviones Bombardier. El único oferente y mejor postor fue el denominado por el rematador “caballero de la derecha”, individualizado como Antonio C. Sánchez por el escribano Pablo Seitún, encargado de labrar el acta. El mejor postor resultó ser Hernán Antonio Calvo Sánchez, vinculado al empresario Juan Carlos López Mena.

El aval: Para participar en la subasta, los interesados debían entregar al Fideicomiso una garantía de mantenimiento de su oferta por US$ 13.668.516, a través de un aval de un banco uruguayo.

La llamada: El día del remate, el ministro de Economía, Fernando Lorenzo, llamó al presidente del BROU, Fernando Calloia, para que hiciera los “máximos esfuerzos” para emitir el aval a Cosmo.

Impago: El 15 de diciembre de 2012, la aseguradora Boston Seguros de Buenos Aires transmitió al BROU que no cubriría el aval.

Fianza: El 4 de abril de 2013, López Mena transmitió al BROU que pagaría el aval. Ese mismo año le inició un juicio al BROU para no pagarlo. La Justicia le dio la razón. El expediente se encuentra estudio de un Tribunal de Apelaciones.

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