En su momento, estuvo el lío de los "cincuentones" afiliados a las AFAP -que se zanjó con una ley que los habilitó a desafiliarse- y ahora apareció una polémica sobre los "cuarentones". Es que se cumplió el plazo para asesorarse en elBanco de Previsión Social (BPS) tras un cambio que introdujo la reforma previsionaly, según constata El País, las dudas permanecen, al punto que uno de los exintegrantes de la Comisión de Expertos que elaboró la reforma jubilatoria dice que el trabajador "se juega la vida" en la decisión.
El asesoramiento comenzó en el BPS el pasado 10 de febrero y se dio hasta el pasado viernes 28, para aquellas personas de entre 40 y 49 años de edad que están afiliadas voluntariamente a una AFAP y pueden dejar sin efecto esta opción, si así lo consideran conveniente. Había 98.000 habilitados a asesorarse. Ahora tienen 90 días para decidir.
¿Por qué se generó la polémica?
En su momento, esas personas no estuvieron obligadas por ley a aportar a una AFAP, pero si lo hacían les aplicaba una bonificación de hasta 50% en el cálculo de sueldo básico jubilatorio correspondiente al pilar del BPS. Esto era un estímulo para que optaran por el régimen mixto. Es decir, sus aportes personales al régimen de jubilación se multiplican por 1,5 una vez configurada la causal, aumentando la prestación a cobrar.
Esto resultaba claro en su época y muchos de esos cuarentones se afiliaron a las AFAP para elevar sus montos jubilatorios. Pero ahora las cosas cambiaron.
La reforma jubilatoria reciente (ley 20.130) establece que la bonificación del 50% puede dejar de aplicar a partir del año 2043.
A partir de la fecha del asesoramiento electrónico de cada uno, corren los 90 días corridos mencionados para decidir si continuarán con el régimen que tenían, o lo revocan.

El punto polémico de esto, además de que los “cuarentones” se sienten inseguros sobre qué hacer por el cambio de la reglas de juego, es que la promesa de cálculo por 1,5 ya no es tan así, cuando esto era un derecho adquirido, según abogados consultados por El País.
La reforma establece que si el trabajador “cuarentón” opta por continuar en el sistema mixto, deberá cambiar la distribución de sus aportes. Y aportará a las AFAP cuando su sueldo supere los $ 90.855 (valor actual).
El otro punto polémico es que el criterio que ahora comienzan a aplicar con los "cuarentones" corre para gran parte de la población nacida a partir de 1978.
Las críticas
El País consultó a Renán Rodríguez, viceministro de Trabajo y Seguridad Social (1985-1989) y vicepresidente de la Corte Electoral (1996 y 2010), que integró la Comisión de Expertos que elaboró la reforma jubilatoria reciente (luego se distanció), quien advirtió sobre lo que considera una situación que perjudica a muchas personas.
“A los afiliados de entre 40 y 46 años (en particular los nacidos a partir del 1° de enero de 1978) no se les incluye la bonificación prevista por el artículo 28 de la ley 16.713 que, para el cálculo del sueldo básico jubilatorio, multiplicaba por 1,5 la parte de su salario por la cual aportaba al BPS. Y como ha dicho con acierto el economista Hugo Bai, asesor del Pit-Cnt (y designado por el gobierno de Yamandú Orsi para liderar el "Diálogo Social" que revisará la reforma jubilatoria), nadie hubiera hecho la opción por ahorro (en la AFAP) prevista en el artículo 8 de la ley 16.713 del año 1995, si no fuera porque existía la bonificación referida del artículo 28”, analizó Rodríguez.
"Lo que me preocupa es que, además de los 'cuarentones', se incluyen a todas las personas nacidas a partir del año 1978. En total, deben ser unas 750.000 personas. Me preocupa, en particular, todos los que ganan menos de $ 90.855, que son la gran mayoría de los casos", advirtió.
El abogado señaló que el penúltimo inciso del artículo 22 de la última ley de la reforma jubilatoria, que el BPS no aplica, establece que “las disposiciones de los artículos 7° y 8° de la ley N° 16.713 (...) serán aplicables exclusivamente a los afiliados al BPS que, antes del 1° de diciembre de 2023, se acota, estuvieren comprendidos en los Títulos I a IV de la misma. Y la ley no le fija un final a ese tratamiento especial y exclusivo por lo que debe entenderse que es hasta el cese de la actividad laboral.

Esto es, la propia ley dispone y reconoce, para esos afiliados —en forma especial y exclusiva—, la ultraactividad de la ley 16.713 en lo que refiere a la “distribución de aportes personales” que, en el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional, tanto en el sistema de la ley 16.713 (de 1995) como en el de la ley 20.130 (la reforma jubilatoria reciente), tiene como correlato las bases y reglas de cálculo del sueldo básico jubilatorio.
La “ultraactividad” es precisamente —prosigue Rodríguez— la eficacia de la norma anterior (ley 16.713) sobre los efectos posteriores a la nueva norma de los acontecimientos anteriores a ella (es el fenómeno jurídico inverso a la retroactividad) y esa norma se constituye en ley especial, para los afiliados ahorristas, que como tal prima sobre la ley general. “Además tienen un derecho adquirido originado de acuerdo a la ley, que son los derechos adquiridos que se deben respetar”, agregó Rodríguez.
Rodríguez explica que las disposiciones de los artículos 8 y 28 de esa ley son inseparables porque el 8 (la opción) es el supuesto del artículo 28 (y éste la consecuencia).
La preocupación —insistió Rodríguez— viene particularmente referida a aquellos afiliados a AFAP que, oportunamente, optaron por el ahorro y que ganan mensualmente menos de $ 90.855, en 2025. Cabe señalar que en esa categoría de ingresos debe estar alrededor del 80% a 85% de los afiliados.
“Estos afiliados entre la jubilación del BPS y la del ahorro (por la AFAP) debían recibir un ingreso jubilatorio superior (en un 10% al 15%) al de los no ahorristas (en una AFAP) y con un gasto público menor al tiempo del pago de haberes. De lo contrario sería decirles a estos ahorristas (nacidos desde 1978 en eadelante) "seguí aportando igual pero eso sí, cuando te vayas a jubilar agarrate del pincel que te saco la escalera”.
Finalmente, Rodríguez aconseja no apresurarse a realizar la opción y "asesorarse sobre el asesoramiento".
“Asesoramiento engañoso e ilegal”
Rodríguez opinó que “el ‘asesoramiento’ que proporcionó el BPS a los afiliados que optaron por ahorrar sin estar obligados y que se agendaron antes del 30 de noviembre de 2023, además de ser informático y pretender que los trabajadores afiliados decidan su futuro jubilatorio con un “click”, resulta en sus cálculos de dificultad extrema para desentrañar aun por especialistas con conocimiento y experiencia en la materia, por lo que es de imposible entendimiento para el común de los afiliados más allá de pretender direccionarlos en un determinado sentido. Y en particular, el correspondiente a aquellos afiliados que al agendarse tenían entre 40 y 46 años”.
Advirtió que el sistema automático de asesoramiento arroja un resultado sobre qué le conviene hacer al afiliado, pero que “el desarrollo de los fundamentos, no se entiende”, dijo el abogado. “Es lamentable que con un click, el afiliado se juegue la vida”.