La Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirmó la condena de 24 años de prisión para un hombre que asesinó a su pareja a puñaladas frente a su hija de ocho años. Su defensa argumentó que se trató de legítima defensa y que la mujer había querido agredirlo luego de que él quisiera denunciarla por robar tiendas, pero esto fue desestimado.
Más de tres años después, la condena quedó firme. En la noche del 9 de octubre de 2021, estaban el femicida, su pareja, la hija de ocho años y una amiga de la familia en una vivienda ubicada en José Batlle y Ordóñez y Pastor, en el barrio Sayago.
Los dos involucrados salieron de bañarse y se dirigieron hacia la cocina, donde mantuvieron una discusión. En este punto comienzan las versiones encontradas, debido a que las testigos estaban en otra habitación.
Una amiga de la familia dijo haber escuchado gritos y que fue a la cocina junto con la niña para intentar separarlos. Entonces vio a la víctima tomándose el pecho, y que tenía visiblemente otras heridas.
Según la versión de la defensa del hombre, que no consiguió probar en el juicio, la discusión se inició porque él quería denunciarla por robos que ella habría cometido contra tiendas. Esto último sí fue probado, al igual que la implicancia de él en robos a supermercados. Además, la defensa aseguró que ella tomó un cuchillo y que él se lo quitó y la apuñaló como consecuencia. “Tuvo como única motivación salvar su vida ante un ataque no provocado de parte de su pareja”, aseguró su abogado en un documento al que accedió El País.
Pero esto no fue tenido en cuenta por la Justicia, ya que de la declaración de testigos —familiares y amigos de la pareja— surge la existencia de una relación violenta, celos y consumo de drogas.
La pareja llevaba una relación de 15 años y había comenzado cuando ella era menor y él tenía 29. Los testigos relataron que ambos tenían un programa para rastrear sus ubicaciones en el celular, y que el hombre le revisaba el dispositivo a su pareja con frecuencia, bajo la sospecha de que le escondía a otro hombre.
Además, aportaron que solía tener reacciones violentas como golpear objetos durante las discusiones o romper papeles de los estudios de la mujer, que era abogada.
También fue tenido en cuenta como “violencia” un corte de pelo que el hombre le habría hecho contra su voluntad. Según la versión de él, esto lo habría realizado ella intencionalmente, con el objetivo de no ser identificada en una investigación por un robo, en el que ella había participado pero que a su vez defendía como abogada a su prima —quien también había robado.
Otro elemento puesto sobre la mesa fue el consumo problemático de drogas por parte del ahora condenado. Las pericias aportaron que había consumido cocaína el día del femicidio. En el cuerpo de la mujer los estudios revelaron la presencia de ansiolíticos.
La confirmación de la Corte
El juez Matías Porciúncula fue el encargado de llevar adelante el juicio. Teniendo en cuenta las pruebas presentadas, resolvió condenar al hombre a 24 años de prisión por homicidio especial y muy especialmente agravado, catalogándolo como femicidio.
Además, por tratarse de un caso de violencia de género, decretó la reparación patrimonial a la familia de la fallecida con un monto equivalente a 12 ingresos mensuales o, en su defecto, doce salarios mínimos.
Todo fue apelado por la defensa. Un Tribunal reafirmó la pena de cárcel, pero quitó la reparación económica entendiendo que no correspondía para el tipo de delito que se atribuye en este caso.
Esto despertó un recurso de casación presentado por todas las partes. La defensa del hombre solicitó nuevamente su absolución argumentando legítima defensa, mientras que Fiscalía y el abogado de la familia de la fallecida solicitaron que se vuelva a decretar la reparación.
Finalmente, la Suprema Corte de Justicia reafirmó lo que había resuelto en primera instancia el juez Porciúncula, dejando al acusado con 24 años de prisión y el pago de doce salarios a la familia de la víctima.
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