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El decreto que firmó Salinas y que marca cómo será el ingreso de extranjeros de ahora en más

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Daniel Salinas y José Luis Satdjian. Foto: Fernando Ponzetto.

CORONAVIRUS
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Quienes lleguen a Uruguay deberán contar con un test por PCR con resultado negativo para que se les permita el ingreso al país.

Este lunes el ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, puso su firma en un decreto que, entre otros, establece que quienes lleguen a Uruguay de ahora en más deberán contar con un test por PCR con resultado negativo para que se les permita el ingreso al país, tal como se había adelantado días atrás.

El decreto establece “aprobar las condiciones de ingreso el país preceptuadas por la Dirección General de la Salud”. Esto será obligatorio para todo aquel que entre a Uruguay, ya será por vía aérea, marítima o terrestre.

Esta Dirección del Ministerio de Salud Pública (MSP) detalló en un documento divulgado hoy: “Se establecen las medidas sanitarias especiales para los extranjeros que cumplen con los criterios de excepción establecidos en los literales c, e, f e i del artículo 1 del Decreto 159 de 2 de junio de 2020”. Este decreto, entre otros, permite el ingreso al país de los extranjeros con residencia en Uruguay.

Extranjeros habilitados para ingresar a Uruguay

Extranjeros habilitados para el ingreso al país, incluidos dentro de las excepciones: I. "c": Choferes afectados al transporte internacional de bienes, mercaderías, correspondencia, insumos y ayuda humanitaria y sanitaria. II. "e": extranjeros que se beneficien de corredor humanitario o sanitario establecido para el embarque o desembarque de cruceros, buques y aviones con base donde la autoridad sanitaria determine. III. "f": Brasileños que, demostrado su condición de fronterizos, ingresen a la República por la frontera Uruguay-Brasil y permanezcan en la ciudad fronteriza IV. "i": Ingresos transitorios con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales gestionados ante la Dirección Nacional de Migración por el Ministerio competente correspondiente al área de actividad involucrada y fundado en razones de necesidad impostergable.

En el caso de los ”choferes afectados al transporte internacional de bienes, mercaderías, correspondencia e insumos y ayuda humanitaria y sanitaria” y de los “ingresos transitorios con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales” se deberá realizar este test antes del ingreso al país. 

En estos casos se deberá “acreditar un resultado negativo de test de detección de virus SARS CoV-2 (por técnica PCR-RT o técnicas de diagnóstico aprobadas en el futuro por el Ministerio de Salud Pública), realizado hasta 72 horas antes del ingreso a nuestro país, en un laboratorio debidamente acreditado y habilitado en el país de origen o tránsito. En caso de permanecer más de 7 días en el territorio nacional, deberá realizarse nuevo estudio PCR-RT el séptimo día. La prosecución del viaje quedará supeditada a cualquiera de estos resultados”. Esto deberá realizarse y acreditarse previo a la llegada al país.

Quienes tengan una estadía superior a los siete días en Uruguay deberán realizar “aislamiento social preventivo obligatorio durante los primeros 7 días, debiéndose realizar nuevo test RT-PCR al 7° día de estadía en territorio nacional, o extender el aislamiento social preventivo obligatorio por 7 días más, alcanzando los 14 días en total”.

Este endurecimiento de los controles sanitarios llega después de que la semana pasada se conocieran dos casos de COVID-19 en Maldonado. Se trataba de dos ciudadanos argentinos -padre e hijo- que habían llegado al departamento tras un viaje a través de la empresa Buquebus. Los dos tienen residencia en Uruguay, lo que les habilitó a venir al país. 

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