El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) confirmó la legalidad de la sanción —de seis meses de suspensión sin goce de sueldo— que la Facultad de Ciencias (Fcien) de la Universidad de la República (Udelar) le impuso en agosto de 2022 al matemático y docente grado 5 Martín Sambarino, denunciado por acoso por una exalumna en junio de 2019.
La sentencia del TCA, de julio de 2026, a la que accedió El País, desestimó la acción de nulidad que Sambarino presentó en abril de 2023 contra la sanción.
El docente trabaja actualmente en esa facultad, confirmó El País, luego de que su Consejo le renovara el cargo en marzo de 2023.
La estudiante de posgrado y docente interina denunció a Sambarino por acoso ante la Comisión Central de Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación (Ccpaad) de la Udelar, en junio de 2019. Sambarino era director y cotutor de su tesis.
La denunciante indicó que en varias oportunidades planteó contarle al docente los avances de su tesis y que este “siempre proponía juntarse en su casa”, señala el fallo del TCA.
“A pesar de que intentó hacerlo en otro lugar, concurrió a su domicilio, donde él la esperó con música, una picada y vino, pero ella se fue enseguida”, agrega.
La sentencia del TCA, del 22 de julio, señala que el docente, grado 5 desde 2011, le hizo en diversas oportunidades comentarios de “tono sexual” sobre su esposo y su vestimenta, y que la incitó en algunas salidas a consumir cocaína.
En ocasión de un congreso en París, la denunciante sostuvo que el docente le “ofreció quedarse en su apartamento” y que, ante la insistencia, aceptó.
Según relató, él la abrazó, pero ella lo rechazó. Agregó que el docente no le hizo correcciones a su tesis y que la relación se deterioró. Finalmente, se fue al exterior y radicó la denuncia.
El docente negó haber tenido una conducta de acoso sexual. Indicó que hubo “un abrazo” en París que la denunciante “interpretó” como un “avance”.
Tras la denuncia, en setiembre de 2019, Fcien le inició un sumario administrativo y dispuso la suspensión de sus actividades académicas.
La instructora del sumario emitió un informe en el que concluyó que existió una “probada existencia” de acoso sexual y de conductas inapropiadas por parte del docente, y que este había cometido una falta administrativa “grave”.
Tras el sumario, el Consejo de Fcien resolvió, en octubre de 2021, sugerir al Consejo Directivo Central (CDC) de la Udelar destituir a Sambarino.
En el marco del procedimiento, la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC) indicó que no se habían configurado los hechos necesarios para su destitución.
En mayo de 2022, el CDC de la Udelar determinó que el docente había incurrido en una “conducta inapropiada” de carácter “grave”, pasible de sanción por el carácter asimétrico de las relaciones, pero consideró que no existía mérito para destituirlo.
En agosto de 2022, el Consejo de Fcien resolvió que Sambarino había incurrido en “conductas inapropiadas” que obstaculizaron el derecho a trabajar y estudiar en un “ambiente seguro”. Por ese motivo, dispuso suspenderlo durante seis meses sin goce de sueldo. El docente impugnó posteriormente la medida.
El CDC de la Udelar incluyó en el orden del día de este martes “tomar conocimiento” del fallo del TCA, que “desestimó la demanda anulatoria” y “confirmó la legitimidad” de la resolución impugnada, así como notificar la sentencia a la denunciante.
“El Tribunal, por unanimidad, apartándose de la solución aconsejada en el dictamen de la Sra. Procuradora del Estado en lo Contencioso Administrativo, se pronunciará por confirmar el acto impugnado”, señala el escrito firmado por los doctores Ángel Cal, William Corujo Guardia, María Rosina Rossi Albert, Alberto Domingo Reyes Oehninger y Edgardo Ettlin Guazzo.
“El Tribunal considera que en ninguna de las hipótesis que planteó la parte actora se produjo una efectiva disminución o grave lesión al derecho de defensa o que impida que el acto cumpla con el fin que le es propio, de forma tal que determine la nulidad de la resolución impugnada”, indica el fallo.
“El accionante controvierte la valoración probatoria de los hechos, sosteniendo que la conducta imputada carece de la entidad suficiente para configurar una falta administrativa. Agravio que el Tribunal también rechazará”, añade.
Tras enumerar una serie de elementos, el tribunal sostiene que estos permiten “inferir con estándar de plena prueba la certeza racional de la ocurrencia de que el profesor procedió a abrazarla contra su voluntad, mediando un inmediato rechazo de su parte”.
Además, plantea que la prueba “demuestra que no se trató de un hecho aislado, sino de un patrón de conducta signado por comentarios de inequívoca connotación sexual”. Como ejemplo, cita un correo electrónico en el que el docente se refirió a la denunciante como “el bombón del congreso”.
Para el TCA, también quedó acreditado que el docente “emitía calificativos despectivos hacia la denunciante, catalogándola como la ‘nueva Jana’, en alusión estigmatizante a una matemática ajena a su círculo de influencia”.
En paralelo a este proceso, Sambarino demandó tiempo atrás a la Udelar por daños y perjuicios y reclamó $ 5 millones, al entender que la Ccpaad no le había permitido ejercer adecuadamente su defensa.
En junio de 2023, el juez Gabriel Ohanian dispuso que la universidad le pagara $ 750.000, pero esa decisión fue revocada por un tribunal de apelaciones en agosto de 2024.