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COVID-19: MSP resolvió que en casos sospechosos sintomáticos se haga test rápido de antígenos

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El laboratorio del Ministerio de Salud Pública (MSP) valida los test de antígenos para acelerar los análisis en los pacientes. Foto: Archivo El País

NUEVA MEDIDA

La cartera que dirige Daniel Salinas estableció que "todo resultado" de test antígenos deberá ser comunicado "en forma inmediata" al Ministerio de Salud Pública.

El Ministerio de Salud Pública (MSP) resolvió este miércoles que para "todo" caso sospechoso de COVID-19 sintomático se deberá realizar un test de detección de antígenos (un análisis rápido a través de un hisopado) y no un PCR, que será reservado para aquellos que tengan un resultado negativo en la prueba con el test rápido.

El País informó en su edición de este martes que la cartera estudiaba sustituir los test de PCR por los de antígenos para el diagnóstico del COVID-19, ya que frente al aumento de prevalencia del virus en la comunidad es mejor el valor predictivo de este tipo de pruebas cuyos resultados se conocen en 40 minutos.

"Se realizan por hisopado y se denominan antigénicos, no deben confundirse con los denominados test serológicos de anticuerpos en sangre; los test antigénicos son especialmente útiles en pacientes sintomáticos", había expresado el ministro de Salud Daniel Salinas en diciembre pasado.

La resolución que lleva la firma de Salinas, a la que tuvo acceso El País, señala que los test antígenos deberán realizarse a casos sintomáticos "de inmediato" o "en su defecto dentro de las 24 horas de la indicación médica". Si la persona da resultado positivo, quedará registrada como "caso confirmado", y deberá cumplir aislamiento que establece el artículo 8 del decreto 93/020. 

Si este test resulta negativo, el caso sospechoso sintomático deberá someterse a una prueba PCR "de inmediato", hasta un plazo de 48 horas "siguientes al resultado del test negativo inicial".

Para los casos directos o convivientes también se aplicará un test de antígenos también "de inmediato, o en su defecto dentro de las 24 horas de la indicación, por el prestador de salud correspondiente". Si resulta positivo, también será un caso confirmado y debe cumplir aislamiento.

A diferencia del caso sospechoso sintomático, si la prueba de antígenos resulta negativa en estos casos, se amplía el plazo para realizarse "de cinco a siete días" aunque debe permanecer aislada por lo menos durante catorce días al tratarse de un contacto directo.

Por otro lado, el documento establece que para toda persona que, "sin constituir contacto directo, haya permanecido en comunidades cerradas tales como centros educativos, habitacionales o refugios, en las que se haya detectado un caso positivo", deberá realizarse un test de detección de antígenos.

Como en los otros casos, si es positivo, es considerado caso confirmado, mientras que si el resultado es negativo al test rápido, se reiterará la misma prueba diagnóstica "dentro del plazo de cinco a siete días del último contacto con el caso confirmado, no siendo obligatorio en tal caso adoptar medidas de aislamiento".

Para aquellos que requieran ser hospitalizados se realizará el test de antígenos. Si resulta negativo el test, se le hará un test PCR en forma "inmediata, o en su defecto dentro de las 48 horas siguientes al resultado del test negativo inicial".

También se establece que "todo resultado" de test antígenos deberá ser comunicado "en forma inmediata" al MSP.

El MSP resolvió esta decisión frente al "incremento del número de casos confirmados de COVID-19 con transmisión comunitaria sostenida". Respecto a los test antígenos, permiten "contar con resultados en forma más rápida y con mayor accesibilidad". Están "especialmente recomendados" para pacientes sintomáticos "dentro de los primeros cinco a siete días desde el inicio de los síntomas" y para asintomáticos "a los siete días del contacto con un caso confirmado por laboratorio", añade el comunicado.

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