El Ministerio del Interior fue condenado a indemnizar a un recluso y su madre luego de que este fuera herido de gravedad durante una pelea en el patio de la cárcel de Durazno. La cartera presentó un recurso de apelación pero un Tribunal reafirmó la resolución del juez, que había entendido que existió "omisión" en el servicio.
La demanda por daños y perjuicios contra el ministerio fue presentada en agosto de 2023. Ese mismo año pero en febrero, el demandante se encontraba privado de su libertad en la Unidad N° 18 del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), en Durazno. El 13 de ese mes se encontraba en el patio, en una zona conocida como "el gallinero", cuando comenzó un conflicto con otro preso.
Durante esta pelea, ambos portaban cortes carcelarios. Con uno de estos, su contrincante le realizó un corte en el cuello que lo dejó en estado grave durante días. Permaneció hasta el 19 de ese mes en el CTI del Hospital de Durazno, luego fue trasladado al Hospital Maciel para colocarle un stent, y finalmente hizo el resto de su recuperación en el Saint Bois. Mantuvo dificultades para alimentarse durante varios días producto de la herida.
La investigación posterior permitiría determinar que no había policías ni operadores penitenciarios presentes al momento de la pelea y que estos acudieron al lugar luego de escuchar golpes en las puertas de las celdas.
Por este motivo, tanto el recluso como su madre —quien aseguró haber sufrido las consecuencias de la situación, teniendo que suspender su trabajo como feriante para cuidar de su hijo— presentaron la demanda contra la cartera en la que reclamaban US$ 15.000 y US$ 5.000 respectivamente. Su principal argumento fue considerar que existió responsabilidad del Ministerio del Interior por "falta de servicio, omisión en controles y seguridad".
Por su parte, la defensa de la cartera aseguró que "la actuación de los funcionarios policiales fue rápida y eficaz". "No se puede tener a un funcionario 24 horas al día para cuidar de un PPL (persona privada de libertad)", expresó según consta en la sentencia a la que accedió El País. Además, señaló que "si el actor no hubiese confrontado con otro recluso que compartía sector, el resultado no se hubiera verificado".
Luego de un proceso judicial que demoró más de un año, el juez en lo Contencioso Administrativo de 3er Turno, Pablo Gandini, falló a favor de los demandantes, estableciendo como condena los montos solicitados. A estos deben sumarse intereses desde el hecho ilícito —13 de febrero de 2023— lo que elevará todavía más el monto.
"El servicio falló al haber incumplido el Estado los deberes de protección y seguridad de los privados en libertad", aseguró el magistrado, quien destacó que la presencia de cortes carcelarios demuestra la falta de controles y requisas por parte de la cartera.
Esta resolución fue apelada por Interior, asegurando que existió una "incorrecta valoración de la prueba", que "la responsabilidad del Estado es subjetiva" y que no quedó demostrada una falta de servicio. Además, catalogó los montos de la condena como "exagerados".
También planteó que se trató de conductas "imprevisibles" por parte de los involucrados en la pelea, lo que debe ser eximente de responsabilidad.
Finalmente, el Tribunal Apelaciones Civil de 3er Turno, integrado por los ministros Fernando Tovagliare, Gustabo Iribarren y Claudia Kelland, resolvió en los últimos días dar la razón al juez de primera instancia. En su sentencia determinaron que hubo un nexo causal entre la omisión del Estado y el desenlace.
Según los ministros, existió una "omisión negligente del Ministerio del Interior que llevó a que no se adoptaran medidas eficientes para prevenir la ocurrencia del evento dañoso". Además, señalaron que para el momento de la pelea no había la debida vigilancia en el patio. Por último, remarcaron la necesidad de realizar procesos preventivos para evitar este tipo de situaciones
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