Caso Penadés: Fiscal Ghione finalizó etapas investigativas y analiza desafuero

Hay dos posiciones jurídicas contradictorias sobre si amerita o no dicho pedido al Parlamento.

Gustavo Penadés tras declarar en Fiscalía.
Gustavo Penadés tras declarar en Fiscalía.
Foto: Juan Manuel Ramos

La fiscal Alicia Ghione y su adscripta María José Brisco analizan la posibilidad de solicitar el desafuero del senador blanco Gustavo Penadés, investigado por incurrir en supuestos delitos de explotación sexual de menores.

A horas de la declaración del legislador, su situación es compleja. “Víctimas que han declarado, hay ocho”, dijo el jueves 15 la fiscal Brisco a El País, aunque acotó que “la Fiscalía tiene alguna más identificada que todavía no prestó declaración”.

Ghione, por su parte, expresó que la investigación continuaba bajo confidencialidad y agregó que la Fiscalía trataba de proteger lo máximo posible la identidad de las víctimas.

Ayer la Justicia accedió a una prórroga de 120 días más de la reserva del caso. La magistrada entendió que hay riesgo cierto para la víctimas si se revelara su identidad.

Los nombres de los jóvenes denunciantes -con excepción de la militante blanca, Romina Celeste Papasso- no aparecen ni siquiera en la carpeta investigativa que Ghione entregó a los abogados de Penadés y del “intermediario”, un docente del Liceo Militar que además de la indagatoria judicial también enfrenta una investigación resuelta por el ministro de Defensa, Javier García.

En las últimas horas, y tras la declaración de Penadés, las fiscales Ghione y Brisco culminaron una primera etapa de la indagatoria. Ya recibieron las denuncias de ocho jóvenes, cinco de ellos asesorados por los abogados del Consultorio Jurídico de la Universidad de la República, Juan Raúl Williman y Soledad Suárez; y los otros tres que lo hicieron sin asistencia legal.

Luego, el pasado jueves, ambas fiscales interrogaron durante un par de horas al senador Penadés. Y a posteriori al “intermediario”.

Penadés fue asistido por el abogado Javier Vega. Quien está acusado de ser el nexo es defendido por el exjuez penal Juan Carlos Fernández Lecchini.

A la salida de la audiencia, Fernández Lecchini dijo en rueda de prensa que no quiso mirar la carpeta investigativa porque no figuraban los nombres de las víctimas. También señaló que hay “indicios de falsedad” en los chats que están siendo investigados por Fiscalía y expresó que ya pidió que se realicen pericias sobre ellos.

Consultado sobre cuál es el vínculo entre su defendido y Penadés, dijo que “son amigos” y agregó que la fiscal no les aclaró el delito por el cual se lo investiga.

Este caso tiene muchas similitudes con Operación Océano, la mayor investigación sobre explotación sexual a menores. En este momento, en el juicio por esa causa se realiza el control de la acusación de la Fiscalía contra 11 imputados que son investigados por el mismo delito que Penadés: promesa de retribución o retribución a menores de edad a cambio de actos sexuales o eróticos. En este tipo de causas no está en discusión si hubo o no consentimiento de las víctimas adolescentes. Al haber una remuneración, ya queda estipulado que el menor no puede dar consentimiento, según entiende la Fiscalía.

Distinto sería que no existiera un pago en los encuentros. Ahí la Fiscalía debe analizar si hay una diferencia de edad de 13 a 15 años entre ambas personas que protagonizan el encuentro de índole sexual.

Dos posiciones

Luego de culminada la toma de declaraciones de las víctimas, de Penadés y del “intermediario”, las fiscales Ghione y Brisco analizarán los pasos a seguir.

Según supo El País, ambas fiscales saben que hay dos posiciones jurídicas en torno a la continuación de una investigación penal a un parlamentario que cuenta con fueros.

Una de las posturas, sustentada ayer por Williman, expresa que ante cualquier medida judicial que lleve adelante la Fiscalía se debe solicitar antes al Parlamento el desafuero del legislador.

