Senado aprobó proyecto para donación de órganos de menores de edad con consentimiento tácito, como rige en adultos

La iniciativa que presentó el legislador nacionalista Martín Lema logró un apoyo unánime y ahora avanza rumbo a Diputados para obtener la aprobación final.

El senador del Partido Nacional Martín Lema.
El senador nacionalista Martín Lema durante el debate por la ley de Eutanasia en la Cámara de Senadores
Foto: Ignacio Sánchez/Archivo El País.

Redacción El País
La Cámara de Senadores aprobó este martes de tarde, por unanimidad, el proyecto de ley que impulsó el nacionalista Martín Lema para extender a los menores de edad el consentimiento presunto o tácito de donación de órganos y tejidos tras su fallecimiento, algo que ya existe para los adultos desde el año 2012, tras modificarse en el gobierno de José Mujica la ley 14.005, de 1971.

La legislación actual (Ley 18.968) establece que para la ablación o extracción de órganos de menores de edad o personas incapaces, el consentimiento debe ser otorgado por su representante legal, “al momento de constatarse el deceso”. Es decir, no es tácito, como busca establecer la iniciativa, acompasando así la normativa que rige para adultos.

Lema planteó en su exposición de motivos que la ley vigente “dejó fuera de la presunción de consentimiento a los menores de edad o incapaces”, lo que a juicio del senador blanco genera que “hayan niños que mueran a la espera de recibir un trasplante y otros pasen mucho tiempo en lista de espera”.

La ley original señala que toda persona mayor de edad, “en pleno uso de sus facultades”, y que no haya expresado su oposición a ser donante, se “presumirá que ha consentido a la ablación de sus órganos, tejidos y células en caso de muerte, con fines terapéuticos o científicos”.

En tanto, Lema incorporó en su iniciativa el consentimiento tácito a los “menores de edad o incapaces declarados judicialmente”, aclarando que será “únicamente con fines terapéuticos, no científicos”, cuando alguno de sus representantes legales o judiciales “no hubieren expresado oposición”. De esta forma, imita el formato que rige para los adultos.

El proyecto, además, prevé que todo adulto “en pleno uso de sus facultades” podrá en vida manifestar su “consentimiento o negativa” para que una vez fallecido, su cuerpo sea empleado, total o parcialmente, para usos de interés científico o extracción de órganos, tejidos o células con fines “terapéuticos”. Hasta ahora, era para interés científico o terapéutico.

La otra novedad que incluye la nueva iniciativa, en línea con el consentimiento tácito, es que los menores de edad o incapaces declarados judicialmente, serán quienes presentarán el “consentimiento o negativa" mencionados, mediante sus representantes legales o judiciales.

Asimismo, “en todos los casos, el consentimiento o negativa podrán ser revocados en cualquier momento”, indica el artículo 1 del proyecto. “Los familiares serán informados acerca de la necesidad y naturaleza de los procedimientos a practicarse o practicados”, agregó.

En los casos en que la causa de muerte amerite una pericia forense, la iniciativa prevé que la ablación en todos los casos se podrá realizar previa autorización de un juez penal, previo informe de un médico forense. “La ablación deberá realizarse preservando el área de prueba necesaria y constando en un protocolo que se adjuntará a las pericias", indica el proyecto.

“La oposición a ser donante en el caso de menores de edad o incapaces declarados judicialmente surtirá efectos por la sola manifestación de uno de sus representantes legales o judiciales (padres, tutores o curadores) mediante las formas previstas en este artículo y en la normativa vigente”, indica el artículo 2 del proyecto de Lema.

La iniciativa agregó que la oposición a la donación “deberá ser ratificada por el menor de edad cuando alcance la mayoría de edad o el incapaz declarado judicialmente cese su estado de incapacidad reconocido por sentencia firme, mediante las formas previstas en la normativa vigente”.

En la sesión de este martes ingresó un tercer artículo, aditivo, presentado por los senadores Lema, Daniel Borbonet (Frente Amplio) y Pedro Bordaberry (Partido Colorado), que fue ajustado en un breve cuarto intermedio tras una duda que planteó el legislador frenteamplista Óscar Andrade en sala.

“En el caso de menores de edad, que mientras mantengan condición hubieran manifestado de cualquier forma su voluntad negativa a la presunción de consentimiento, y existiera discrepancias entre dicha manifestación y la voluntad de sus representantes legales o judiciales, la decisión corresponderá al juez Letrado de Familia competente”, comienza indicando el artículo 3.

Y en el caso de que fueran los representantes legales quienes manifestaran su oposición al consentimiento presunto y el menor "no estuviera" de acuerdo con ello, “también corresponderá al juez Letrado de Familia la decisión”, agregó el artículo 3.

De avanzar por esta vía, el juez correspondiente de Familia deberá “oír al menor de edad, valorar su edad y grado de madurez y fallar atendiendo primordialmente al interés superior del mismo”, remata el artículo 3 de la iniciativa.

El artículo 1 del proyecto de ley fue aprobado por 27 votos en 27, el segundo artículo por 28 votos en 28 y el tercero (aditivo) por 25 votos en 25 en el Senado. El proyecto de ley pasará ahora a Diputados para buscar la aprobación definitiva.

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