DGI va tras el IRPF en alquileres por plataformas: Booking, Airbnb y otras deberán informar transacciones a futuro

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Gustavo González, director general de Rentas.
Foto: DGI.

La Dirección General Impositiva (DGI) aprobó una resolución, con fecha 30 de junio, a través de la cual exigirá a los operadores de plataformas que intermedien en el alquiler de inmuebles -como Airbnb o Booking, entre otras- que le informen los datos de las operaciones realizadas en Uruguay, en forma trimestral a partir de febrero de 2027. Según explicaron desde la DGI a El País, no es un nuevo impuesto, sino el cumplimiento del pago de lo ya establecido.

Hasta ahora las plataformas no tenían obligación de dar esa información en el país, lo que significará un cambio. El objetivo es que, según el director general de la DGI, Gustavo González, a partir de la misma, el organismo se comunique con los contribuyentes para que paguen el Impuesto a las Rentas de Personas Físicas (IRPF) por los ingresos que obtienen por sus arrendamientos, dado que muchos que utilizan esas plataformas no lo están haciendo. Asimismo, la información podría servir para que la DGI apunte al cumplimiento de pago de otro tipo de impuestos en el futuro, aunque, en primera instancia, se enfocará a evitar la evasión del pago del IRPF por concepto de arrendamiento. Es decir, no se trata de una nueva ley, sino de una resolución para que la normativa se cumpla, ya que la exigencia de pagar el IRPF en esos casos ya existe.

González afirmó a El País, que “no es un impuesto, en primer lugar, porque la DGI no tiene esa potestad, sino que es para gestionar su cumplimiento en el pago. Lo que estamos estableciendo con esta resolución es una obligación a las compañías responsables de las plataformas de informar contenidos de sus transacciones que nos ayuden en la gestión tributaria en general y, en particular, con el arrendamiento de inmuebles, pero podría eventualmente tener alguna utilidad para otros impuestos, porque podremos hacer más interrelaciones de datos”.

Si bien González no precisó a qué otro tipo de impuestos podrían apuntar a futuro, economistas consultados por El País afirmaron que la información que comenzará a ser solicitada también podrá ser útil a la DGI en relación, por ejemplo, al impuesto a la renta corporativa, conocido como Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) y al Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR).

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El ministro de Economía y Finanzas, Gabriel Oddone y el director general de Rentas, Gustavo González.
Foto: DGI.

Las plataformas son contribuyentes de la DGI al pagar el Impuesto de Valor Agregado (IVA) por las comisiones que cobran y el Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR) por sus servicios. “Eso nos dio una idea del volumen de negocio que involucra a personas que tienen inmuebles en el territorio uruguayo y que son potenciales contribuyentes de impuestos a la renta por arrendamiento”, explicó González, al fundamentar la motivación de la DGI para emitir la nueva resolución.

Según sus cálculos, existe un “número significativo” de negocios en el sector que no se conocen, aunque prefirió no precisar al respecto, al considerar que ese dato preliminar “no refleja necesariamente el potencial recaudatorio y se puede malinterpretar”, afirmó.

Agregó que “un arrendamiento temporal podría no necesariamente generar el volumen de negocio suficiente para ser gravado con el IRPF”. En tal sentido, “hay que ver caso a caso, aunque sí hay expectativas de volúmenes de negocios suficientemente grandes como para tributar”.

González señaló que la resolución surgió también de estudiar el mercado y de conversaciones con agentes inmobiliarios, como las cámaras, hoteles y otros agentes del sector, que han señalado estas irregularidades en forma sistemática, solicitando que el gobierno tome medidas para que todos paguen los impuestos, a fin de evitar “competencia desleal”.

Consultado sobre si el pago del IRPF por parte de los arrendatarios que recurren a las plataformas para alquilar podría desestimular el uso de estas, el jerarca de la DGI manifestó que es posible, aunque es difícil medir el impacto en este momento y, por otra parte, existen otras razones por las cuales se buscan estos servicios, que son diferentes a los tradicionales.

