Feriado del 25 de agosto: quiénes tienen el día libre, qué se celebra y cómo se cobra si se trabaja

La conmemoración de la Declaratoria de la Independencia implica un régimen especial de remuneración por trabajar ese día. Quiénes descansan y cuál es el cálculo oficial del cobro de quienes trabajan.

La Bandera de Artigas, el Pabellón Nacional y la Bandera de los Treinta y Tres Orientales, símbolos patrios de Uruguay.
La Bandera de Artigas, el Pabellón Nacional y la Bandera de los Treinta y Tres Orientales, símbolos patrios de Uruguay.
Foto: Fernando Ponzetto/El País.

El martes 25 de agosto se celebrará en Uruguay una fecha patria que configura un feriado no laborable para todos los trabajadores del país. El motivo es la conmemoración de un nuevo aniversario de la Declaratoria de la Independencia del país.

La legislación vigente marca que el día de descanso aplica para todas las personas empleadas en Uruguay, pero, debido a que los diversos sectores tienen distintas necesidades, también se detalla cómo cobran los trabajadores que sí tengan que desarrollar sus tareas en esa jornada. Al ser un feriado pago, no trabajan aquellos funcionarios que reciban el día libre en oficinas públicas u otras dependencias del Estado, o trabajadores de entidades privadas que otorguen el día libre.

¿Cómo se paga por trabajar durante el feriado del 25 de agosto?

Al ser considerado un feriado no laborable pago, si una persona no trabaja, cobra igual. Pero, de trabajar, debe percibir una remuneración doble, como establece el artículo 18 de la ley N° 12.590.

Pesos Uruguayos.
Cobro en pesos uruguayos.
Foto: Archivo El País.

Este mismo régimen aplica para los feriados que se celebran el 1º de enero, 1º de mayo, 18 de julio y 25 de diciembre.

Por esto, tal como explica el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en su sitio web, si un trabajador mensual trabaja un feriado pago, como se lo denomina, deberá cobrar el mes completo, más un día. Este día extra se calcula dividiendo el sueldo mensual entre 30.

En cuanto a las horas extra, estas se remuneran con un recargo del 150% sobre el valor hora correspondiente a los días laborales, como lo determina el decreto N° 550/989.

Si el trabajador es jornalero y trabaja un feriado pago, recibirá un doble jornal. Esto mismo aplica para los trabajadores rurales, según el decreto N° 216/012.

¿Qué se celebra el 25 de agosto?

El 25 de agosto de 1825 se proclamó la Declaratoria de la Independencia. Este hecho marca la separación de la Provincia Oriental de todo poder extranjero y la unión a las Provincias Unidas del Río de la Plata, tal como indica la plataforma de ANEP Uruguay Educa.

El proceso se inició tras el Desembarco de los Treinta y Tres Orientales, cuando Juan Antonio Lavalleja convocó a los cabildos de la campaña para poder conformar un gobierno provisorio. Este se constituyó el 14 de junio de 1825, en la villa de Florida, y tendría el objetivo de administrar el territorio liberado.

Asamblea de la Florida, Declaratoria de la Independencia.
"Asamblea de la Florida", óleo sobre tela.
Autor: de Eduardo Amézaga.

Sin embargo, fue el 20 de agosto del mismo año que la “Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental” comenzó a sesionar. Cinco días más tarde, el 25 de agosto, se aprobaron las tres leyes más importantes para la historia del Uruguay: la Ley de Independencia, la Ley de Unión y la Ley del Pabellón.

Estas fueron elaboradas por Carlos Anaya y Luis E. Pérez, según consigna ANEP, y dictaban lo siguiente:

  • Ley de Independencia: declaraba la nulidad de los actos de incorporación, además de reasumir la soberanía de la provincia. Se declaró de hecho y de derecho la libertad e independencia de Portugal, de Brasil y de cualquiera otro, de acuerdo con lo que rezaba el texto.
  • Ley de Unión: disponía la unión de la provincia a las Provincias Unidas del Río de la Plata.
  • Ley del Pabellón: determinó como pabellón provincial el tricolor, con tres franjas horizontales en colores celeste, blanca y punzó.

Estas leyes respondían a la necesidad jurídica y política de afirmar la institucionalidad del levantamiento revolucionario para asegurar su incorporación a las Provincias Unidas, según recoge la plataforma mencionada.

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