La defensa del exsenador Gustavo Penadés solicitó una excepción de sobreseimiento respecto a los hechos denunciados por Javier Viana; la jueza Marcela Vargas, que rechazó el pedido —que luego sería apelado por la defensa del imputado—, se quejó a su vez por la duración de las audiencias.
La jueza Marcela Vargas desestimó este jueves una solicitud de sobreseimiento presentada por la defensa del exsenador Gustavo Penadés, quien interpuso un recurso de apelación contra la decisión.
De esa forma la causa, por la que Penadés permanece en prisión preventiva por más de 20 delitos de explotación sexual, suma una nueva instancia de revisión, aunque sin efectos suspensivos, para una investigación que lleva más de tres años.
El expediente está en la etapa de control de acusación, en la que se revisan qué pruebas irán posteriormente al juicio oral.
En la audiencia anterior, la defensa de Penades, ejercida por Laura Robatto y Homero Guerrero, había solicitado una excepción de caducidad y prescripción a favor de su defendido que también fue rechazada en primera instancia y se está resolviendo en un tribunal de apelaciones.
En esta oportunidad, los abogados del exsenador solicitaron una excepción de sobreseimiento respecto a los hechos denunciados por Javier Viana, quien había declarado en un libro que mantuvo encuentros sexuales con Penadés siendo menor de edad.
En su primer declaración anticipada, Viana había declarado que esos hechos habrán tenido lugar en 1993. Pero en una segunda comparecencia declaró que los presuntos encuentros habrían ocurrido en 1999 cuando ya era mayor de edad. Viana atribuyó el cambio de declaración a un bloqueo emocional producto del estado de vulnerabilidad en el que estaba en aquella época. Sostuvo que tenía recuerdos borrosos que fue reconstruyendo en sus declaraciones con los periodistas y la Fiscalía.
Como Viana no realizó la denuncia en aquel entonces a través de una instancia de parte, la defensa de Penades entiende que habrpia operado una caducidad de la pretensión penal en el año 2000 y una prescripción del delito en 2014.
Además, la defensa presentó la excepción de sobreseimiento argumentando que no existe plena prueba de los hechos que él declara, amparándose en literal A del articulo 130 del Código de Proceso Penal.
Robatto, se pregunto: “¿Es tanta la prueba sobre Viana que vuelve a declarar para corregir errores?”. Robatto dijo que la declaración de Viana fue “mendaz, contradictoria e insuficiente”. ¿Como se puede seguir adelante con la declaración de Viana cuando no hay una sóla prueba material de sus dichos?, preguntó.
Robatto agregó que los relatos de Viana se sustentan sólo en “testigos de oída” y no presenciales. ¿Dónde están los hombres que estuvieron con él en el departamento en el que mantenía los encuentros sexuales”?, dijo.
La solicitud, sin embargo, fue rechazada por la jueza en argumentos compartidos por la Fiscalía, y la defensa de algunas víctimas ejercida por los doctores Juan Raúl Williman y Soledad Suárez del consultorio jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.
La magistrada aseguró que en la audiencia pasada, al presentar la excepción de caducidad y prescripción, la defensa pidió indirectamente el sobreseimiento, en la medida que son recursos distintos pero que tienen el mismo efecto. De esa forma, se estaría violando la disposición del Código de Proceso Penal que habilita a presentar la solicitud de sobreseimiento sólo una vez.
“Se vuelve a plantear lo mismo que ya se debatió pero ahora se lo ingresa como sobreseimiento”, planteó la jueza.
En esa línea, Suárez señaló que es la “sexta vez” que en la causa se debaten estos mismos asuntos planteados por la defensa de Penadés.
Asimismo, la jueza señaló que la solicitud de sobreseimiento se tiene que aplicar de forma “genérica” sobre varias pruebas, y no “aislando” únicamente las declaraciones de Viana.
Además, la magistrada señaló que Viana y otras víctimas no pudieron presentar denuncia en instancia de parte en el momento de los hechos porque estaban en una situación de “vulnerabilidad” y “asimetría” con respecto a Penadés.
En ese sentido, Fiscalía también agregó que Viana vivía en una pensión porque había sido expulsado por sus padres por ser homosexual y dependía de dinero que le pasaba Penadés para subsistir.
Por otro lado, la representante del Ministerio Público agregó que “no hay orfandad de pruebas” respecto a la declaración de Viana por la falta de testigos presenciales. De hecho, sostuvo que eso sucede en la mayoría de los casos de abuso sexual en los que la Justicia hace es reconstruir el “contexto” para probar los hechos.
Asimismo, juez y fiscal coincidieron en que la valoración de la prueba respecto a su verosimilitud, es una tarea que corresponderá al magistrado del juicio oral.
Además, el Ministerio Público agregó que el exsenador cometió una “cadena de delitos” que interrumpen la prescripción de acuerdo al artículo 121 del Código Penal. Esa disposición establece que si mientras está corriendo el plazo de prescripción alguien comete otro delito, el período de prescripción se corta y vuelve a computarse.
En su contestación, la defensa de Penadés argumentó que la prescripción y el sobreseimiento son institutos diferentes. Asimismo, sostuvo que las presuntas víctimas no tuvieron impedimiento para hacer la denuncia de parte en su momento, por lo que eso es parte de una “teoría” de la fiscalía no basada en argumentos jurídicos.
Las partes volverán a verse en audiencia el 1ero y el 3 de septiembre mientras un Tribunal de Apelaciones estudia el recurso presentado por la defensa de Penadés.
La defensa de Penades y los abogados de algunas de las víctimas volvieron a cruzarse a los gritos este jueves en audiencia. Robatto y Guerrero se molestaron porque entendieron que Suárez estaba haciendo una defensa de Viana, algo que no puede hacer porque formalmente no es su abogada. Guerrero protestó en voz alta y la jueza lo interrumpió. “No lo dejo gritar. Bajan los ánimos”, dijo la magistrada. Vargas recordó que la audiencia anterior fue una “verguenza” porque tuvo que ser interrumpida por un cruce entre Suárez y Robatto. La magistrada consideró que habiá actitudes “infantiles” y que la causa se estaba transformando en una “performance” para el público. Además dijo que las audiencias de la causa Penadés superaban ampliamente el promedio de otras comparecencias. “No es el tiempo que le dedicamos cuando viene el Yonatan o el Brian”, dijo