NUEVAS NORMAS DE TRÁNSITO
La iniciativa se enfoca principalmente en dos actividades vinculadas con las normas de circulación: el uso de bicicletas y de vehículos.
El Senado dio hoy media sanción por unanimidad al sistema que implementa el permiso de conducir vehículos en base a un puntaje que irá disminuyendo en función de la comisión de infracciones de tránsito. La iniciativa se enfoca principalmente en dos actividades vinculadas con las normas de circulación: el uso de bicicletas y de vehículos.
El referido permiso por puntos establece que todo conductor habilitado para conducir cualquier clase de vehículos contará al momento de la renovación u otorgamiento del Permiso Único Nacional de Conducir, con una asignación inicial de puntos. Dichos puntos se reducirán por cada sanción firme que se le imponga por la comisión de infracciones gravísimas, de acuerdo al tratamiento que disponga la reglamentación respectiva.
La iniciativa establece además que para la aplicación del Permiso por Puntos se deberá contar previamente con un registro de conductores, infracciones e infractores. Y que el titular de un permiso de ese tipo con riesgo de pérdida de vigencia del mismo, podrá recuperar puntos si aprueba el proceso de reinserción como conductor, de conformidad con los requisitos que fije la reglamentación.
En octubre de 2018 este proyecto fue enviado al Parlamento por el Poder Ejecutivo y el 13 de agosto pasado salió de comisión del Senado con los votos de todos los partidos. Hoy fue votado por unanimidad por el Senado quien le dio media sanción y ahora pasará a Diputados para su tratamiento.
De acuerdo con la iniciativa que fija una escala para calibrar las infracciones, la pérdida de puntos está en tercer lugar, luego de la advertencia y la aplicación de la multa.
Limitador de velocidad
Una de las disposiciones de la iniciativa habla de las medidas de seguridad con las que deberá contar un vehículo 0 km. Por ejemplo los cero kilómetro propulsados a motor, de cuatro ruedas o más deberán contar con control electrónico de estabilidad, dispositivo de alerta acústica y visual de colocación de cinturón de seguridad, encendido automático de luces cortas o diurnas, neumáticos y espejos retrovisores certificados incorporados al vehículo, limitador de velocidad, protección de los ocupantes en caso de impacto frontal y lateral, protección en los vehículos para atropello de peatones, sin perjuicio de otros elementos que disponga la reglamentación referida.
Otra disposición establece que el uso del Permiso Único Nacional de Conducir durante el tiempo de suspensión llevará aparejada además una nueva suspensión por un plazo de 18 meses de cometerse la primera infracción, y de 24 meses, si se produjese una segunda o sucesivas infracciones, sin perjuicio del delito que se pueda configurar.
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En el departamento.
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Además se señala que los titulares de permisos para conducir y los titulares o poseedores de vehículos están obligados a comunicar los cambios de domicilio. También otro artículo indica que las sanciones por infracciones de tránsito prescriben a los cinco años contados desde el momento en que se cometió la infracción.
Otro artículo de la normativa establece que para circular por las vías públicas del territorio nacional con un vehículo automotor, se deberá contar con habilitación expedida por el gobierno departamental correspondiente al departamento donde se encuentre empadronado dicho vehículo.

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Esa habilitación se otorgará a quien se inscriba en el registro vehicular departamental acreditando poseer derechos sobre el vehículo respectivo. Los derechos admisibles para obtener la habilitación y la forma de acreditarlos se determinarán en forma unificada para todos los gobiernos departamentales por el Congreso de Intendentes en el plazo de 180 días luego de promulgada esta iniciativa.
El Senado dará trámite hoy a este proyecto de ley del gobierno, que será informado por el senador Charles Carrera (MPP), y posteriormente será enviado a la Cámara de Representantes.
Peatones: no cruzar escuchando música
Algunas de las normas que se incluyen en el proyecto de ley parecen estar de más. Sin embargo, hoy en día es muy común ver a las personas cruzar la calle totalmente distraídas, escuchando música en sus auriculares, con el peligro que ello implica por más que el peatón siempre tenga la preferencia. En consecuencia, el proyecto señala que los peatones u201cno podrán cruzar la calzada usando dispositivos electrónicos o de telefonía móvil, excepto aquellos de funcionamiento no manualu201d. Algo similar ocurre con quienes conducen birrodados. La iniciativa señala que u201clos conductores de bicicletas o de motocicletas no pueden usar elementos que disminuyan o impidan la audición o la visiónu201d. También a quienes manejen bicicletas o motos se les prohíbe asirse o sujetarse a otro vehículo que circule.