El Tribunal de Apelaciones Civil falló en un caso vinculado a un siniestro de tránsito que terminó con la muerte de un motociclista. Si bien el fallecido se había saltado un cartel de "ceda el paso" y no llevaba casco (elementos fundamentales para la causa), también fue tenido en cuenta que el conductor del auto circulaba a una velocidad mucho mayor a la permitida.
La denuncia había sido presentada por la madre del fallecido en mayo de 2023, reclamando daños y perjuicios contra el conductor del auto. El monto total reclamado fue de US$ 28.571 (ya descontado el SOA) por daño moral por haber perdido a su hijo, mientras que pidió $ 35.000 por los daños a la moto.
El siniestro había ocurrido un año antes. El 15 de mayo de 2022, sobre las 12:20, el hijo de la demandante circulaba en una moto junto a su novia por la calle Guazuca, en el barrio Nuevo París. Al llegar a la intersección con la calle José Llupes, se encontró con un cartel de "ceda el paso", el cual no respetó. Al cruzar, la moto fue chocada por un auto que se dirigía hacia el sureste.
Producto del impacto, el joven de 19 años que manejaba la moto sufrió heridas que finalmente le provocaron la muerte, mientras que su novia fue internada en el CTI del Hospital Maciel y sobrevivió. El auto continuó su marcha tras el choque, subió a la vereda e impactó contra una columna.
En la demanda presentada ante la Justicia, la defensa de la madre del joven hizo hincapié en que, más allá del cartel de "ceda el paso", el auto circulaba a una velocidad por encima de lo permitido (45km/h). También mencionó que el choque se dio en la mitad de la calzada, por lo que si hubiera circulado a la velocidad adecuada, no se hubiera producido. "Cuando el birrodado cruzó, aunque hubiera avistado el vehículo igualmente y pese al ceda el paso, pudo haber pensado que podía realizar el cruce normalmente porque no podía imaginar la velocidad con la cual circulaba el mismo", aseguraron los abogados.
"Se trata de una calle que atraviesa una zona urbana importante de nuestra ciudad, donde es frecuente el cruce de animales e incluso de pelotas que accidentalmente se van hacia esta calle, por lo cual la conducción responsable es un requisito no solo de quien imparte la norma sino de humanidad", sostuvieron y manifestaron que se trataba de un joven que "recién había obtenido su libertad y planificaba su reinserción social con mucho optimismo".
Por su parte, el conductor del auto declaró no haber tenido tiempo para frenar e intentar hacer una maniobra evasiva, además de asegurar que la culpa fue de la moto por no respetar el cartel ni disminuir la velocidad. Según su defensa, se trató de una "conducta imprudente" por parte del ahora fallecido, quien se comprobó que no usaba casco al momento del choque (como sí lo hacía su novia).
Juez se basó en informe para fallar
Si bien no había sido pedido como una pericia para el juicio civil, el juez Andrés Hernández tomó el Informe de Accidentología Vial como elemento clave para el caso. Este determinó que "se puede concluir que el automóvil se desplazaba a una velocidad no inferior a los 75 km/h, lo cual ya constituye una velocidad excesiva e inadecuada para el lugar y circunstancias".
"No es posible establecer si el birrodado es inobservante de la señal de Ceda el paso, sin embargo, el exceso de velocidad del automóvil hace imprevisible su arribo a la intersección para el conductor de la moto. Por tanto, de haberse dado la inobservancia por parte del conductor del birrodado, en el caso que nos convoca, no constituye causa eficiente ni causa complementaria”, agregó.
Basándose en la prueba presentada durante el juicio, y teniendo este informe como base, el juez consideró que el dinero reclamado por la madre del fallecido "resulta acorde" a lo ocurrido.
Si bien el monto a pagar sería US$ 28.571, el magistrado tuvo en cuenta que el no uso del casco por parte del joven influyó en su muerte. Por este motivo descontó un 30% del total, quedando así un monto final de US$ 20.000.
Tribunal dividió más la culpa
Al apelar la resolución, la defensa del conductor del auto volvió a argumentar que se colocó el foco en el exceso de velocidad pero "no en que se salteó un ceda el paso". "(El juez) sostiene su decisión en un informe de Policía Científica, el cual no fue producido como pericia judicial ni controlado por la parte", manifestó.
Además, entendió que no existieron pruebas claras del daño, indicando que el hecho de que la madre del fallecido haya estado deprimida y con tratamiento, "debe probarse mediante historia clínica, lo cual no hizo".
Esto último fue desestimado por el Tribunal de Apelaciones Civil de 4to Turno, el cual aseguró que "en estos casos de fallecimiento del hijo debe presumirse el dolor de su madre y no cabe exigir otro medio probatorio que acredite padecer/sufrir el daño moral".
Por otra parte, con respecto a la culpabilidad de las partes sí realizó cambios. "El no hacerlo (respetar el ceda el paso), a juicio del Tribunal, no puede llevar a sostener la plena responsabilidad del demandado por el hecho de circular a una velocidad no adecuada a las vías de circulación, ya que en la intersección era el preferente", determinaron los ministros en una sentencia a la que accedió El País.
De igual manera, aseguraron que "no puede dejar de desconocerse la velocidad inapropiada" a la que iba el auto, por lo que consideraron que lo adecuado fue establecer la culpa en un 50% para cada uno.
De esta forma, el monto que había sido establecido por el juez (US$ 20.000) fue reducido a la mitad.
Fueron siete los testigos que pasaron por la Justicia Civil para declarar por este caso. Si bien fueron interrogados frente a un juez, la información que aportaron no fue determinante para el caso, llegando a ser en algunos casos hasta contradictoria con la aportada antes frente a la Policía. De hecho, en la órbita penal no hubo responsabilidades que la Fiscalía pudiera determinar.
Una testigo narró (ante el juez) que se encontraba en la vereda en la calle Llupes y fue a cruzar la calle porque a una vecina se le había escapado el perro. Vio pasar auto y después sintió un ruido proveniente del accidente, que sucedió a dos cuadras de allí. Corrió hacia el lugar pero ya había ocurrido. Interrogada al respecto, aseguró no poder determinar la velocidad a la que iba el auto, pero que esta era "normal". "Ni excesiva ni despacito", dijo.
Esto fue contrastado con lo que figura en el parte policial del momento del accidente, cuando ella misma había dicho que "el auto se desplazaba a alta velocidad como si estuviera haciendo picadas”. Tras ser consultada, su explicación para el cambio de versión fue que "estaba nerviosa", pero que al "hablar con los vecinos" cambió de parecer.
Del resto de los testimonios no pudo extraerse información relevante ya que se trató de personas que no presenciaron directamente el siniestro, sino que escucharon el ruido y miraron segundos más tarde. De los pocos directos fue el de la novia del fallecido, la cual se consideró que tiene interés en el caso, por lo que lo aportado por ella tampoco fue determinante.
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