Redacción El País
Los contribuyentes a los que les corresponde cobrar una devolución automática por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) ya pueden recibir sus pagos por parte de la Dirección General Impositiva (DGI) a través de redes de cobranza o depósitos.
En esta campaña IRPF-IASS 2025, los únicos pagos que todavía no se han habilitado son las devoluciones con origen en declaración jurada. Sin embargo, para quienes sí tienen una devolución automática pendiente por el año 2024, ya pueden realizar la consulta sobre el cobro en DGI.
Cómo consultar si tengo algo para cobrar por IRPF-IASS 2025
Estas son las alternativas que ofrece la DGI para averiguar si se tiene devoluciones correspondientes al período del año pasado. También, para conocer el monto y el estado de una devolución:
- Para conocer el monto y el estado de la devolución en línea, el usuario deberá utilizar los servicios de la DGI, donde se puede realizar la consulta de devoluciones por IRPF/IASS. Para ingresar, es necesario tener una cuenta de Usuario DGI (con RUT y clave), Usuario Gub, cédula de identidad con chip, identidad digital Abitab o TuID de Antel. Las devoluciones correspondientes al último año se informan a partir del mes de junio del año en curso, indica la DGI.
- Otra manera de hacer la consulta es por la app de DGI.
¿Cómo puedo cobrar mi devolución automática?
Para cobrar la devolución, se puede hacer de manera presencial o a través de un depósito automático:
- La DGI detalla que, una vez que estén listas, las devoluciones se pueden cobrar a través de redes de cobranza como Abitab o Redpagos de todo el país. Para ello, es necesario presentar un documento de identidad.
- También se pueden cobrar las devoluciones por depósito en cuenta bancaria, habiendo realizado el trámite correspondiente en la institución bancaria de su preferencia, previo a la presentación de la declaración jurada. Una vez realizado el trámite, la persona puede consultar su afiliación bancaria ingresando con su clave en "consulta detallada de afiliación bancaria".
Para más consultas acerca de la campaña IRPF-IASS 2025, se puede visitar el sitio web oficial de la DGI a través de este enlace.
Cuándo se puede hacer la declaración jurada por IRPF-IASS 2025
Según las fechas que especificó DGI, las personas obligadas a presentar una declaración jurada correspondiente al año 2024 deben hacerlo entre el 7 de julio y el 28 de agosto de 2025.
Sin embargo, desde este pasado jueves 26 de junio, está disponible en la página web de DGI el formulario para presentar la declaración jurada en línea con información precargada. La DGI también ofrece atención telefónica llamando al 1344 (opción 4).
Además, el 14 de julio se habilitará el período de atención personalizada presencial o telefónica.
Y desde el 28 de julio de 2025, se comenzarán a hacer devoluciones con origen en declaración jurada.