La fiscal Alicia Ghione obtuvo un respaldo en la acción de nulidad que presentó contra Fiscalía General de la Nación por el sumario administrativo que se le inició a comienzos de 2025. En marzo de este año se la sancionó con siete días de suspensión tras entender que había incurrido en una "falta leve" en sus actuaciones por un caso de abuso sexual.
La Fiscalía de Gobierno —un órgano técnico distinto de la Fiscalía General— dictaminó que, según su criterio, la Justicia debe rechazar el planteo con el que el organismo encabezado por la fiscal de Corte, Mónica Ferrero, buscó frenar el caso por una cuestión formal.
El caso está siendo tramitado ante el Juzgado de lo Contencioso Anulatorio de 3er Turno. Ghione se manifestó en contra de una resolución de abril de 2025 emitida por la Dirección General de Fiscalía, que dispuso instruirle un sumario, pero sin separarla del cargo ni imponerle una suspensión preventiva.
Al contestar la demanda presentada por Ghione, Fiscalía General sostuvo que la resolución que ordenó abrir el sumario no tenía entidad suficiente para ser revisada por esta vía, porque "no constituía un acto lesivo" según la Constitución.
La Fiscalía de Gobierno intervino porque el juzgado le pidió opinión antes de resolver sobre la excepción planteada por Fiscalía General. En el dictamen del organismo interviniente, firmado hace algunas semanas, sostuvo que los actos administrativos que disponen la instrucción de sumarios, “con o sin medidas accesorias”, son procesables ante la jurisdicción anulatoria.
También aseguró que una resolución de este tipo puede producir efectos jurídicos y generar un agravio para la persona investigada. Bajo ese razonamiento, entendió que el planteo de Fiscalía General debe ser rechazado y que la acción de nulidad presentada por Ghione debe continuar.
Fiscalía de Gobierno citó jurisprudencia reciente para justificar que el acto que dispone un sumario administrativo, incluso sin suspensión preventiva, "puede ser impugnado si tiene aptitud para causar un perjuicio".
El pronunciamiento de este organismo no implica que Ghione haya ganado la demanda ni que la sanción haya quedado sin efecto. Pero sí representa un avance para su estrategia judicial.
Por el momento, la discusión es procesal. Lo que debe resolver el juzgado es si acepta la excepción planteada por Fiscalía General y cierra el caso en esta etapa, o si sigue el criterio de la Fiscalía de Gobierno. En este último caso, el expediente continuará y se podrá discutir si fue válido el acto administrativo que dio origen al sumario.
En caso de que Ghione obtenga una sentencia favorable más adelante, podría quedar cuestionado el acto que inició el sumario y con eso el procedimiento que terminó en su suspensión.
El sumario está vinculado al denominado caso Najul, una investigación por abuso sexual intrafamiliar en la que Ghione fue cuestionada por su actuación como fiscal. En marzo de este año se informó que Fiscalía de Corte resolvió sancionarla con siete días de suspensión, luego de concluir que había incurrido en una falta leve en el manejo de esa causa.
El reproche administrativo estuvo centrado en la forma en que la fiscal comunicó sus decisiones en el expediente. Según se informó entonces, Ghione había transmitido que avanzaría hacia la formalización de los denunciados, pero tiempo después resolvió archivar la investigación y comunicó esa decisión por mensaje de texto, sin una instancia personal de explicación con la víctima.
La situación es distinta a la del caso Gustavo Penadés, del que fue fiscal hasta que a medidados de 2025 fue sustituída por Isabel Ithurralde. En ese expediente, Ghione fue denunciada penal y administrativamente por su actuación en la investigación contra el exsenador Gustavo Penadés, pero esas actuaciones fueron archivadas y Fiscalía la eximió de responsabilidad.
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