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¿Cuáles son los cambios que implementa el gobierno en los beneficios impositivos a las inversiones?

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Se vienen cambios en la ley de inversiones. Foto: EFE

NUEVO DECRETO

El gobierno emitió un nuevo decreto reglamentario de la ley de Inversiones (que otorga beneficios impositivos a los proyectos de inversión) que entrará a regir el próximo 19 de diciembre.

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Desde el 19 de diciembre, habrá cambios en la forma de determinar los beneficios impositivos que reciben los proyectos de inversión, según un nuevo decreto reglamentario de la ley de Inversiones.

Son 10 cambios agrupados en tres rubros según informes del estudio Guyer & Regules y las consultoras Grant Thornton y CPA Ferrere. Los tres aspectos son: inversiones elegibles (para recibir los beneficios), indicadores (utilizados para determinar los beneficios) y ampliaciones de proyectos.

En inversiones elegibles, actualmente los vehículos utilitarios camionetas y furgones pueden aplicar a los beneficios fiscales siempre que se destinen directamente a la actividad de la empresa y cuyo valor CIF no supere los US$ 30.000 (en el caso que sean eléctricos, el valor CIF no podrá superar los US$ 60.000). Con el nuevo decreto se establece que quedarán excluidos de esta limitación en monto, los vehículos utilitarios furgones, definidos como aquellos vehículos de cuatro ruedas o más, destinados al transporte de mercancías, con caja cerrada, sin vidrios laterales y que no excedan las 12 toneladas de peso total bruto.

En el caso de vehículos eléctricos de pasajeros, actualmente solo pueden recibir beneficios fiscales aquellos con valor CIF de US$ 60.000. Con el nuevo decreto, y para todos los proyectos presentados hasta el 31 de agosto de 2023, el tope máximo baja a un valor CIF de US$ 27.000.

En energías renovables, actualmente rige una restricción de que la inversión en paneles solares fotovoltaicos solamente será considerada elegible si no supera el 20% del total de la inversión del proyecto y se genera al menos dos puntos ponderados de empleo. El cambio desde el 19 de diciembre es que estas restricciones se eliminan para las empresas consideradas grandes consumidores de energía, entendiéndose aquellas que cuenten con una potencia instalada máxima, igual o mayor a 250 KW, conectados en media o alta tensión.

La última modificación en inversiones elegibles tiene que ver con plantines y costos de implantación. En este caso, el nuevo decreto actualiza los precios máximos por plantín y el coeficiente para determinar el costo máximo de implantación por hectárea para los plantines.

Cambios en indicadores que determinan los beneficios impositivos

El nuevo decreto establece modificaciones en algunos criterios de los indicadores utilizados para determinar los beneficios fiscales.

En el de empleo, no computará el personal contratado con beneficios Inefop (amparo de la ley 19.973), salvo lo indicado en la sección del nuevo indicador sectorial Prácticas Formativas - Sistema de Formación Dual.

En el indicador sectorial mejora de empleabilidad del personal, cambia el puntaje para aquellos proyectos que apunten a computar por este indicador bajo el esquema de cantidad de empleados capacitados. En ese sentido, los gastos correspondientes quedan limitados a un curso por empleado y por año. Únicamente será considerado un número mayor de cursos por empleado, si los mismos forman parte de un programa publicado por la institución educativa que los brinda, y forman parte de un plan orgánico de perfeccionamiento en el tema de que se trate. Tampoco serán considerados los cursos que signifiquen la realización de una carrera de grado, maestrías, doctorados o similares.

Solar: por primera vez la electricidad producida así superó a la generada por combustibles. Foto: AFP
Inversión en paneles solares. Foto: AFP

A su vez, el nuevo decreto crea un indicador sectorial de elección común para todos los sectores de la economía: Prácticas formativas – Sistema de formación dual.

La forma de medición será en función de la cantidad de empleados que se encuentren en prácticas formativas, respecto al total de empleados de la empresa. Para ser consideradas en el cálculo, dichas personas deben figurar con Vínculo Funcional 144 en la Codificación para Contribuyentes del Banco de Previsión Social. Se otorgará un beneficio de entre 3 y 10 puntos (a mayor puntaje, , el cual será determinado en base al porcentaje obtenido en la medición.

El objetivo de este nuevo indicador es promover las practicas formativas en empresas, siendo aquellas que se realizan como propuestas o cursos de educación, formación o capacitación laboral de entidades educativas o formativas, con el objetivo de profundizar y ampliar los conocimientos en los jóvenes, de forma que les permita desarrollar y aplicar habilidades, conocimientos y aptitudes.

En el indicador de tecnologías limpias, al igual que para el criterio de elegibilidad de la inversión en paneles solares, se elimina el requisito para aquellas empresas que sean grandes consumidores de energía.

Para el indicador sectorial diferenciación de productos y procesos se adicionan dos nuevas certificaciones a la grilla disponible: Certificación MAS (Medio Ambiente, Arquitectura, Sustentabilidad) y Certificación EDGE (Excellence In Design for Greater Efficiencies).

El último cambio en indicadores es en el de descentralización, en el que se modifica la metodología de cálculo del indicador, pasando a determinarse como promedio simple de la tasa de Informalidad, indicadores de Pobreza y Desempleo. Además, dada la coyuntura económica actual (brecha cambiaria con Argentina principalmente que desvía consumo hacia el país vecino) que atraviesan los departamentos de frontera (Artigas, Salto, Paysandú, Río Negro, Rivera y Cerro Largo), se adiciona al cálculo 2 puntos transitoriamente, mientras que al departamento de Montevideo se le asigna el mínimo del puntaje del indicador.

Los departamentos con mayor puntaje (y por ende aquellos donde invertir genera más exoneraciones de impuestos) tras el nuevo decreto son: Artigas, Paysandú, Rivera y Salto (10 puntos), seguidos de Cerro Largo, Río Negro, Rocha y Soriano (9 puntos). Durazno, Flores, Montevideo y San José son los que menos puntaje dan (4 puntos).

Supermercado en frontera. Foto: PEDRO DUTOUR / PAYSANDÚ.
Supermercado en frontera. Foto: PEDRO DUTOUR / PAYSANDÚ.

Ampliaciones de proyectos de inversión

Respecto a las ampliaciones de proyectos de inversión ya presentados, se restringen las ampliaciones, modificando los topes admitidos.

Cuando la ampliación implique hasta un 10% de la inversión promovida elegible, no se exigirán externalidades adicionales (incremento de indicadores).

Cuando la ampliación implique entre un 10% y un 30% de la inversión promovida elegible, se exigirá un incremento en el puntaje total de indicadores de la matriz antes de la ponderación. El porcentaje incremental resultará de deducir al porcentaje total de la ampliación, el 10% que no requiere externalidades adicionales.

En los casos que la ampliación supere el 30% de la inversión promovida elegible, se deberá considerar como un nuevo proyecto.

Las ampliaciones correspondientes a solicitudes de promoción de proyectos de inversión ingresados hasta el 18 de diciembre de 2022, serán evaluadas manteniendo los criterios para ampliaciones que regían previamente, en relación a las externalidades adicionales requeridas, en función del porcentaje de inversión promovida elegible por el cual se solicita ampliar el proyecto.

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