Eliminarán prioridad del apellido paterno para los hijos: redacción de proyecto de ley establece neutralidad

Actualmente, el artículo 27 del Código de la Niñez y la Adolescencia consigna que “el hijo habido llevará como primer apellido el de su padre y como segundo el de su madre”, disposición que será eliminada.

Bebé recién nacido en brazos de su mamá
Bebé recién nacido en brazos de su mamá
Foto: Pixabay

El Senado votó por unanimidad una modificación al procedimiento establecido por el Código de la Niñez y la Adolescencia que atañe al nombre que reciben los hijos al nacer y el vínculo con el apellido del padre y de la madre. No es la primera vez que el Frente Amplio impulsa un proyecto de ley de estas características, pero existe voluntad política para que avance.

La iniciativa plantea sustituir el artículo 27 del Código de la Niñez y la Adolescencia, eliminando la prioridad automática del apellido paterno y otorgando a ambos progenitores la posibilidad de decidir, de común acuerdo, el orden de los apellidos de sus hijos.

Según el texto, tanto en casos de hijos nacidos dentro como fuera del matrimonio, los padres podrán elegir libremente el orden de los apellidos al momento de la inscripción. Actualmente, la norma permite optar por invertir el orden establecido precedentemente siempre que exista acuerdo entre ellos, pero establece que “el hijo habido llevará como primer apellido el de su padre y como segundo el de su madre”, tanto si nace dentro o fuera del matrimonio.

Con el objetivo de eliminar que exista una preferencia legal por el apellido paterno, criterio que ha regido históricamente en el país, ese extracto de la ley será eliminado y sustituido por una redacción que plantea sustituirla por un esquema neutral: los apellidos se asignarán en el orden que los padres definan de común acuerdo, sin que la ley establezca una preferencia previa.

De este modo, el apellido materno y el paterno quedan en igualdad de condiciones desde el inicio, defienden los impulsores del cambio en la normativa que por los sondeos que hizo El País contaría con los votos suficientes para ser aprobado en ambas cámaras.

En una exposición de motivos de 2024, en la que se basó ahora la senadora informante Bettiana Díaz, diputados del Frente Amplio, del Partido Colorado y de Cabildo Abierto argumentaron: “La legislación vigente establece que, en el caso de hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, el primer apellido será el del padre, salvo que ambos progenitores acuerden lo contrario. Este precepto, aunque puede parecer neutral, en realidad consagra una preferencia que tiene sus raíces en un sistema de desigualdad de género. Si bien se permite la opción de invertir el orden de los apellidos, el marco normativo parte de la premisa de que el apellido paterno debe tener primacía”.

Y agregaron: “La propuesta busca corregir este desequilibrio. Se establece que los apellidos de los hijos serán asignados en el orden que los progenitores opten expresamente. En caso de no existir acuerdo, el orden de los apellidos se determinará por sorteo al momento de la inscripción, garantizando así la igualdad en la decisión. Este mecanismo no solo respeta la voluntad de ambos padres, sino que también elimina cualquier sesgo de género que pueda influir en la identidad del menor”.

Según informó Díaz a El País, en la Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género del Senado el proyecto de ley fue votado por unanimidad y colaboraron en su elaboración los tres partido políticos. “Es un reclamo que viene de hacer tiempo y se atiende una necesidad que fue planteada”, dijo el senador colorado Robert Silva.

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