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Gimnasios podrán aumentar aforo al 65% si todos los usuarios están vacunados

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Los clubes deportivos deben permanecer cerrados. Foto: Shutterstock

HAY REQUISITOS

Los establecimientos deberán cumplir con ciertos requisitos para poder hacer uso de la nueva disposición, que aplica también a piscinas de clubes deportivos.

La Secretaría Nacional del Deporte informó este viernes que se "autoriza a propietarios o administradores de gimnasios, recintos cerrados y piscinas, a incrementar el aforo máximo de personas que pueden ingresar al 65% de su capacidad máxima, así como al uso de espacios destinados a vestuarios o similares". 

Para que los establecimientos puedan hacer uso de la nueva disposición deberán cumplir con determinados requisitos.

Uno de ellos es que todos los mayores de 12 años deberán presentar el certificado de vacunación correspondiente emitido por el Ministerio de Salud Pública, donde conste que fueron suministradas las dos dosis de vacuna contra el COVID-19 y que ya transcurrieron los 14 días a partir de la segunda dosis.

La Secretaría aclaró que para demostrar que se recibió la vacuna alcanza con llevar el certificado de vacunación impreso o digital (disponible en la aplicación de celular Coronavirus UY). 

Sebastián Bauzá, director de la Secretaría Nacional del Deporte, dijo este viernes en Desayunos Informales (Canal 12) que"las personas que han tenido COVID-19 y no se han podido vacunar, llevando certificado de que han transcurrido la enfermedad y estando inmunizadas podrán ingresar, tendrán que tener un plazo de 90 días".

Además, el comunicado indica que los "espacios destinados a vestuarios o similares no podrán exceder los 15 minutos por persona". 

Asimismo, los establecimientos que opten por aumentar el aforo deberán "proporcionar los datos identificatorios (a través de la página web www.gub.com/snd), y designado oficial de cumplimiento, todo conforme con los previsto por la Resolución N° 173/21 del 20 de mayo". 

"Los propietarios o administradores de gimnasios, recintos cerrados y piscinas (tanto en espacios abiertos o cerrados), bajo su más estricta responsabilidad, mediante el respectivo oficial de cumplimiento sanitario, deberán observar el fiel cumplimiento de cada una de las medidas precautorias establecidas, así como los protocolos oportunamente homologados por el Ministerio de Salud Pública, bajo aparecimiento de la aplicación de las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente", agrega.  

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