Nacional cuestiona artículo aplicado en el fallo del clásico y expone un antecedente de Cerro como argumento

Desde el club citan un antecedente reciente de la hinchada de Cerro y sostienen que la sanción de la Comisión Disciplinaria debería aplicarse en el Intermedio 2026.

Cerro Largo vs Nacional
Hinchada de Nacional como visitante.
Ignacio Sanchez/Archivo El Pais

Nacional ya tiene pronta su defensa para presentar ante el Tribunal de Apelaciones de la AUF, luego de la dura sanción que le impuso la Comisión Disciplinaria por los incidentes ocurridos en la final del Torneo Intermedio ante Peñarol. En ese encuentro, entre otros hechos, una bengala náutica lanzada desde la tribuna Colombes impactó a un efectivo policial, que sufrió lesiones de gravedad, como la pérdida de un testículo.

El fallo de primera instancia determinó la quita de tres puntos al club en el Torneo Clausura y, por consiguiente, también en la Tabla Anual, una resolución que Nacional considera desproporcionada y jurídicamente errónea. La apelación será encabezada por el delegado Enrique Campos y el abogado Gonzalo Bertín, quienes ya habían planteado sus argumentos tanto en los descargos iniciales como durante la audiencia.

Uno de los ejes de la defensa alude a la falta de coherencia entre este caso y un antecedente reciente, particularmente el ocurrido en el partido entre Peñarol y Cerro en abril, por el Torneo Apertura. En aquella ocasión, se documentaron incidentes graves con participación colectiva de hinchas de Cerro y una agresión que dejó a una persona con ocho puntos de sutura en la cabeza.

“En ese caso se aplicó el artículo 5.9.1 del Código Disciplinario, que contempla conductas manifiestamente graves y colectivas”, dicen desde Nacional, a modo de ejemplo, y señalan que por ser un “partido concluido” la quita en este caso debería ser a lo sumo de un punto.

Ricardo Vairo, Ignacio Ruglio, Enrique Campos y Carlos Negro, ministro del Interior.
Ricardo Vairo, Ignacio Ruglio, Enrique Campos y Carlos Negro, ministro del Interior.
Foto: Estefanía Leal.

Además, la defensa sostiene que el lanzamiento de una bengala es una acción individual y no organizada. En ese sentido, los abogados tricolores entienden que, aún en el peor escenario —reconociendo la gravedad del hecho—, la tipificación correcta debería haber sido bajo el mismo artículo por el que se juzgó a Cerro, y no bajo el 5.10, que alude a situaciones “inusitadamente graves” que derivan en lesiones.

Hinchada de Nacional en un clásico con Peñarola.
Hinchas de Nacional en el clásico con Peñarol.
Foto: Estefanía Leal.

Otro de los puntos centrales de la apelación tiene que ver con la forma en que se ejecuta la sanción. Según el fallo, la quita de puntos rige para el Torneo Clausura y, en consecuencia, también la Anual, y bajo los parámetros de este artículo es de un mínimo de tres. Pero Nacional se escuda en que el artículo aplicado es incorrecto y que la sanción debería ser para el próximo torneo de similares características, lo que, entienden, sería el Intermedio 2026. El Tribunal de Apelaciones tendrá la última palabra.

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