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Suspendieron la patria potestad a cinco de los imputados en la "Operación Océano"

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Fiscal Darviña Viera. Foto: Francisco Flores.

TRIBUNAL DE APELACIONES 

Ya fueron imputadas 21 personas por esta investigación, la mayoría por el delito de retribución o promesa de retribución a menores de edad para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo

La Fiscalía General de la Nación informó este miércoles que el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° turno revocó una resolución de primera instancia y suspendió la patria potestad para cinco personas imputadas en el marco de la denominada “Operación Océano”.

Ya fueron formalizadas 21 personas por esta investigación, la mayoría por el delito de retribución o promesa de retribución a menores de edad para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo.

El 13 de mayo pasado la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia Basada en Género de 5° turno –que lidera la fiscal Darviña Viera- imputó a estos cinco hombres por el delito de retribución o promesa de retribución a personas menores de edad para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo.

En esa misma audiencia se solicitó a la jueza Adriana de los Santos que se aplicara el artículo 79 de la ley 19.580 que indica que las personas sujetas a proceso por este tipo de delitos "quedan suspendidas en el ejercicio de la patria potestad o guarda e inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el áreas educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolecentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un lapso de diez años si recayera sentencia de condena o hasta su sobreseimiento o absolución". 

La jueza de los Santos rechazó aplicar este artículo “por entender que el mismo corresponde solamente cuando existe una condena”, indica un comunicado de Fiscalía divulgado este miércoles.

Pese a esto, el Tribunal de Apelaciones revocó esa decisión y dio la razón a la Fiscalía en este tema.

"La imperativa solución por la que optó el legislador -más allá que se comparta o no- no solo extiende su efecto inhibitorio hacia el individuo condenado sino también al formalizado o procesado, según el régimen que se aplique", indica la sentencia del tribunal de acuerdo al comunicado de Fiscalía.

“Por otra parte, el mismo tribunal desestimó las apelaciones presentadas contra la formalización de la investigación por varias de las defensas de los imputados”, señala el comunicado.

"Rectamente interpretados, los hechos presentados en las diversas exposiciones (escritas y verbales) realizadas, se han mostrado contundentes en cuanto a dejar prima facie evidenciado el vínculo de los imputados con la joven y las conductas presuntamente infractoras de las normas penales allí referidas", sostuvo el tribunal para justificar esta decisión.

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