Este sábado 20 de diciembre de 2025 habrá un feriado no laborable para un grupo específico de trabajadores en Uruguay. Esto se debe al Día del Trabajador Gráfico.
Quiénes tienen feriado este sábado 20 de diciembre
Este asueto afecta a los trabajadores del grupo 17, "industria gráfica", bajo los siguientes subgrupos:
- Subgrupo 1: talleres gráficos de obras - preimpresión, impresión sobre cualquier sustrato, posimpresión, encuadernación, edición, grabado y reproducción fotográfica, fotomecánica láser y electrónica digital.
- Subgrupo 2: talleres gráficos de las empresas periodísticas, diarios y publicaciones
- Subgrupo 3: publicidad en vía pública
De acuerdo con el decreto N° 382/005, debido a que este feriado cae en período de zafra para el subgrupo 1, se puede sustituir ese día no laborable por una fecha que no interfiera con la actividad de las empresas, mediante negociación entre las partes de cada empresa, según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Mtss).
Por su parte, para el subgrupo 2, en su Quinta Ronda 2012 se establece que "todo aquel que desempeñe tareas tendrá un día libre o franco a gozar a partir de la finalización de la licencia que usufructuase hasta el 31 de diciembre de cada año".
Para el subgrupo 3, las empresas abonarán el salario o jornal habitual dándole el tratamiento de feriado pago no laborable y no se trabajará bajo ningún concepto, indica el Mtss en un comunicado.
Cuánto se cobra por trabajar en un feriado no laborable
Dentro de feriados no laborables, una de las preguntas más comunes es cómo se remunera por no trabajar.
Al ser considerado un feriado no laborable pago, si una persona no trabaja, cobra igual. Pero, de trabajar, debe percibir una remuneración doble, como establece el artículo 18 de la ley N° 12.590.
Este mismo régimen aplica para los feriados que se celebran el 1º de enero, 1º de mayo, 25 de agosto y 25 de diciembre.
El próximo feriado no laborablr que afectará a todos los uruguayos será la Navidad, o Día de la Familia, que se celebrará el jueves 25 de diciembre de 2025. Se trata de un feriado que nunca cambia de fecha, según la ley N° 16.805, en su redacción dada por la ley N° 17.414.