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Sepa a partir de qué monto se pagará IRPF e IASS en 2022 y las nuevas franjas de aporte

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Para regularizar deudas con el organismo hay que hacer la gestión via web, ya que la oficina de DGI no atiende público. Foto: Darwin Borrelli
Fachada del edificio sede de la Direccion General de Impositiva, DGI, sobre la Av. Fernandez Crespo, en el barrio Cordon de la ciudad de Montevideo, ND 20210428, foto Darwin Borrelli - Archivo El Pais
Darwin Borrelli/Archivo El Pais

IMPUESTO

Se ajustó la Base de Prestaciones y Contribuciones, con la que se definen mínimos y franjas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social.

Desde 2012 y hasta el 2020, el Poder Ejecutivo ajustó en cada 1º de enero la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC), con la que se definen los mínimos y franjas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) entre otros, según la evolución de la inflación.

En 2021 con el cambio de gobierno, se modificó el criterio de ajuste y el año pasado la BPC se actualizó en base al Índice Medio de Salarios (IMS). Para 2022 el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) resolvió mantener ese criterio de ajustar por la evolución de los salarios, según informó el Observador y confirmó El País.

Según la normativa vigente, el ajuste de la BPC puede realizarse tanto por la evolución del Índice de Precios al Consumo (inflación) como por la del IMS. En cualquiera de los dos casos, el Poder Ejecutivo tiene la potestad de incrementar o reducir el porcentaje en un 20%.

El decreto del Poder Ejecutivo, indicó que la BPC se ajusta 6,03% por lo que pasa de $ 4.870 a $ 5.164 “a partir del 1º de enero”.

¿Cómo queda entonces el mínimo no imponible del IRPF y las diferentes franjas?

El mínimo no imponible del IRPF, que equivale a siete BPC mensuales, aumenta de $ 34.090 a $ 36.148. Esto indica que los ingresos laborales nominales menores a ese valor en el mes estarán exonerados de pagar IRPF. En realidad, al considerar las deducciones, salarios mayores también quedan exonerados de pagar IRPF.

Vale aclarar que se trata de un estimativo mensual que suelen considerar los asalariados, pero el IRPF es un impuesto de carácter anual (los contribuyentes realizan anticipos cada mes) y para su liquidación se deben considerar las rentas del trabajo generadas en todo el año (salario vacacional y aguinaldo por ejemplo).

Asimismo, el IRPF es un impuesto progresional que grava con distintas tasas incrementales a diferentes tramos de ingresos laborales, que se determinan en base a las BPC y que tienen modificaciones desde el 1° de enero.

La primera franja de aportes que va de $ 36.148 a $ 51.640, está gravada al 10% solamente en el tramo de ingresos mencionado.

En el otro extremo, a las personas con salarios desde $ 593.860 se le aplican todas las tasas en los tramos correspondientes y por el segmento de ingresos superior a ese monto pagan 36% (no tributan todos sus ingresos a esa tasa).

Núcleo familiar y deducciones.

El mínimo no imponible también se ajusta para aquellos contribuyentes que optan por tributar IRPF como núcleo familiar. En este caso, si los dos integrantes de la pareja perciben más de un salario mínimo nacional por mes ($ 19.364), tendrán como umbral el equivalente a 14 BPC mensuales, que son $ 72.296 (hasta el año pasado eran $ 68.180).

Mientras que si solo uno de los integrantes percibe más de un salario mínimo nacional, el umbral de aportes es ocho BPC mensuales que son $ 41.312 (hasta el año pasado eran $ 38.960).

Una de las deducciones que pueden realizar los contribuyentes del IRPF es por tener hijos a cargo menores de 18 años, que aumentan su valor por el ajuste de la BPC de $ 5.276 a $ 5.594. Si la persona tiene a su cargo hijos con discapacidad (sin importar la edad) el beneficio subirá de $ 10.552 a $ 11.189.

Con los cambios implementados desde 2017 producto del ajuste fiscal, estas y las demás deducciones (aportes personales a la seguridad social, Fondo de Reconversión Laboral, etc.) se suman y pasan a considerarse a una tasa fija del 10% si los ingresos nominales del contribuyente son iguales o menores a 15 BPC mensuales ($ 77.460 con el ajuste); mientras que aquellos con ingresos nominales superiores a 15 BPC podrán deducir a una tasa fija del 8%.

También sube el tope a la deducción que puede hacerse por el pago de cuotas hipotecarias, que aplica siempre que el valor de la vivienda no supere las 794.000 Unidades Indexadas (UI) $ 4.098.310 a valores de hoy, unos US$ 91.983.

Según la normativa, el monto total deducible no puede superar las 36 BPC anuales, que pasarán a ser $ 185.904, es decir el máximo de cuota deducible es de $ 15.492 por mes.

Sube mínimo del IASS y pasividad mínima

Por el ajuste de la BPC, también se modifica el mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) que pagan los jubilados. Con retroactividad al 1° de enero, dicho monto aumenta de $ 38.960 a $ 41.312 (ocho BPC mensuales), por lo que todas las pasividades por debajo de ese umbral estarán exoneradas del tributo.

Al igual que ocurre con el IRPF, el nuevo valor de la BPC decreta cambios en las franjas de ingresos que determinan cuánto debe pagarse por IASS.

Así, el tramo de las pasividades que va desde $ 41.313 a $ 77.460 (15 BPC mensuales) estarán gravadas a una tasa del 10%; mientras que el segmento entre $ 77.461 a $ 258.200 (50 BPC mensuales) tributará al 24%; y finalmente quienes cobran pasividades desde $ 258.201 pagarán una tasa del 30%.

Se aplica la misma progresividad para la tributación que en el IRPF, por lo que la tasa corresponde al tramo de pasividad y no a toda la pasividad.

Asimismo, también sufre un ajuste la jubilación mínima, que cobran aproximadamente unos 140.000 jubilados y pensionistas. Dicha prestación es de 3,05 BPC desde julio del año pasado. Por el ajuste de la BPC pasaron de $ 14.853 a $ 15.750,2.

Además de esto, todas las jubilaciones tienen un aumento parcial en enero (de 5,87%) y uno definitivo a partir de febrero producto del ajuste anual por el Índice Medio de Salarios Nominales (IMSN). La modalidad del ajuste se estableció mediante una reforma constitucional en el año 1989.

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