En esta campaña de IRPF 2026, la Dirección General Impositiva (DGI) elaboró un calendario con las fechas claves para el cumplimiento de las obligaciones tributarias que tienen los contribuyentes al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente a sus ingresos en el año 2025.
Las personas obligadas a presentar una declaración jurada pueden hacer ese trámite hasta el 31 de agosto, estableció DGI. Quienes tengan un saldo a favor tras presentar la declaración podrán recibir una devolución, mientras quienes tengan un saldo negativo deberán realizar pagos a la entidad tributaria.
Fechas de pago de IRPF ante la DGI
Para las personas que deban abonar un monto por IRPF, DGI detalló que los contribuyentes del IRPF podrán realizar el pago del saldo en cinco cuotas iguales. Estas son las fechas de vencimiento para cada cuota, según la resolución DGI N° 2284/025:
- Cuota 1: 31 de agosto
- Cuota 2: 30 de setiembre
- Cuota 3: 30 de octubre
- Cuota 4: 30 de noviembre
- Cuota 5: 30 de diciembre
Los pagos se podrán efectuar electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas. Para más información sobre como pagar IRPF, ingrese a este enlace.
¿Quiénes están obligados a presentar una declaración jurada?
La DGI especificó a través de una comunicación oficial que las personas que tienen que presentar declaración jurada de IRPF son los trabajadores dependientes que se encuentran en las siguientes situaciones:
- Superaron en el año fiscal 2025 los $ 963.510 nominales y no percibieron ingresos en el mes de diciembre de 2025.
- Superaron en 2025 los $ 963.510 nominales y percibieron ingresos de más de un empleador (múltiples ingresos).
- No superaron en 2025 los $ 963.510 nominales, pero tuvieron ingresos de más de una institución pagadora (múltiples ingresos o) en forma simultánea y no presentaron el formulario 3100.
- Optaron por la reducción del 5 % en los anticipos por el régimen de núcleo familiar.
La entidad tributaria indica que la categoría de multi ingreso también incluye a los trabajadores de la construcción, salud y educación, entre otros.
Si estos contribuyentes optan por declarar de forma individual, el formulario a presentar es el 1102. De hacer la declaración como núcleo familiar, corresponde presentar con el formulario 1103.
En cuanto a los trabajadores independientes, la DGI informó que deberán presentar la declaración jurada de IRPF los trabajadores profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2025 y no hayan tributado IRAE por esas rentas. A estas personas les corresponde presentar el formulario 1102 si declaran de forma individual, y el formulario 1103 si declaran como núcleo familiar.
La DGI agrega que también deberán presentar el formulario 1302 para declarar el IVA servicios personales, salvo que en su declaración del IRPF no hayan declarado este tipo de rentas.
También se comunicaron especificaciones para las personas que obtuvieron rentas de capital. Bajo esta situación, deben presentar una declaración los contribuyentes que en 2025 obtuvieron ingresos provenientes de rentas de capital (intereses, incrementos patrimoniales, etc.) que no fueron objeto de retención. La declaración correspondiente para rentas de capital es el formulario 1101.
Multas por no presentar la declaración jurada de IRPF dentro del plazo
Según comunicó la DGI, la multa por presentar una declaración jurada fuera de plazo es de $ 910 por cada declaración jurada.
Para contribuyentes sin actividad comprendida en el período declarado, por cada declaración jurada, la multa es de $ 910, con un máximo de $ 2.730 para el caso que en cada acto se presente más de una declaración jurada, en las condiciones mencionadas, por parte del contribuyente.