Este domingo 16 de noviembre de 2025 habrá un feriado no laborable en Uruguay para conmemorar el Día del trabajador de la Piscicultura, por lo que los trabajadores de este sector no tendrán actividad.
Este feriado no laborable pago fue establecido por la norma publicada en 2018 por el Poder Ejecutivo.
A quiénes les beneficia el feriado este domingo 16 de noviembre
De acuerdo con la legislación vigente, este feriado incluye al subgrupo 04 “Granjas y Criaderos Marítimos" del grupo 03 "Industria Pesquera" correspondiente al Consejo de Salarios.
"Declarase el día 16 de noviembre de cada año como 'Día del Piscicultor', estipulándose que el mismo será considerado a todos los efectos como feriado no laborable pago", indica la norma.
¿Cuánto se cobra si no se trabaja en este feriado?
Para los trabajadores comprendidos bajo este feriado, una de las preguntas más comunes es cómo se remunera por no trabajar.
Al ser considerado un feriado no laborable pago, si una persona no trabaja, cobra igual. Pero, de trabajar, debe percibir una remuneración doble, como establece el artículo 18 de la ley N° 12.590.
Este mismo régimen aplica para los feriados que se celebran el 1º de enero, 1º de mayo, 25 de agosto y 25 de diciembre.
Por esto, tal como explica el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en su sitio web, si un trabajador mensual trabaja un feriado pago, como se lo denomina, deberá cobrar el mes completo, más un día. Este día extra se calcula dividiendo el sueldo entre 30.
En cuanto a las horas extra, estas se remuneran con un recargo del 150% del valor hora correspondiente a los días laborales, tal como lo indica el decreto N° 550/989.
Feriados especiales de noviembre 2025 en Uruguay
El martes 25 de noviembre será la fecha en la que se celebrará el Día del Taximetrista. Este día fue establecido para el grupo 13: "Transporte y almacenamiento", subgrupo 5.1, "Choferes de taxis de Montevideo", en la Cuarta Ronda 2010, e indica que tendrá el mismo régimen jurídico que los feriados no laborables y se le abonará el mismo valor que el resto de los feriados no laborables, según el MTSS.
El último feriado especial que tendrá este penúltimo mes del año será el del Día del Trabajador de Edificios en Zonas Balnearias. Este día se celebra el 28 de noviembre. Según el MTSS, fue establecido por la Cuarta Ronda 2010 del grupo 19: "Servicios profesionales, técnicos, especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", subgrupo "Personal de edificios de propiedad horizontal". Para este asueto, en el caso de los trabajadores que presten funciones en zonas balnearias, el feriado será el 28 de noviembre y tendrá carácter de feriado laborable pago, indica la página web del MTSS.