Una casa revuelta, una cámara de seguridad sin el dispositivo donde se guardaban las imágenes, una azada con manchas de sangre y un cuerpo atado de pies y manos dentro de un galpón. Esa fue la escena que encontró la Policía el 8 de noviembre de 2023 en una chacra ubicada sobre la ruta 8, próximo al kilómetro 41. Ahora, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° Turno confirmó la condena a 20 años de penitenciaría contra uno de los hombres acusados por el homicidio.
El crimen comenzó a gestarse durante la madrugada. Un hombre que conocía a la víctima desde hacía décadas (eran compañeros de feria) salió desde Salinas en una camioneta, pasó por Villa García y levantó a otros tres hombres. El plan, de acuerdo con la reconstrucción judicial, era ir hasta la casa a robar.
La camioneta llegó a la zona de Empalme Olmos sobre las 5:40 de la mañana. Testigos protegidos declararon que vieron el vehículo dar vueltas por una rotonda y luego detenerse cerca de un monte lindero a la vivienda de la víctima. De allí bajaron los tres hombres, que corrieron hacia el predio. El conductor siguió unos metros más y esperó hasta que, aproximadamente una hora y media más tardes, volvió a buscarlos.
Para el tribunal, esos tres hombres ingresaron a la vivienda, revolvieron distintas habitaciones y buscaron dinero u objetos de valor. En la casa se encontraron muebles movidos, cajones abiertos y un importante desorden. También se constató que había una cámara de seguridad instalada, pero el DVR —el dispositivo donde quedan almacenadas las imágenes— no estaba.
La víctima fue reducida, maniatada y llevada a un galpón lindero a la casa. Allí fue encontrada por la Policía en el piso, con una sábana sobre el cuerpo y la cabeza cubierta con una bolsa de TNT.
La pericia forense fue clave para reconstruir los últimos momentos. El médico constató lesiones en el tobillo compatibles con ataduras, dos fracturas costales y múltiples fracturas de cráneo. Según declaró, varias de fueron hechas cuando la víctima todavía estaba con vida. La causa de muerte fueron los golpes en la cabeza con un objeto contundente y con filo —una azada fue hallada sobre una cama con manchas de sangre humana.
Otro elemento central para la investigación fue la prueba de ADN. En la escena se encontraron guantes de látex y restos de cinta. En un trozo de guante adherido a la cinta utilizada para atar a la víctima se detectó material genético del ahora condenado. Además, debajo de una uña del fallecido se halló ADN de otro hombre que permanece prófugo, lo que para la Fiscalía evidencia que la víctima intentó resistirse antes de ser reducida.
En primera instancia, la jueza Pilar Rocha condenó al hombre como coautor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado y le impuso una pena de 20 años de penitenciaría. La magistrada entendió probado que el acusado participó del ataque, aunque no se pudo determinar cuál de los involucrados ejecutó los golpes que causaron la muerte. La condena fue apelada por la defensa, mientras que Fiscalía se adhirió al recurso para pedir una pena mayor.
La defensa del hombre apeló y pidió su absolución. Sostuvo que no estaba probado que su defendido hubiera participado del homicidio y planteó que el ADN encontrado en el guante solo demostraba que había estado en el lugar, pero no que hubiera matado a la víctima. Según esa versión, otro de los involucrados habría dado muerte al hombre durante una riña, mientras el condenado permanecía fuera de la vivienda.
También cuestionó el agravante de alevosía y, en caso de que se mantuviera la condena, pidió una rebaja de la pena. Argumentó que no había prueba suficiente para concluir que su defendido hubiera ejecutado actos decisivos en el homicidio.
La Fiscalía de Pando de 2do Turno, en cambio, pidió que se rechazara la apelación de la defensa y además reclamó que la pena aumentara a 26 años de penitenciaría. Entendió que el condenado participó activamente en la ejecución del delito y que la víctima fue reducida, atada y golpeada mientras estaba indefensa. También sostuvo que debía aplicarse la agravante de pluriparticipación, ya que en el hecho intervinieron al menos tres personas.
El Tribunal de Apelaciones Penal de 1er Turno rechazó el planteo de la defensa. Para los ministros, la prueba reunida permitió ubicar al condenado dentro del grupo que ingresó al predio y participó en el ataque. La sentencia a la que accedió El País señaló que su ADN no apareció en cualquier lugar, sino en un elemento utilizado para inmovilizar a la víctima. “No existe ni se planteó alguna hipótesis que pueda analizarse como para poner en duda su participación”, sostuvo el fallo.
El tribunal concluyó que, aunque no se pudo determinar cuál de los involucrados dio los golpes mortales, sí quedó probado que el condenado actuó como coautor. Según la resolución, cooperó al menos en la neutralización de la víctima, un acto sin el cual el homicidio no se habría podido cometer.
Sin embargo, el tribunal no hizo lugar al pedido de Fiscalía de elevar la pena, entendiendo que el agravante de pluriparticipación no podía incorporarse recién en etapa de apelación porque no había sido planteado correctamente durante el juicio. Hacerlo, advirtió, "afectaría las garantías de la defensa".
Por ese motivo, confirmó la condena a 20 años de penitenciaría por homicidio muy especialmente agravado.
-
Fiscalía acusó a Charles Carrera y pidió que sea condenado a cuatro años de prisión: el caso irá a juicio
Caso Goldring: Fiscalía asegura que hubo retiros de dinero de empleados y familiares cuando empresa ya estaba en crisis
"Se metió con mi madre": imputan a consumidor que quemó, ató y apuñaló 20 veces a otro tras una discusión