Mujeres condenadas por entrar droga a cárceles: FA busca revertir artículo de la LUC y blancos evalúan si apoyan

La norma insignia del gobierno de Lacalle Pou aumentó las penas para este tipo de delitos. La prisionalización femenina se disparó y en el Parlamento buscan una corrección a fondo.

Fachada de la Unidad 5 de la Carcel Mujeres del Instituto Nacional de Rehabilitacion.
Cárcel de Mujeres.
Foto: Leonardo Mainé.

Uno de los artículos más polémicos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) aprobada en el primer año de gobierno de Luis Lacalle Pou podría ser derogado en la actual legislatura, luego de intentos fallidos en el período pasado y un diagnóstico que evidenció claras consecuencias.

La norma insignia del gobierno de coalición estableció en uno de sus artículos restablecer una normativa originaria de 1974 (“decreto-ley”, ya que las cámaras legislativas habían sido disueltas en el golpe de Estado un año antes): pena de cuatro a 15 años de penitenciaría para quien entregue, venda o facilite el suministro de drogas a un menor de 21 años, o cuando el delito se comete en las inmediaciones o interior de cárceles, entre otros establecimientos, como de enseñanza, sanitarios o culturales.

Ahora, a través de un proyecto de ley de la bancada de Diputados del Frente Amplio (FA), que se discute en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, los parlamentarios se encaminan a corregir el artículo de la LUC. La normativa de 1974 fue superpuesta por una ley de 1998 que no establecía una pena mínima para este tipo de delitos, régimen que fue revertido por la LUC.

Hasta el 2020, la población carcelaria femenina no superaba las 800 reclusas en todo el sistema. Según datos del Ministerio del Interior, hubo un pico en 2011, con 722, pero descendió hasta llegar a 469 en 2018. Sin embargo, luego de la entrada en vigencia de la LUC, el número comenzó a crecer sostenidamente año a año: 2021 (908), 2022 (1.022), 2023 (1.094), 2024 (1.302).

El proyecto del FA elimina el tiempo mínimo de pena y se limita a establecer “circunstancias agravantes de los delitos previstos en la presente ley”. De esta manera, la Justicia puede determinar las medidas a tomar caso a caso, eventualmente alternativas a la privación de libertad.

Además, en su exposición de motivos, se afirma que “las mujeres que incurren en la modalidad de ingreso de estupefacientes a los centros penitenciarios, generalmente son la respuesta -y evidencia- del sometimiento de un hombre con quien mantienen un vínculo afectivo o de parentesco”.

El oficialismo necesita votos externos para avanzar con la iniciativa y en la oposición están considerando dar el apoyo. En una sesión de mediados de marzo, según consta en la versión taquigráfica de la comisión, el diputado blanco Diego Etchevarría expresó que “todos” coinciden “en la necesidad de su estudio y de su evaluación”.

En esa línea, el coordinador de la bancada de diputados del Partido Nacional, Pablo Abdala, aseguró a El País que son “muy cuidadosos y bastante refractarios a tocar lo que la gente ratificó en el referéndum de la LUC”, ya que “es un pronunciamiento popular que no se lo puede sobrepasar”.

“Sin perjuicio de lo cual, eso no quiere decir que no se puedan hacer ajustes a la legislación. En este caso, de las madres con hijos o de las mujeres que ingresan pequeñas dosis de sustancia al sistema penitenciario siendo primarias, la LUC puso un mínimo de cuatro años, entonces terminaban pagando pena de prisión. Todos advertimos en el período pasado que había un problema de diseño, que parecía una consecuencia desproporcionada, sobre todo cuando hay madres con hijos”, manifestó.

Así, resaltó el cambio que se hizo en la Rendición de Cuentas de 2023, “que estableció para estos casos darle la facultad al juez de aplicar, en lugar de aplicar la pena prevista en la ley de estupefacientes, el régimen general de la tentativa”, el cual reduce la pena a un tercio de la misma, en comparación a un delito consumado.

“Permitía precisamente que el delito se volviera excarcelable y que entonces esas madres o esas personas no tuvieran que ser privadas de libertad. Eso había quedado resuelto. Ahora, si a eso lo quieren todavía mejorar, tenemos que discutirlo”, agregó el legislador nacionalista.

En diálogo con El País, Alejandro Zavala, diputado del FA e impulsor de la iniciativa, se refirió al cambio de 2023 y comentó que generó una contradicción con la norma de 1974.

“Se intentaba que el juez pudiese resolver si el delito era tentado o no, para así darle un poco de discrecionalidad al juez. Lo que terminó pasando es que eso quedó en contradicción con la otra norma, la ley de estupefacientes, que dice que todos los delitos tentados son consumados. Entonces los jueces no saben cuál aplicar, porque la otra no fue derogada”, explicó. El artículo 37 de esa ley establece que “el delito tentado se castigará con la misma pena que corresponda al delito consumado”, sostuvo.

El principal objetivo del proyecto del oficialismo es “que el juez no pueda valorar si el delito es tentado o no”, porque “como la mujer no ingresa la droga, o sea, la agarran cuando la está ingresando”, el delito no se consuma.

Así, señaló Zavala, queda vigente el mínimo de dos años establecido en la ley de estupefacientes, que puede ser disminuido al tipificarse como delito tentado, pasando a aproximadamente ocho meses: “Es mucho más razonable que dos años o cuatro años con medidas alternativas. Le abro la puerta al juez. No le digo que lo tiene que hacer, le dejo la potestad. Como le reduzco la pena de cuatro a dos años, y además lo pongo como tentado, le permito que sea un tercio de la pena, lo vuelvo excarcelable”.

El legislador frenteamplista dijo que confía en conseguir los votos para aprobar el proyecto en Diputados (precisa al menos dos por fuera del oficialismo), principalmente colorados y posiblemente blancos, teniendo en cuenta la obvia negativa de legisladores de Cabildo Abierto e Identidad Soberana.

Walter Verri, diputado colorado y coordinador de su bancada, indicó a El País que “es un tema que se está analizando” y del que aún no han tomado posición. Asimismo, reconoció que lo dispuesto en la LUC terminó siendo un “error” y recordó, al igual que Abdala, la modificación de 2023.

Mujeres en cárceles

El último informe del comisionado parlamentario (por entonces, Juan Miguel Petit), con datos del 2024, señaló que “la mayoría” de mujeres privadas de libertad lo están “por delitos vinculados al microtráfico de drogas: en la Unidad N° 9, en noviembre de 2024, el 79% estaba por este tipo de delito”.

“Los perfiles de riesgo que surgen de las evaluaciones Oasy’s (en inglés, Sistema de Evaluación del Ofensor) son bajos: solo el 5% tiene riesgo alto de reincidencia y ninguna presenta riesgo alto de daño a terceros. Esto indica que son casos que podrían abordarse con medidas alternativas. Sin embargo, la legislación vigente impone límites que reducen la posibilidad de aplicar prisión domiciliaria, incluso cuando se trata de delitos no violentos y de baja entidad”, describe el documento.

Además, puntualiza que en 2024 “la prisionalización femenina creció un 18%, mientras que la población penitenciaria general aumentó 6%”. Más del 90% son madres y tienen un promedio de edad de 34 años.

Datos del Ministerio del Interior referentes al mismo año muestran que había “72 niñas y niños en convivencia con sus madres, lo que evidencia un incremento respecto del año anterior, cuando eran 64 niñas y niños”, dice el “XI Informe Anual del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura” de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (Inddhh).

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar