Con dudas sobre posible inconstitucionalidad, Senado votó descentralización de Defensoría Pública

El proyecto de ley, que responde a un largo reclamo de los funcionarios para ser independientes al Poder Judicial, será tratado ahora en Diputados.

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Cámara de Senadores.
Foto: Estefanía Leal.

Redacción El País
El Senado de la República aprobó, con 29 votos provenientes de todos los partidos, la ley de Defensa Pública del Uruguay, aunque no sin advertencias sobre posibles acciones de inconstitucionalidad.

El impulso de la normativa responde a un viejo reclamo de hace casi 10 años de los defensores públicos para que ese servicio deje depender del Poder Judicial y pase a ser un organismo descentralizado.

Cerca del mediodía de este martes, las barras del Senado se vieron colmadas por trabajadores y representantes de la Asociación de Defensores Públicos del Uruguay. Cerca de 100 funcionarios, incluidos algunos que ejercen en el interior, llegaron al Palacio Legislativo para presenciar el debate parlamentario.

En el proyecto de ley, que deberá ahora pasar a Diputados, se crea el “servicio descentralizado” y le otorga “independencia técnica en el ejercicio de sus funciones”.

Al igual que la Fiscalía General de la Nación, la Defensa Pública se relacionará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura (MEC).

Andrés Ojeda, que fue el miembro informante, recordó que en 2022 el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas instó expresamente al Estado uruguayo a “garantizar que la defensa pública se independice jerárquica y presupuestalmente del Poder Judicial”.

La función de los defensores públicos es dar garantías de protección a aquellos que se someten a un proceso judicial, en particular a las personas más vulnerables que no pueden acceder a una defensa por razones económicas.

El artículo 254 de la Constitución es el que da las garantías en este sentido: “La justicia será gratuita para los declarados pobres con arreglo a la ley. En los pleitos en que tal declaración se hubiere hecho a favor del demandante, el demandado gozará del mismo beneficio hasta la sentencia definitiva, la cual lo consolidará si declara la ligereza culpable del demandante en el ejercicio de su acción”.

Según datos del Poder Judicial, en 2023 los defensores públicos atendieron a 230.000 personas, presentaron 92.000 escritos y participaron de 26.000 audiencias. Actualmente, hay 317 defensores públicos en el país y 288 están asociados al gremio.

Acción de inconstitucionalidad

Pese a que el proyecto se anunció que se votaría por parte del Partido Nacional, el Partido Colorado y el Frente Amplio, hubo espacio para la apertura al debate y algunas advertencias sobre lo que puede ocurrir en el futuro.

Según informó Búsqueda, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) alertó al Parlamento que en caso de sancionarse el proyecto de ley implicaría un grave perjuicio económico para el Poder Judicial.

Esto debido a que el artículo 11 de la iniciativa establece que el patrimonio del organismo estará integrado por todos los bienes “muebles, inmuebles y derechos de cualquier naturaleza de los que fuera titular el Poder Judicial para el funcionamiento de la Defensa Pública”.

El senador Pedro Bordaberry opinó que por cómo estaba redactado ese artículo era una “norma diabólica”, ya que dependerá de una resolución de la SCJ la transferencia final de esos bienes.

Sobre la potencial acción de inconstitucionalidad, lo que preocupa a los senadores (reconocido por Bordaberry, Ojeda, Graciela Bianchi, Gustavo Zubía, entre otros), es que la Constitución establece actualmente que los defensores “de oficio” (artículo 239) son nombrados por la SCJ.

La iniciativa parlamentaria establece que el director Nacional de la Defensa Pública será nombrado por el Poder Ejecutivo, quien estará a cargo de presentar ante la Corte una nómina de defensores públicos, que posteriormente deberá ser ratificada por los ministros del órgano supremo del Poder Judicial.

En junio de este año, los constitucionalistas Martín Risso y Jaime Sapolinski habían advertido en la comisión de Constitución y Código sobre la eventual inconstitucionalidad. En diálogo con El País, Risso aseguró que desde su punto de vista se le están quitando competencias constitucionales a la SCJ con una ley, por lo que lo que hay que hacer es cambiar la Constitución.

En tanto, aunque se esperaba que el proyecto fuera votado por unanimidad, finalmente el senador del Partido Nacional Carlos Camy decidió no apoyar la iniciativa.

Argumentó que a pesar de estar de acuerdo con que se cree un servicio descentralizado de Defensoría Pública, no compartía el proyecto en particular.

Más allá del debate jurídico que se generó, Ojeda reivindicó la intención política de llevar adelante el cambio institucional y confió, al igual que otros senadores, en que en la Cámara de Diputados se podrá encontrar una alternativa mejor para salvaguardar la posibilidad de que el proyecto de ley pueda ser declarado inconstitucional.

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