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Mujica sobre planteo de prisión domiciliaria de CA: "Para mí la ancianidad no son 65 años"

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José Mujica durante su último día en el Senado. Foto: Leonardo Mainé.

EXPRESIDENTE

Según el exmandatario, una persona debe ser considerada anciana cuando tenga más de 75 años, no antes de ese momento.

El expresidente José Mujica hizo referencia a la propuesta de Guido Manini Ríos de permitir que los reclusos mayores de 65 años puedan cumplir su pena en un domicilio y no en una cárcel. "La ancianidad, para mí, no son 65 años", expresó.

"Si ahora van a subir la jubilación y el tipo ahora va a tener que trabajar por lo menos hasta los 65 años, ¿me van a decir que a esa edad un hombre es un anciano? No", consideró Mujica en rueda de prensa.

Según el exmandatario, una persona debe ser considerada anciana cuando tenga más de 75 años, no antes de ese momento.

Las declaraciones del líder del MPP llegan luego de que la coalición acordara priorizar la propuesta de Cabildo Abierto que plantea otorgar prisión domiciliaria a los presos mayores de 65 años, salvo expresas excepciones.

El Frente Amplio ya declaró que no acompañará un proyecto que, al decir del senador Charles Carrera, está dirigido a favorecer a "los represores (de la dictadura) que están pagando su pena en la cárcel de Domingo Arena".

Consultado sobre si levantaría la mano por este proyecto, Mujica respondió: "De 75 para adelante, pero no con tales o cuales presos, sino para todos los presos, yo lo veo como una cuestión general, no puedo clasificar".

La propuesta se basa en fundamentos de “humanidad o trato humanitario” dentro de las cárceles y es un asunto al que se ha referido varias veces el senador Guido Manini Ríos, aunque en las últimas horas lo hizo con mayor énfasis.

Si bien la iniciativa prevé ciertas excepciones en la aplicación de este beneficio, sí lo obtendrían los reclusos imputados por su actuación en la dictadura militar, ya que solo se propone dejar por fuera a los imputados por homicidio y violación -salvo que hayan cumplido dos tercios de la pena máxima-, y a los procesados por delitos de lesa humanidad que hayan sido cometidos luego de entrada en vigencia la ley que definió estos crímenes en 2006.

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