En estos momentos dos grupos políticos están considerando la posibilidad de llevar adelante una reforma constitucional. No una reforma total, sino referida a aspectos muy específicos.
Uno de esos grupos, Cabildo Abierto, quiere juntar firmas para convocar a un plebiscito que le permita introducir en la Constitución una cláusula para beneficiar a los deudores. Al no encontrar eco en los partidos para que eso se vote en el Parlamento, optó por ir directamente a la gente. Y no con un referéndum legislativo, sino con una reforma constitucional.
Del otro lado, dos grupos (que son lo mismo) discuten pero aún no saben qué hacer: tanto el Pit-Cnt como el Frente Amplio están considerando una reforma constitucional para eliminar la ley jubilatoria.
A diferencia de Cabildo, estos dos grupos no están seguros de querer hacerlo. Pese a las declaraciones triunfalistas de Marcelo Abdala, presidente del Pit-Cnt, hay razonables dudas, tanto sindicales como en el Frente Amplio, sobre si conviene convocar a un plebiscito.
Más allá de los temas en cuestión (un beneficio para los deudores o poner fin a la reforma jubilatoria), lo llamativo es que ambos estén pensando en la misma herramienta como si fuera lo más natural del mundo, cuando no lo es.
Una cosa es legislar, otra es modificar la Constitución. Si una ley aprobada no gusta se busca una oportunidad para cambiarla, preferiblemente en el propio Parlamento. Queda luego la posibilidad de convocar a un referéndum para derogarla. Se trata de un mecanismo muy trillado en Uruguay pese a que en algunos casos su uso fue cuestionable.
La Constitución es la principal ley del país, una que exige mecanismos muy precisos para reformarla y que siempre, en el caso uruguayo, termina en la convocatoria a un plebiscito para que sea el soberano quien dé la palabra final.
Una constitución reconoce en primer lugar ciertos derechos y libertades que a cada persona le son “inalienables e inherentes”.
A partir de ahí se diseña la forma en que se organiza el gobierno de modo tal que esos derechos y libertades no sean afectados. Se estructura el gobierno nacional, los gobiernos regionales, la forma de ordenar el territorio y administrarlo, la presencia de tres poderes independientes y separados entre sí y sus atribuciones.
Son normas pensadas para durar. Es verdad que con el tiempo puede ser necesario considerar si determinadas reglas ya no se justifican o si ciertos funcionamientos no dieron el resultado esperado. Pero siempre estamos hablando de las reglas de juego. En Uruguay hubo idas y vueltas con la idea de un Poder Ejecutivo que fuera o no colegiado, con la manera de establecer si el ciudadano elegido a la presidencia accedía por acumulación de votos a un lema o si lo hacía tras una depuración en elecciones internas y con una segunda vuelta en caso de no alcanzar la mayoría.
No entran, en cambio, normas que tienen que ver con soluciones a la coyuntura. El Parlamento puede aprobar una ley sobre el funcionamiento de las policlínicas, o la creación de impuestos, o la puesta en marcha de un organismo con fines específicos, o el modo en que debe organizarse el sistema jubilatorio. No son cosas que hacen a las grandes reglas de juego, sino que atienden a necesidades muy particulares, a veces urgentes, y que pueden ser pasibles de cambios en cinco o diez años.
Por eso son leyes y no constituciones.
Esto es lo que no entendieron quienes, desde diferentes situaciones optan por convocar a un plebiscito constitucional. Quieren convertir en universal y duradero, algo que es apenas coyuntural y solo referido a situaciones acotadas. Eso eventualmente se convertirá en una trampa de la que no es fácil salir.
La Constitución, por naturaleza, debería ser breve y concisa. Pues su fin, como dije más arriba, es establecer reglas de juego en la forma de gobernar que no violen derechos ni libertades.
No puede convertirse en un catálogo de leyes que regulan una diversidad infinita de asuntos.
Nunca entendí esa compulsión a “constitucionalizarlo” todo. A veces parece hacerse por pura revancha. Si un sector no consigue lo que desea por la vía parlamentaria, busca el camino más complicado y pernicioso para salirse con la suya.
Una Constitución hiperinflada termina agravando el problema sin dar la solución. Ya existe en Uruguay una tendencia a convertir todo en ley. Ante cualquier problema por simple y solucionable que sea, salta ese reflejo de que sobre ello es necesario “hacer una ley”. En consecuencia, empiezan a acumularse miles, arduamente discutidas por ambas cámaras, que terminan siendo difíciles (si no imposibles) de aplicar y que pasan al olvido en poco tiempo. Si eso ya es una mala costumbre a nivel legislativo, peor es llevarla al terreno constitucional.
Sería de desear que quienes ante esos dos temas buscan una solución constitucional, se retracten. No es así que se resuelven sus discrepancias.
La Constitución tiene un valor demasiado alto como para andar manoseándola cada dos por tres.