La evasión de impuestos de quienes alquilan a través de plataformas digitales es una discusión mundial y la resistencia de exigencia impositiva por parte de los afectados es grande dado que, al cumplir con la obligación, es probable que el monto se traslade al precio final de arrendamiento, lo que le quite atractivo al negocio. “Este asunto es un problema para todas las administraciones tributarias”, dijo González, al explicar que estas han recurrido a estándares de información y transparencia, para este tipo de actividad económica, establecidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Si bien en Uruguay la resolución para que las plataformas como Airbnb, Booking, entre otras, tengan que comenzar a dar cierta información está generando “ruido”. Estas ya la están dando en otros países, siguiendo estándares de la OCDE. “En países de Europa se hace; en Centroamérica y el Caribe también; en Chile se están ajustando cosas para que pronto den la información”, dijo González. Agregó que la DGI ha mantenido conversaciones con representantes de plataformas previo a la resolución.

Reacciones y datos sobre la información a proporcionar, montos a pagar por IRPF y más

Gustavo Melgendler, socio del departamento de Asesoramiento Tributario y Legal de KPMG Uruguay, afirmó a El País que “el objetivo (de la Resolución No. 1518/26 del 30/6/2026) es que la administración tributaria pueda conocer los ingresos brutos obtenidos a través de las plataformas y los importes efectivamente percibidos por el arrendador.

“Si bien no queda explícito en la resolución, entendemos que la plataforma podría quedar obligada a reportar a la DGI, entre otros datos: nombre del anfitrión, RUT o identificación fiscal, dirección de apartamento, importe total de alquileres cobrados en el trimestre. Con esa información la DGI puede contrastar lo reportado por la plataforma con los pagos de impuestos: IRPF, IRAE o IRNR que pudiera corresponder al contribuyente, si se tratara de una persona física o jurídica residente o personas no residentes”, afirmó Melgendler. Y agregó: “las discrepancias serán mucho más visibles para la DGI que podría realizar controles automatizados utilizando información electrónica estandarizada y por ende iniciar un proceso de revisión del sector”.

Según Melgendler, “esta situación podría producir un aumento en los arrendamientos para mantener el monto neto de los arrendamientos percibidos en caso de que los contribuyentes no estuvieran tributando por dichos ingresos, un aumento en la recaudación si los arrendatarios que no estén tributando decidieran comenzar a pagar y, por otra parte, un eventual desestímulo en la utilización de este tipo de plataformas por los controles que se podrían iniciar”.

El especialista en impuestos recordó que la tasa de IRPF para arrendamientos de inmuebles es 12%, aunque se tributa 10,5% para considerar los gastos asociados. Las tasas de IRNR son similares. En caso de personas jurídicas residentes se tributa IRAE real o ficto.

También destacó que las plataformas digitales no residentes no han sido designadas agentes de retención de IRPF ni IRNR por los arrendamientos de inmuebles.

Gustavo Melgendler
Nota a Gustavo Melgendler, contador publico uruguayo, socio de KPMG Uruguay, en las oficinas de El Pais en Montevideo, ND 20221227, foto Estefania Leal - Archivo El Pais
Estefania Leal/Archivo El Pais

La presidenta del Colegio de Contadores, Silvia Leal, afirmó a El País que “la DGI está actuando dentro de sus potestades de fiscalización y requerimiento de información. La nueva resolución no crea un nuevo impuesto, sino que establece un régimen de información para las plataformas que intermedian en arrendamientos de inmuebles. Esos ingresos ya estaban comprendidos en el IRPF como rentas de capital inmobiliario. Lo que se busca ahora es ordenar la información, facilitar el control y promover el cumplimiento tributario”.

Por su parte, Walter Nogueira, al frente del Club de anfitriones de Airbnb en Uruguay, afirmó no estar enterado de la resolución. A fines de 2023, Nogueira había declarado a El País que “nosotros (los arrendatarios por medio de plataformas) somos los primeros en querer estar regulados. Hay un vacío legal”. Esta afirmación fue a partir de que quiso registrar en ese entonces un apartamento que alquilaba en forma temporal y las autoridades le respondieron que no sabían cómo hacer ese registro, según había dicho.

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