Banco Central desestima recurso de exgerente al que había cesado y puesto a analizar una moneda digital en Uruguay

El exgerente de Política Económica y Mercados, Adolfo Sarmiento, que había sido desvinculado de ese cargo el pasado 14 de agosto y designado como asesor del directorio.

Edificio del Banco Central del Uruguay (BCU)
Edificio del Banco Central (BCU).
Foto: Fernando Ponzetto

Redacción El País
El directorio del Banco Central (BCU) desestimó el recurso de revocación que presentó el exgerente de Política Económica y Mercados, Adolfo Sarmiento, que había sido desvinculado de ese cargo el pasado 14 de agosto y designado como asesor del directorio, poniéndolo a cargo de nuevos proyectos, "como lo es el análisis y evaluación de la moneda digital y su eventual implementación en Uruguay", había señalado el BCU. Ante ello, Sarmiento presentó un recurso de revocación al tiempo que se fue del BCU en pase en comisión al Ministerio de Relaciones Exteriores.

Ahora, el Central dio a conocer la resolución de directorio en la que desestimó el recurso de revocación presentado por Sarmiento.

El exjerarca, impugnó el acto administrativo de removerlo como gerente de Política Económica y Mercados al entender que "la competencia del directorio para disponer traslados habría sido ejercida en exceso de los límites jurídicos de la discrecionalidad y las tareas de asesor del directorio que se le asignaron no lo fueron como tarea adicional sino que se le priva del derecho a ejercer el cargo con todas sus funciones o un cargo de equivalente jerarquía funcional".

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Adolfo Sarmiento (primero desde la izquierda) en el último Comité de Política Monetaria del Banco Central que participó como gerente de Política Económica y Mercados, el pasado 8 de julio de 2025.
Foto: BCU.

También argumentó que "se habría vulnerado su derecho a la permanencia en el cargo de gerente de Política Económica y Mercados, el que sólo admite excepción en materia disciplinaria" y planteó además que "la motivación del acto impugnado sería en el caso insuficiente -no siendo admisibles fórmulas generales-, puesto que se le reconoce su capacidad técnica y buen desempeño del cargo, lo que constituye un desajuste entre la motivación esgrimida y la decisión adoptada".

Cuando lo cesó en su cargo, el directorio del BCU señaló: "Se entiende con agradecimiento que se ha cumplido el objetivo fundamental de forjar el régimen necesario (en sus varias dimensiones) para reducir la inflación de forma duradera, lo que resulta histórico para el Banco Central y para el país".

¿Qué argumentó el BCU para desestimar el recurso de revocación?

Por un lado, el directorio recordó que "la Carta Orgánica del Banco Central instituye al directorio como jerarca titular del gobierno y dirección de la institución y le otorga expresamente la competencia discrecional de disponer traslados y asignar tareas a su personal para hacer efectivas las finalidades y competencias que la ley atribuye al ente rector, así como el funcionamiento normal y regular de la institución, lo que jurídicamente le habilita a adoptar las medidas idóneas en tal sentido".

Vista aérea del Banco Central del Uruguay. Foto: Gerardo Pérez
Vista aérea Banco Central (BCU).

Frente al reclamo de Sarmiento de que se vulneró su derecho a seguir como gerente de Política Económica y Mercados, el directorio del BCU afirmó que "el derecho a la permanencia en el cargo, como parte del derecho a la carrera administrativa, no implica que el personal posea derecho adquirido a desempeñar siempre la misma tarea o a no ser trasladado conforme a las necesidades específicas del servicio, para lo cual el directorio cuenta con un amplio grado de discrecionalidad otorgado por el régimen legal y estatutario de movilidad horizontal y asignación de tareas, en particular, respecto del personal de mayor jerarquía, en forma consistente con la importancia estratégica de disponer la organización administrativa que mejor se ajuste al logro de sus finalidades".

A su vez, argumentó que "el Estatuto establece el deber del personal de aceptar los destinos y traslados conferidos y cumplir con las tareas asignadas, en aplicación del principio constitucional de que el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario.

El directorio del Central también explicó que "el acto impugnado no determina detrimento alguno en los derechos del impugnante, quien mantiene su grado y remuneración, así como la dependencia directa del directorio, pasando a desempeñar tareas de alta especialización que reconocen particularmente su experiencia y logros en el desempeño de la función".

Respecto al cuestionamiento de Sarmiento a que se le reconoció su capacidad técnica y buen desempeño del cargo, lo que "constituye un desajuste entre la motivación esgrimida y la decisión adoptada", el directorio del BCU respondió: "el acto impugnado se encuentra extensa y razonablemente motivado al invocar las razones concretas de servicio que lo inspiran, no utiliza fórmulas genéricas de fundamentación sino que describe detalladamente en su parte expositiva y sus antecedentes documentados en el mismo expediente, los motivos organizacionales y funcionales que conducen al contenido dispositivo adoptado".

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