Esto implica que diligencias como interceptaciones de teléfonos del senador, allanamientos o presentaciones de pruebas anticipadas, que precisan aval judicial, deberán ser llevadas adelante luego del desafuero. Para ello se necesita el voto de dos tercios de los miembros de la Cámara de Senadores. Consultado por El País, Williman explicó que la postura “más garantista” es que la Fiscalía pida el desafuero de Penadés antes de requerir una acción judicial.

“Cualquier medida que mediare la formación de un expediente judicial, precisa el pedido de desafuero. Así lo establece la Constitución de la República”, aseguró Williman.

El artículo 114 de la Carta Magna dice que “ningún Senador o Representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, podrá ser acusado criminalmente, ni aún por delitos comunes (...)”.

Según Williman, distinto es si la investigación continúa en la vía administrativa -la Fiscalía. “Ello no obliga a la fiscal a pedir el desafuero del parlamentario”, expresó.

Otra posición jurídica sostiene que Penadés podrá enfrentar una interceptación de teléfono, un allanamiento o la formalización de la investigación sin necesidad de solicitar su desafuero. Esta postura se basa en que la Constitución de la República es tan antigua que no abarca diligencias de investigaciones modernas.

De todos modos, el pedido de desafuero es algo que el 4 de abril Penadés contempló como una posibilidad. Ese día envió una carta a la vicepresidenta Beatriz Argimón, en la que pidió que “si el Poder Judicial solicitase el levantamiento de los fueros parlamentarios correspondientes (...) se proceda a dar trámite a dicho pedido en forma inmediata”.

caminos difíciles

Otras tres decisiones recientes sobre fueros

El desafuero de un legislador es un asunto serio. Tiene que ver porque el Parlamento les quita la inmunidad para que puedan ser juzgados por la Justicia. El antecedente más reciente es de este período: a fines de setiembre de 2020 la Cámara de Senadores debió decidir si permitía que el líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, podía ser imputado por la Justicia por presunta omisión de denunciar la confesión que había hecho José Nino Gavazzo en un Tribunal de Honor en 2018 -en el que declaró haber arrojado el cuerpo de Roberto Gomensoro al río Negro en 1973.

En este caso, y tras idas y vueltas -Manini había dicho en la campaña preelectoral que no se acogería a la protección constitucional-, los senadores entendieron que no había méritos para votar el desafuero.

En el anterior período de gobierno hubo otros dos casos. En abril de 2019 el Senado votó el desafuero de Daniel Bianchi -que entonces pertenecía al Partido de la Gente-, quien tuvo que asumir su responsabilidad penal luego de haber chocado varios autos en Punta del Este, accidente que protagonizó estando alcoholizado. Lo mismo había ocurrido en noviembre de 2017 con el diputado blanco Wilson Ezquerra, que había atropellado, también en estado de ebriedad, a una mujer. En ambos casos los legisladores fueron penados con la realización de tareas comunitarias.

Pero el desafuero es una figura presente para los políticos. Aunque la Constitución de la República no se refiere a ellos como “fueros”, sí dedica tres artículos ( 112, 113 y 114 ) a explicar este mecanismo de protección frente al Poder Judicial.

Senadores y diputados disponen de libertad para legislar, por lo que “jamás serán responsables por los votos y opiniones que emitan durante el desempeño de sus funciones”, dice el artículo 112. En el 113, la Carta Magna expresa: “Ningún senador o representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado, salvo en el caso de delito infraganti y entonces se dará cuenta inmediata a la Cámara respectiva, con la información sumaria del hecho”.

Además, “ningún senador o representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, podrá ser acusado criminalmente, ni aún por delitos comunes que no sean de los detallados en el artículo 93”, agrega el artículo 114.

El artículo referido apunta que compete a la Cámara de Representantes el derecho exclusivo de acusar ante la Cámara de Senadores a los miembros de ambas cámaras, al presidente y el vicepresidente de la República y a otros jerarcas estatales.

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