Últimos días para presentar la justificación por el no voto en las elecciones departamentales 2025

Las personas habilitadas para votar, que no lo hayan hecho ni hayan ni justificado su omisión, deberán pagar una multa. Su monto difiere si la persona es un funcionario público o un profesional con título de la Udelar

Sobre de votación en las Elecciones departamentales 2025.
Sobre de votación en las Elecciones departamentales 2025.
Foto: Estefanía Leal.

Redacción El País
Quedan pocos días para justificar el no haber votado en las elecciones departamentales y municipales 2025 que se celebran el pasado domingo 11 de mayo de 2025 en todo el Uruguay.

La Corte Electoral estableció antes de los últimos comicios del calendario elecrtoral los plazos para presentar una justificación por no votar. De acuerdo con la página web del organismo, las justificaciones por ausentarse en la votación se pueden hasta este jueves 12 de junio de 2025.

La Corte Electoral publicó el formulario correspondiente, que se accede haciendo clic acá, para dar inicio a este trámite.

Qué justificaciones acepta la Corte Electoral por no votar

Corte Electoral
Fachada de la Corte Electoral en la calle Ituzaingo 1467, barrio Ciudad Vieja.
Foto: Estefania Leal

Estas son las causas fundadas para no cumplir con la obligación de votar, "siempre que se comprueben fehacientemente", detalla la Corte Electoral:

  • Las personas que padecen enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le haya impedido la concurrencia a la Comisión Receptora. En este caso se toma como prueba válida la presentación de un certificado médico (acompañado por timbre profesional si se tratara de un certificado expedido por una institución privada), indica la Corte Electoral.
  • Personas que estuvieran fuera del país el día de las elecciones. Quienes estuvieron ausentes del país el día de la elección pueden justificarlo por cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país, como ser certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de salida e ingreso al Uruguay o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza, dice la Corte Electoral. Es importante recordar que el plazo para realizar la justificación por esta causal será de 30 días a partir de su ingreso al Uruguay.
  • Personas con residencia en el exterior. Deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima a su residencia temporaria, dentro de los veinte días anteriores y dentro de los veinte posteriores a la elección, para acreditar hallarse en el exterior.
  • Personas que no pudieron concurrir a votar durante el día de las elecciones por razones de fuerza mayor. Ante ello, la Corte Electoral afirma que se deberá presentar prueba documental de la circunstancia alegada.

Timbre profesional

Timbre profesional en Uruguay.
Timbre profesional en Uruguay.
Foto: X.

Al momento de justificar la no emisión del voto, en algunos casos, la Corte Electoral pide adjuntar un timbre profesional.

Aquí puedes saber dónde comprarlos:

Las multas por no votar sin justificación en las elecciones departamentales

Las personas que aún estando habilitadas para votar no lo hayan hecho, ni hayan justificado su omisión, deberán pagar una multa.

El pago de la multa se puede hacer de forma online en la web de la Corte Electoral, a través de un formulario que quedará habilitado luego de la elección.

El costo de la multa es de 1 UR (Unidad Reajustable) y de 2 UR para los funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República.

Los valores de las multas, según indicó la Corte Electoral, para las personas habilitadas para votar que no hayan sufragado ni justificado su omisión, serán los siguientes:

  • Costo de la multa: $ 1.820
  • Costo de la multa para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República: $ 3.640

El pago de la multa se puede hacer de forma online en la web de la Corte Electoral, haciendo clic a este enlace para acceder al formulario correspondiente.

No hay plazo para pagar la multa.

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