Agadu ganó juicio contra un pub por pasar música sin autorización: deberán pagar casi un millón de pesos

La condena alcanza a los dos responsables del bar y al propietario del inmueble; a los aranceles impagos se sumó una multa equivalente a cinco veces la deuda.

Fachada de Agadu.
Fachada de Agadu.
Foto: Estefanía Leal/Archivo El País.

Una deuda de $165.590 por utilizar música sin autorización derivó en una condena de casi un millón de pesos contra los responsables de un bar ubicado por la calle Eduardo Víctor Haedo y República, en Cordón. El fallo también alcanzó al propietario del inmueble, que deberá responder junto a quienes explotaban el negocio.

El Juzgado Civil de 1er Turno amparó la demanda presentada por la Asociación General de Autores del Uruguay (Agadu) y la Sociedad Uruguaya de Intérpretes (Sudei). Fijó una condena de $993.540, que comprende los aranceles adeudados entre diciembre de 2019 y febrero de 2025 y una multa civil de $827.950.

Además, se agregan los aranceles y sus correspondientes multas que se devenguen desde marzo de 2025, además de reajustes e intereses desde presentada la demanda en 2024.

El reclamo se dirigió contra las dos personas que explotaban el pub y contra el dueño del inmueble. Según relataron las asociaciones demandantes, en el bar se reproducían públicamente "obras del repertorio administrado por Agadu", incluidos recitales en vivo, sin la autorización correspondiente. También sostuvieron que los responsables habían "desatendido una intimación" para frenar esa actividad.

Ninguno de los tres demandados contestó la demanda, según surge en documentos a los que accedió El País. Tampoco concurrieron a la audiencia preliminar, realizada el 13 de octubre de 2025, ni a su continuación, celebrada el 13 de agosto de 2026, recoge el fallo.

Como ninguno de los demandados respondió al reclamo, el juez dio por ciertos los hechos expuestos por los demandantes. Esto es que los responsables gestionaban el pub, utilizaban música sin autorización y no habían pagado los aranceles correspondientes.

La decisión también se apoyó en documentación presentada por las asociaciones, como un estado de cuenta, facturas y un acta notarial de comprobación. Para el magistrado, esos elementos acreditaban tanto la reproducción de las obras sin autorización como el monto de los aranceles adeudados.

Una multa que quintuplicó los aranceles

Agadu y Sudei reclamaron los aranceles impagos y pidieron que la multa civil no fuera inferior a cinco veces ese importe. El juzgado hizo lugar al pedido, considerando que los demandados no tenían la autorización para usar el repertorio.

De esta forma, a los $165.590 de deuda que ya tenían los demandados se agregaron $827.950 de multa. Esto llevó a una condena total de $993.540, antes de computar intereses o nuevos aranceles impagos.

Sobre las tarifas, el juez señaló que la normativa "faculta y obliga a las entidades de gestión colectiva a establecer aranceles justos y equitativos", y determinó que en este proceso "no se acreditaron circunstancias que justificaran apartarse de los montos reclamados".

Uno de los aspectos de la sentencia es que la condena a pagar no fue solo para quienes gestionaban el bar, sino que también fue condenado en forma solidaria el propietario del inmueble.

Para fundamentarlo, el juez citó la ley de derechos de autor. Según explicó en el fallo, "hace recaer sobre el propietario del local donde se realiza la comunicación pública no autorizada la responsabilidad por la falta de pago de esos derechos".

El bar involucrado tiene una trayectoria vinculada a los espectáculos en Cordón. Su apertura fue en 2011 y su propuesta fue destacada en reseñas por su música en vivo, teatro y stand up.

Además

Multas y retiro del permiso para mesas en la vereda

El local registra antecedentes de sanciones municipales. En diciembre de 2023, el Municipio B le impuso una multa de cinco unidades reajustables a la empresa responsable del bar por carecer de la habilitación de Locales Comerciales y del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas. La resolución intimó a presentar las habilitaciones finales o una constancia de trámite vigente en un plazo de 30 días.

El 16 de diciembre de 2024, otra resolución dispuso una multa de cinco unidades reajustables porque el establecimiento carecía de la póliza de responsabilidad civil exigida para colocar mesas y sillas en la vía pública y no había cumplido con la intimación correspondiente. También ordenó retirar ese mobiliario hasta regularizar la situación.

El 20 de febrero de 2025, el Municipio B dejó sin efecto la autorización para instalar mesas y sillas en la vereda. La resolución señaló que la empresa había sido multada en dos oportunidades por incumplir los requisitos del permiso y que la situación permanecía sin cambios.

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