Este lunes 20 y martes 21 de febrero tienen lugar los feriados por Carnaval. Estos feriados son laborables, lo que significa que el trabajador debe concurrir a realizar su tarea diaria.
Además, como fija la Ley 16.805, en su redacción dada por la Ley 17.414, estos feriados no se pueden correr de fecha. El Carnaval se fija 40 días antes de la Semana Santa, también conocida como Semana de Turismo.
En Uruguay hay cinco feriados no laborables: el 1 de enero, el 1 de mayo, el 18 de julio, el 25 de agosto y el 25 de diciembre. En estos, "todo trabajador percibirá remuneración como si trabajara; en caso de trabajar, recibirá doble paga», como indica la Ley 12.590.