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Conceden prisión domiciliaria para expropietario de Fripur

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Alberto Fernández saliendo del juzgado. Foto: Francisco Flores

JUSTICIA

El Juzgado Letrado Penal de 22° Turno hizo lugar al pedido de habeas corpus que habían presentado los abogados Andrés Ojeda y Fernando Posada, defensores del empresario.

La Justicia concedió el beneficio de la prisión domiciliaria a Alberto Fernández, expropietario de Fripur en prisión por dos delitos de “disposición de cosas prendadas”.

De esta forma el Juzgado Letrado Penal de 22° Turno hizo lugar al pedido de habeas corpus que habían presentado los abogados Andrés Ojeda y Fernando Posada, defensores del empresario.

El fallo sostiene que la prisión domiciliaria es concedida en “forma provisoria mientras perdura la emergencia sanitaria o se resuelve el incidente respectivo”, también dispuso el cierre de fronteras para Fernández.

El recurso de habeas corpus fue presentado por Ojeda contra el Estado uruguayo en la persona del Ministerio del Interior con el propósito de que “se ponga fin a las condiciones de reclusión de Alberto Fernández en el contexto actual de pandemia por COVID-19, y teniendo en cuenta su situación sanitaria en general y la poca preparación del sistema penitenciario para atender a una persona de su edad y con sus padecimientos”. Antes de que se desatara la pandemia la Justicia había rechazado un pedido de similares características. El comisionado parlamentario de cárceles, Juan Miguel Petit, auspició el recurso presentado por la defensa de Fernández.

El delito fue económico

El expropietario de Fripur, Alberto Fernández, fue imputado por el juez penal Nelson dos Santos por la autoría de dos delitos de “disposición de cosas prendadas en violación al Art. 10 de la ley N° 17228”. Además, la sentencia a la que accedió El País sostiene que fue “especialmente agravado por la importancia del monto del perjuicio causado” y que ambos fueron “en régimen de reiteración”.

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