Tras los incidentes reportados en la final clásica del Torneo Intermedio entre Peñarol y Nacional, donde las bengalas náuticas se robaron el protagonismo, se dio a conocer ayer el fallo de la Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF), que desprende muchas aristas. Para empezar, su redacción y la eventual interpretación que le darán los integrantes del Tribunal de Apelaciones, que ya están alertas a lo que pueda suceder en los próximos días, en función de cómo actúen los clubes.
Nacional recibió la sanción de cuatro partidos como local a puertas cerradas y la quita de tres puntos que, en principio, lo obliga a iniciar el Torneo Clausura con puntaje de -3 y a perder tres puntos en la Tabla Anual. Peñarol, en tanto, fue castigado con dos partidos a puertas cerradas en el Estadio Campeón del Siglo y US$ 4.528 de multa.
Los tricolores, como ya lo han hecho en otras oportunidades, apelarán esta resolución y buscarán una reducción de una pena, que, entienden, es excesiva. “Nos cocinaron”, le transmitió un dirigente en confianza a Ovación.
De la misma forma que pasó en el clásico de setiembre de 2022, cuando la Comisión Disciplinaria castigó al tricolor con dos partidos en su estadio sin público y, posteriormente, le redujo la pena a uno solo, los abogados apuntarán a que su defensa vuelva a surtir efecto para bajar los castigos.
Desde filas aurinegras también tienen la posibilidad de hacerlo (si así lo consideran), ya que la apelación de Nacional les “genera el derecho a una segunda instancia”, explicaron dos juristas consultados.
“Si la Comisión Disciplinaria combina sanciones de diferente naturaleza, el recurso es admisible si al menos una de ellas excede de los límites” de dos partidos a puertas cerradas”, marca el Código. Además, se puede agarrar del antecedente reciente (de 2022) si desea ir por ese camino jurídico.
Sucedió que en el clásico de setiembre de ese año, jugado en el Gran Parque Central, ambas hinchadas fueron protagonistas de incidentes y los dos grandes recibieron la pena de jugar dos partidos sin público como locatarios.
Si bien hay un artículo del Código que dice que las “suspensiones” de hasta tres partidos no son apelables, esto únicamente aplica para personas físicas (futbolistas, hinchas, entre otros) y no para las instituciones. “No existe sanción de ‘suspensión’ a los clubes ni en el Código Disciplinario ni en el Estatuto”, dice un fallo al que tuvo acceso Ovación.
Ese antecedente no solo abre puertas a una doble apelación, sino que además pone en tela de juicio las afirmaciones de Julio Trotchansky, quien dijo ayer a 100% Deporte (Sport 890): “Este tribunal nunca había fallado más de un partido de suspensión ante situaciones similares”.
El delegado afirmó que la quita de puntos a Nacional “debe ser en el Clausura y la Anual”; desde el rincón tricolor sostienen que en el peor de los casos tendría que ser en el torneo en el que se dio el incidente, es decir el Intermedio.
¿Qué dice el Código? “Se prevé que el descuento de puntos en un determinado campeonato Apertura, Clausura, rueda o similar, llevará aparejado consigo el descuento de la misma cantidad de puntos en tablas anuales, de descenso, o similar”.