Gobierno actualizó decreto para prevenir contaminación ambiental mediante control de las aguas y fija multas

La normativa obliga a toda persona a abstenerse de contaminar las aguas, causar destrucción o depredación de los ecosistemas hídrico.

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Calidad de agua en duda. Foto: Archivo El País
Cuenca del Santa Lucía.
Foto Archivo El País.

Redacción El País
El Ministerio de Ambiente promulgó un nuevo decreto sobre calidad de aguas que actualiza y endurece la reglamentación para la prevención de la contaminación, la conservación y mejora de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, reemplazando el anterior Decreto N° 253/979 de 1979.

El nuevo marco normativo, al que accedió El País, busca pasar de un control limitado a vertidos puntuales a una visión integral de los procesos y los ecosistemas hídricos, con el objetivo de abordar desafíos ambientales como la eutrofización, la contaminación difusa y los nuevos contaminantes. El decreto es resultado de un proceso de diálogo y análisis que involucró a la Comisión Técnica Asesora de Medio Ambiente (COTAMA) y al Grupo de Estandarización Técnica Ambiental-Agua (GESTA-Agua).

El decreto establece por primera vez Objetivos de Calidad para Aguas Superficiales con valores de referencia para la protección del ecosistema acuático, incluyendo parámetros generales como el nitrógeno Total, el fósforo total y límites para coliformes termotolerantes. Adicionalmente, se podrán declarar cursos o cuerpos de agua bajo Categorías de Protección Especial, como las destinadas a abastecimiento de agua potable o por su importancia ecológica, lo que implicará objetivos de calidad más exigentes.

El texto prohíbe introducir en las aguas o colocar en lugares desde los cuales puedan derivar hacia ellas, sustancias, materiales o energía en contravención de lo que se establece en este decreto, y obliga a toda persona a abstenerse de contaminar las aguas, causar destrucción o depredación de los ecosistemas hídrico.

Una de las áreas clave es la regulación de vertidos, con un conjunto de "Criterios de Gestión" que priorizan la economía circular, el reúso de aguas residuales tratadas cuando sea factible, y la prevención y minimización de cargas contaminantes mediante las mejores tecnologías disponibles.

"Se establece la necesidad de tender a la gestión separada de las corrientes de aguas residuales, y se evitará la mezcla de distintas corrientes, como las aguas pluviales o escurridas, con el único fin de diluir concentraciones de contaminantes en el vertido final", expresó el texto.

El decreto establece estándares de vertido específicos, tanto para vertido directo a cuerpos de agua como para vertido a sistemas de saneamiento y disposición en el terreno.

Fuga de petróleo en arroyo Solís
Fuga de petróleo en arroyo Solís
Foto: Armada Nacional

Se prevén multas

El Ministerio de Ambiente también impulsará la evaluación ecosistémica de las aguas superficiales mediante el establecimiento de indicadores biológicos. Se establecen criterios para la prevención de la contaminación difusa por agroquímicos, obligando a restringir su aplicación exclusivamente a las áreas productivas, evitando zonas cercanas a cursos o cuerpos de agua , y asegurando la aplicación de la cantidad adecuada en el momento más oportuno.

El decreto crea la Mesa Técnica de la Calidad del Agua, que funcionará en el ámbito de COTAMA y estará coordinada por el Ministerio de Ambiente, para asesorar en el desarrollo de programas de evaluación y la construcción de capacidades nacionales para proteger la calidad de las aguas.

Finalmente, los sujetos obligados a obtener una Autorización de Vertido o aquellos con autorizaciones previas que no se adecuen a los nuevos estándares, deberán presentar un Plan de Adecuación ante la Dinacea en un plazo máximo de dos años a partir de la publicación del decreto.

El incumplimiento de la nueva normativa acarreará sanciones pecuniarias (multas) que varían según el grado de la infracción, siendo las leves entre 5 y 10.000 Unidades Reajustables (UR), las graves entre 200 y 60.000 UR, y las muy graves entre 10.000 y 100.000 UR.

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