BPS indicó de cuánto es el monto cobrar en 2025 por la ayuda extraordinaria para personas con discapacidad

Se trata de una prestación económica que otorga el Banco de Previsión Social con el propósito de ayudar a los beneficiarios a solventar ciertos costos específicos.

Banco de Previsión Social (BPS).
Banco de Previsión Social (BPS).
Foto: Leonardo Mainé/El País.

Redacción El País
El Banco de Previsión Social (BPS) confirmó cuál es el monto a cobrar en este 2025 por parte de los beneficiarios que reciban una ayuda extraordinaria para personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo.

Se trata de una prestación económica que tiene el propósito de contribuir para solventar costos para:

  • Institutos de rehabilitación, escuelas e institutos habilitados por ANEP que realicen integración o instituciones recreativas o deportivas cuyas actividades propendan a la rehabilitación, sin importar si son públicas o privadas.
  • Transporte para el beneficiario o boletos para el acompañante, hacia y desde las referidas escuelas, institutos e instituciones, incluidas las normales de enseñanza preescolar, primaria, secundaria y terciaria.

La lista de los institutos habilitados para Montevideo e interior del país se pueden ver a través de este enlace. En tanto, los transportistas habilitados se pueden visualizar en este enlace.

Quiénes pueden cobrar esta prestación económica

Esta ayuda extraordinaria aplica para personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo, previa comprobación por parte del equipo técnico de BPS, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Hijos o menores a cargo de trabajadores de la actividad privada, a tributarios del BPS, perciban o no asignación familiar.
  • Beneficiarios de pensión por invalidez, pensión para hijos de victimas fallecidas por violencia doméstica y pensión para hijos de víctimas de delitos violentos.
  • Pacientes de la unidad de atención ambulatoria, Crenadecer.
  • Hijos o menores a cargo de funcionarios de BPS.
  • Beneficiarios de programas de proximidad del Mides (Uruguay Crece Contigo, Cercanías).
  • Niños y adolescentes que se encuentren dentro del sistema de protección de 24 horas de INAU, en centros de residencia y acogimiento familiar. Acceden, únicamente, a instituto.
  • Hijos de funcionarios del sector público por ley n.º 19.924.
Banco de Previsión Social (BPS).
Banco de Previsión Social (BPS).
Foto: Archivo El País.

BPS además indica que, en el caso de que haya convenios con Mides e INAU, esta ayuda económica se tramita mediante estos organismos.

Cuánto cobran los beneficiarios

Los pagos de esta ayuda extraordinaria se realizan de manera mensual al apoderado del beneficiario. El BPS además ofrece la opción de que esa persona autorice que las partidas económicas se transfieran al transportista o al instituto. Estas son las ayudas que ofrece BPS y los distintos montos a cobrar por parte de las personas que reciban esta prestación:

  • Instituto: $ 8.237,80 (vigente desde enero de 2025) para la cuota mensual de institutos de rehabilitación privados, habilitados por BPS.
  • Transporte: $ 4.097,84 (vigente desde julio de 2025) para el traslado del beneficiario efectuado por transportistas autorizados por BPS. Esta contribución también alcanza a aquellos que concurran a escuelas o institutos normales, tanto públicos como privados, sean estos preescolares, escolares o liceales.
  • Boletos: $ 4.097,84 (vigencia 7/2025) para los boletos del acompañante del beneficiario.
Persona contando billetes de pesos uruguayos.
Persona contando billetes de pesos uruguayos.
Foto: Archivo El País.

Cómo tramitar esta prestación de BPS

BPS ofrece varios enlaces para tramitar esta prestación económica. Se puede acceder a los mismos haciendo clic aquí.

Para solicitar la ayuda extraordinaria por primera vez, acceda a través de este enlace. Para renovarla, se puede realizar a través de este enlace.

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