La jueza de Garantías Dolores Sánchez accedió al pedido de los senadores frenteamplistas Charles Carrera, Enrique Rubio y Mario Bergara y ahora una nueva fiscalía deberá volver a analizar la denuncia que los legisladores opositores presentaron en torno a la reciente extensión de la concesión de la terminal de contenedores en el Puerto de Montevideo en favor de Terminal Cuenca del Plata (TCP), propiedad de la empresa Katoen Natie.
Los senadores habían recurrido a esa instancia luego que en noviembre del año pasado el fiscal de Delitos Económicos y Complejos, Gilberto Rodríguez, decidiera el archivo de las actuaciones al entender que durante la instrucción no permitió determinar las acusaciones de los denunciantes contra varios jerarcas del gobierno y que las conductas que se les pretendía imputar "carecen de relevancia jurídico penal".
En el escrito que presentaron ante Sánchez, al que accedió El País, los senadores aducen que el reexamen de la causa está fundamento en la "falta de análisis" de Rodríguez acerca de probables delitos cometidos en el proceso, especialmente un posible abuso de funciones previsto en el artículo 162 del Código Penal. Los denunciantes consideran probado que el fiscal estuvo lejos de adoptar las diligencias necesarias para acreditar o descartar la existencia de los delitos denunciados, limitándose a indagar solo si en el proceso se cometió un abuso innominado de funciones.
Así, al contrario de lo que indica un "simple razonamiento lógico, se señala que Rodríguez se limitó a analizar la evidencia de ese delito cuando, por ser de carácter "residual" - como el propio fiscal lo reconoce en el archivo - primero debería haber descartado la existencia de otros delitos contra la Administración Pública.
Los senadores dijeron tener la certeza de que la conducta que derivó en la firma del acuerdo acredita la existencia de un abuso de funciones, atribuible a los cuatro denunciados: el entonces ministro de Transporte Luis Alberto Heber, el subsecretario Juan José Olaizola, el prosecretario de la Presidencia Rodrigo Ferrés y el presidente de la Administración Nacional de Puertos (ANP), Juan Curbelo.
Allí los denunciantes marcaron otra falencia del fiscal: como la defensa alegó otra interpretación de las normas y la existencia de "dos bibliotecas" para intentar demostrar que estos jerarcas actuaron sin conciencia de ilegalidad, Rodríguez terminó determinando que, bajo la tesis de las "dos bibliotecas" no existió delito.
Carrera, Bergara y Rubio consideran además absolutamente probado que de las actuaciones se pueden determinar claramente que los denunciados incurrieron además en un delito de falsificación ideológica.
En ese marco, se afirma, está plenamente documentado que Heber, como titular de Transporte, solicitó a la ANP el asesoramiento para la aprobación de la prórroga de la concesión después de haberse firmado el acuerdo con TCP, cuando preceptivamente lo debería haber hecho antes. Una vez más, dicen los reclamantes, fiscalía no investigó ni tampoco hizo referencia al tema en su dictamen de archivo.
Por otra parte, los senadores frenteamplistas ratificaron que a su juicio Heber y Ferrés incurrieron en un delito de fraude a través de una "sucesión de conductas" a través de la "excusa" de una inminente pérdida de un juicio por millones de dólares si no se llegaba a un acuerdo con TCP. Una afirmación, dicen, que nunca contó con ningún respaldo legal o fáctico.
"Los denunciados actuaron con dolo, omitiendo deliberadamente solicitar la opinión de las asesorías jurídicas de todas las dependencias estatales que debían intervenir" dicen. Esa conducta, agregan, permitió a los denunciados proceder "favoreciendo ilícitamente a la concesionaria e intencionadamente en perjuicio del interés público".
Terminal de Cuenca del Plata es un consorcio en el que el Estado, con el 20% de las acciones, está asociado al consorcio belga Katoen Natie (KNG).
Ferrés, Curbelo y las similitudes con Calloia
La decisión de la jueza Sánchez fue informada este martes por El Observador y confirmada por el País. El pedido de reexamen de la causa se detiene en la participación de Ferrés que, a juicio de los denunciantes, resultó indispensable en el "entramado" que culminó con la firma del acuerdo y los decretos que lo consolidaron y que tampoco fue analizada por el fiscal Rodríguez. Los senadores frenteamplistas alegan que sin Ferrés el acuerdo no podría haberse llevado a cabo, ya que fue el prosecretario el que convocó al "grupo de trabajo" que negoció en forma "secreta" con la concesionaria el acuerdo millonario y que funcionó en la propia Torre Ejecutiva.
También subraya el "hecho delictivo más evidente de todos": el abuso de funciones cometido por Curbelo al arrogarse funciones que correspondían al pleno del directorio de la ANP al no poner en conocimiento de sus compañeros las actuaciones correspondientes. Algo que, se sostiene, el propio Rodríguez reconoce en su dictamen de archivo.
Los denunciantes consideran errónea la teoría del fiscal en cuanto a que Curbelo - en un elemento nuevo que no fue considerado por la defensa - habría sido inducido a un "error invencible" por parte del exsecretario de la Presidencia, Miguel Toma, que le habría informado en las reuniones de transición que las negociaciones por la terminal de contenedores debían tratarse en forma confidencial.
El escrito de los senadores apela allí al informe producido por el propio departamento de Asuntos Internacionales de la Fiscalía, que demuestran que no existían causales para tratar esa información como confidencial y que, de haber existido, tampoco se siguió el procedimiento marcado por la ley. También que la supuesta confidencialidad habría cesado con la firma del acuerdo en febrero de 2021, cuando los "actos arbitrarios" de Curbelo fueron cometidos con posterioridad.
En su dictamen, Rodríguez reconoce que el caso de Curbelo es análogo al que llevó a la condena del entonces presidente del Banco República, Fernando Calloia, por el recordado aval otorgado a la empresa Cosmos para la compra de los aviones de Pluna en 2012. Paradójicamente, subrayan los senadores, el fiscal dijo entender que allí sí hubo delito porque Calloia "tenía una mejor comprensión de la normativa" que Curbelo que, recuerdan, es un abogado con 20 de experiencia profesional.
"No entendemos cómo el fiscal puede asumir que se trata de una persona tan incompetente como para no entender cuándo un asunto es confidencial y cuándo no o como para no informarse de sus consecuencias", se afirma. Al respecto, el escrito de los senadores concluye que el fiscal debió proceder a solicitar la formalización de Curbelo.