El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) ha puesto límites a los mecanismos que las empresas pueden utilizar para cuestionar las políticas de Estado. En una sentencia a la que tuvo acceso El País, el máximo tribunal administrativo desestimó la demanda de la empresa Montecon, que buscaba anular una resolución del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que había frenado una investigación de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (CPDC) sobre el acuerdo portuario con Katoen Natie.
El punto medular del nuevo fallo radica en que Montecon intentó cuestionar la validez de los decretos 114 y 115 de 2021 —que otorgan prioridad en el movimiento de contenedores a la terminal especializada (TCP)— a través de una denuncia administrativa por presuntas prácticas anticompetitivas.
Sin embargo, el TCA fue tajante al señalar que la denuncia de la empresa "no constituye ciertas prácticas de mercado, sino que lo que se cuestiona, es la decisión administrativa plasmada en los Decretos Nro. 114/021 y Nro. 115/021". El Tribunal advirtió que la vía idónea para este reclamo "lo es la acción de nulidad", calificando el intento ante la Comisión de Competencia como un camino jurídicamente improcedente para evaluar la legalidad de actos de gobierno.
La sentencia ratifica que el diseño de la estrategia portuaria es una competencia exclusiva del gobierno por razones de interés general. Según el TCA, la Ley de Puertos establece que "compete al Poder Ejecutivo el establecimiento de la política portuaria y el control de su ejecución".
En este sentido, el fallo subraya la incompetencia de la Comisión para intervenir en estos asuntos: "Resulta claro de lo relatado que cuando no estamos frente a una práctica comercial, sino ante el ejercicio de una potestad reglada y, por tanto, la CDPC no tiene facultades porque eso requeriría analizar la legalidad o legitimidad de los actos administrativos". Incluso se recuerda que la reglamentación dictada por el Estado "queda excepcionada del contralor de la CDPC, ya que corresponde a este Tribunal analizar la legitimidad o no de los actos administrativos dictados".
Este nuevo pronunciamiento complementa un fallo anterior del TCA que analizó el contrato entre el Estado uruguayo y la firma belga Katoen Natie. En este, que fue dado a conocer la semana pasada, el Tribunal confirmó la legalidad de la mayor parte de los decretos, señalando que la prioridad otorgada a TCP es una “priorización operativa” basada en la naturaleza de la carga y la eficiencia, y no un monopolio ilegal.
Sin embargo, en este fallo anterior se marcó también un límite constitucional al declarar la nulidad de una cláusula que pretendía blindar a la terminal de cualquier competencia futura hasta el año 2081. El Tribunal argumentó que "el Poder Ejecutivo no tiene la potestad de 'autolimitarse' de esa manera mediante un decreto", señalando que una restricción de tal magnitud a la libertad económica requeriría una ley nacional fundamentada en el "interés general".
Con este nuevo fallo, el TCA confirma que el Poder Ejecutivo actuó "dentro de la legalidad y competencia" al frenar la intervención de Defensa de la Competencia, consolidando la postura de que las decisiones de política portuaria solo pueden ser revisadas directamente por la justicia administrativa y no por organismos desconcentrados. También implica un nuevo golpe para Montecon y un triunfo más para Katoen Natie, y para el gobierno anterior que firmó el contrato con la firma belga.