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Colegio Médico se opone a ley que habilita eutanasia

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El proyecto de ley de suicidio asistido del diputado Ope Pasquet está a estudio hace más de un año. Foto: Shutterstock

PROYECTO A ESTUDIO

Para la Sociedad de Psiquiatría “no es momento” de debate y pidió que la iniciativa fuera discutida una vez que se supere la emergencia sanitaria por el coronavirus.

El Colegio Médico del Uruguay rechazó en el Parlamento el proyecto de ley que busca darle sustento legal a la eutanasia y el suicido clínicamente asistido y, junto con la Sociedad de Psiquiatría del Uruguay, pidió que la iniciativa fuera discutida una vez que se supere la emergencia sanitaria por el coronavirus, la principal prioridad actual en el personal de salud.

“Nuestra función, nuestra labor y nuestro conocimiento nos tiene abocados en un cien por ciento al combate de esta pandemia”, dijo el presidente del Colegio Médico, Blauco Rodríguez, en su comparecencia ante la Comisión de Salud Pública de la Cámara de Diputados, el miércoles pasado.

Allí también asistió una delegación de la Sociedad de Psiquiatría, encabezada por su presidente, Luis Villalba, que coincidió con su colega: “Quizás no es el mejor momento o el de mayor serenidad como para plantearse temas de esta índole”, sostuvo, según la versión taquigráfica.

Rodríguez, en tanto, profundizó en su opinión al entender que además no es “oportuno considerar” este proyecto de ley por una cuestión de “connotaciones obvias” a la muerte en un contexto de angustias diarias por los estragos de la pandemia. Pero agregó que, de cualquier forma, la organización que lidera se opone en forma frontal al proyecto presentado en marzo de 2020 por el diputado colorado Ope Pasquet.

Especialmente, señaló, porque la ley entraría en directa contradicción con el Código de Ética que rige la actividad de los médicos, el cual establece que “la eutanasia activa entendida como la acción u omisión que acelera o causa la muerte de un paciente, es contraria a la ética de la profesión’.

Una norma que, recordó Rodríguez, fue ratificada años atrás “en un plebiscito por el 100% de los médicos de este país”. Citó como ejemplo el artículo 48 del Código de Ética, que habla de la “obligación del médico de continuar con la asistencia del paciente” en los casos de enfermedad terminal, y se refirió también a la ley 18.335, cuyo artículo 17 prohíbe “en todos los casos anticipar la muerte por cualquier medio”. Y sobre el final de su exposición, apuntó que “algunos juristas podrían interpretar hasta que llegara a ser inconstitucional”, por ir en contra del derecho a la protección del goce a la vida.

Más precisión

Sebastián Lema, vocal de la Sociedad de Psiquiatría, dijo en la comisión que los profesionales a los que representa -que no tienen posición tomada sobre el fondo del asunto- recomiendan en principio precisar el concepto de “sufrimiento insoportable”, una de las condiciones que tiene que tener el paciente para solicitar el suicido asistido.

Al respecto, Lema dijo que tal como está hoy formulado en el proyecto, ese es “un término vago, poco sistematizable y que puede llevar a consideraciones diversas”. Y afirmó además que la redacción actual da a entender la posibilidad del sufrimiento sin que haya enfermedad terminal. “¿Se puede plantear que un individuo que no padece una enfermedad terminal incurable e irreversible, pero sí un sufrimiento insoportable por otra situación, puede estar comprendido dentro de esta ley?”, preguntó el psiquiatra.

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