Publicidad

FINANZAS

La emisión fallida de una criptomoneda por parte de un club uruguayo, ¿qué pasó?

El BCU consideró que este negocio podría enmarcarse en el ámbito de oferta pública de valores, lo cual es una actividad regulada y supervisada por el organismo.

Compartir esta noticia
Camisetas del Colón Fútbol Club colgadas en el tejido
Camisetas del Colón Fútbol Club colgadas en el tejido.
Foto: Fernando Ponzetto

A mediados del año pasado, el club Colón F.C. (de la Primera División Amateur) se preparaba para su partido más importante de este siglo, enfrentar a Peñarol por la tercera ronda de la Copa AUF Uruguay. Sin embargo, afuera de las canchas también tenía un gran desafío: ser el primer club uruguayo en emitir una criptomoneda.

La misma se denominaría “Colon Coin” y estaría garantizada por acciones de Dale Verde S.A.D. (con la que el club lleva adelante sus actividades). Ante una información al respecto publicada en El Observador, el 9 de junio del año pasado, la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay (BCU) solicitó más información a la SAD. Tras una respuesta inicial, el 20 de julio de 2022 se llevó a cabo una reunión entre la superintendencia, Alfredo Regueira (propietario de la empresa BIT1950, encargada del negocio de las criptomonedas) y Marcelo Rifas (presidente de Dale Verde SAD).

Según una resolución de la superintendencia, estos declararon que se iban a emitir 1 millón de tokens a través de una plataforma de BIT1950 y que el 70% de los mismos se mantendría en custodia de BIT1950 y el resto se venderían a través de la plataforma. Los 300.000 “Colon Coins” a ser vendidos tendrían como garantía el 30% de las acciones de la SAD y el comprador de las criptomonedas tendría como derecho la participación en un porcentaje de las utilidades recibidas del club, en forma proporcional a la cantidad de tokens adquiridos.

El lanzamiento de la oferta se realizaría por redes sociales y medios de prensa, añade.

En esa reunión, la superintendencia requirió información adicional, dando cinco días hábiles para responderla, pero la misma no fue presentada aún, según indica la resolución. El 6 de diciembre pasado, se dio vista previa a las partes sobre el proyecto de esta resolución emitida por el Central. Rifas la respondió el 11 de enero de este año y Regueira no acusó recibo de la misma.

Allí Rifas señaló sobre el acuerdo de colaboración comercial que “al momento de la firma del proyecto no se tuvo en cuenta que el mismo podría estar enmarcado en el ámbito de la oferta pública de valores, y que el proyecto no fue finalizado en la fecha acordada en el acuerdo (con BIT1950) - 31 de agosto de 2022 - desconociéndose en qué etapa se encontraba”. Agregó que se iniciaron tratativas para rescindir el acuerdo de manera extrajudicial.

En este contexto, el BCU consideró que este negocio podría enmarcarse en el ámbito de oferta pública de valores, lo cual es una actividad regulada y supervisada por el organismo. En la resolución añadió que “la falta de presentación de la información y documentación requerida impide determinar con certeza si la operativa proyectada se encuentra dentro de las figuras reguladas y supervisadas por este Banco Central”.

Por esto, hasta que se entregue la información requerida y se pronuncie de forma definitiva sobre esta actividad, el Central instruyó a Dale Verde SAD, BIT1950 y Regueira a que se “abstengan de realizar la emisión” de las “Colon Coins”, además de presentar lo ya solicitado por el regulador el año pasado.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

criptomonedasfútbol uruguayo

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad